El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM |
Descripción del bien y/o servicio |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
CANTIDAD |
1 |
BATERIA DE 90 AMP placa Alta |
Provisión y colocación de Baterías de 90 Amp, de 12 Voltios. Placa alta. Sellada. Garantía: de 1 año desde la colocación en el vehículo; incluye servicio de mantenimiento de las mismas. |
Unidad |
Evento |
1 |
2 |
BATERIA DE 90 AMP Placa baja |
Provisión y colocación de Baterías de 90 Amp, de 12 Voltios. Placa baja. Sellada. Garantía: de 1 año desde la colocación en el vehículo; incluye servicio de mantenimiento de las mismas. |
Unidad |
Evento |
1 |
3 |
BATERIA DE 100 AMP Placa Alta |
Provisión y colocación de Baterías de 100 Amp, de 12 Voltios. Placa alta. Sellada. Garantía: de 1 año desde la colocación en el vehículo; incluye servicio de mantenimiento de las mismas. |
Unidad |
Evento |
1 |
4 |
BATERIA DE 75 AMP Placa baja |
Provisión y colocación de Baterías de 75 Amp, de 12 Voltios. Placa baja. Sellada. Garantía: de 1 año desde la colocación en el vehículo; incluye servicio de mantenimiento de las mismas. |
Unidad |
Evento |
1 |
5 |
BATERIA DE 180 AMP |
Provisión y colocación de Baterías de 180 Amp, de 12 Voltios. Sellada. Garantía: de 1 año desde la colocación en el vehículo; incluye servicio de mantenimiento de las mismas. |
Unidad |
Evento |
1 |
MONTO TOTAL |
Félix Agustín Acosta Amarilla Jefe interino del Departamento de Transporte dependiente de la Dirección Administrativa.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
OBLIGATORIAMENTE deberá suministrar los bienes objeto del llamado, conforme a la remisión de las Órdenes de Compra y/o Servicio en un plazo no mayor a 5 (cinco) días corridos posteriores a la remisión de dicha Orden de Compra y/o Servicio (remisión vía fax, correo electrónico, entrega en forma personal en las oficinas de la firma adjudicada y/o retiro de la Orden personalmente de la Dirección Administrativa del MEC) emitida por la Convocante (por el Departamento de Apoyo a la Gestión Administrativa dependiente de la Dirección Administrativa del MEC); en el mismo se consignaran las cantidades a ser entregadas conforme a cada Ítems (las cantidades a ser entregadas por el Adjudicado, serán consignadas en la Orden de Compra y/o Servicio conforme a las solicitudes realizadas por el Departamento de Transporte, quien en su solicitud hará mención del vehículo al cual se le realizará la colocación de las baterías, de acuerdo a las especificaciones técnicas).
Una vez que la firma adjudicada haya recepcionado la Orden, deberá coordinar (día, hora) con el Jefe del Departamento de Transporte para realizar el trabajo de colocación dentro del plazo establecido.
LUGAR DE ENTREGA: Al concluir la entrega, la Convocante deberá examinar el/los bien/es entregados y someter a la fiscalización para su recepción. El acompañamiento, verificación y/o Fiscalización de la Entrega estará a cargo de funcionarios del Departamento de Transporte designados para dicho efecto.
Los bienes deben entregarse conforme a las especificaciones técnicas sin ningún tipo de desperfecto.
La recepción del suministro del bien será preferentemente en el horario de 07:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. La entrega se realizará en el Departamento de Transporte sito Pettirossi esq/Cap. Figari N° 227, también podrá realizarse dicha entrega en el local de la firma Adjudicada siempre que cuente con la autorización de la Dirección Administrativa, cuya autorización deberá acompañar a la Orden de Compra y/o Servicio.
Observación: Si los mismos contienen algún desperfecto en el momento de la recepción, el oferente deberá cambiar el producto por otro nuevo, a los 2 (dos) días hábiles posteriores a la notificación del rechazo del producto por parte de la Convocante.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Entrega del 100% del bien o servicios conforme a la orden de compra |
Hora de Remisión y Acta de Recepción total |
5 (cinco) días corridos posteriores a la remisión de Orden de compra y/o servicio |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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