Estimados,
Por la presente consulta solicitamos a ustedes una extensión de plazo de 15 días para presentar nuestra oferta.
La solicitud de extensión de plazo, se justifica en la necesidad de contar con días adicionales para poder tramitar nuestra Garantía de Mantenimiento de Oferta, ya que siendo una empresa extranjera dependemos de los tiempos de gestión de ambos bancos.
Agradecemos que nos puedan confirmar a la brevedad, para que podamos ajustar las fechas dentro de la documentación de la garantía.
Desde ya, muchas gracias.
Estimados,
Por la presente consulta solicitamos a ustedes una extensión de plazo de 15 días para presentar nuestra oferta.
La solicitud de extensión de plazo, se justifica en la necesidad de contar con días adicionales para poder tramitar nuestra Garantía de Mantenimiento de Oferta, ya que siendo una empresa extranjera dependemos de los tiempos de gestión de ambos bancos.
Agradecemos que nos puedan confirmar a la brevedad, para que podamos ajustar las fechas dentro de la documentación de la garantía.
Al respecto, se otorga la extensión del plazo solicitado. Remitirse a la Adenda N° 01/2023
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Recaudos empresas extranjeras
Nuestra empresa, a pesar de tener residencia fuera del Paraguay está registrada con documentos “Activos” en SIPE. Confirmar que en sustitución a los recaudos formales exigidos en el Anexo “A” podrá presentarse copia de la Constancia de registro emitida por la DNCP/SIPE.
Nuestra empresa, a pesar de tener residencia fuera del Paraguay está registrada con documentos “Activos” en SIPE. Confirmar que en sustitución a los recaudos formales exigidos en el Anexo “A” podrá presentarse copia de la Constancia de registro emitida por la DNCP/SIPE.
En sustitución a los recaudos formales exigidos en el Anexo "A", podrá presentarse copia de la Constancia SIPE con documentos activos.
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Retención de impuestos
Nuestra empresa tiene residencia en un país con el cual el Paraguay tiene un Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal en Materia de Impuestos sobre Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo. Se pide confirmar que el Ministerio está en capacidad de emitir el resguardo fiscal, comprobante de retención y/o cualquier otra documentación que certifique que nuestra empresa fue sujeto de retención del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR), esto a los efectos de eliminar la doble imposición en nuestro país sede.
Nuestra empresa tiene residencia en un país con el cual el Paraguay tiene un Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal en Materia de Impuestos sobre Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo. Se pide confirmar que el Ministerio está en capacidad de emitir el resguardo fiscal, comprobante de retención y/o cualquier otra documentación que certifique que nuestra empresa fue sujeto de retención del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR), esto a los efectos de eliminar la doble imposición en nuestro país sede.
- Confirmamos que se encuentra vigente la Ley N° 6276/2019 que aprueba el convenio entre la República del Paraguay y la República del Uruguay para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta.
- Para la aplicación de los términos del Convenio el proveedor deberá presentar la Constancia de Residencia Fiscal emitida por la Administración Tributaria del país de residencia en este caso la de Uruguay, con la presentación de dicho documento no se deberá practicar la retención del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR), respecto al IVA corresponde realizar la retención.
- En caso que el proveedor no presente la constancia de residencia fiscal, se deberá practicar las retenciones del INR y el IVA respectivamente, donde se emitirá el comprobante de retención por cada impuesto retenido y se deberá entregar al proveedor.
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En referencia al punto 3.5 de las CEC: Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
En referencia al punto 3.5 de las CEC: Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
‘’(a) El porcentaje de la Garantía de Desempeño de una Actividad o Profesión será de 10% (Diez por ciento) del valor del Contrato, por el plazo de vigencia del contrato.
Reaseguros: De conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 1526/09, “Por la cual se reglamenta la presentación de las documentaciones respaldatorias de las diferentes Garantías Bancarias que son presentadas a este Ministerio”, las garantías solicitadas deberán ser contar con cobertura de Reaseguros de acuerdo a los valores establecidos por la Superintendencia de Seguros en su Resolución N° 102/2009, debiendo presentar a este Ministerio para su verificación las siguientes Documentaciones en el formato requerido:
Constancia emitida por el Corredor (Bróker) del Contrato Automático de Reaseguros, con la mención del Reasegurador Líder, país de origen, porcentaje de participación, calificación, y vigencia del referido documento.
En caso de que el monto asegurado sobrepase la capacidad del citado Contrato, indicar como ha sido colocado en Reaseguro Facultativo, debiendo mencionar el Nombre del reasegurador, porcentaje de participación, y la nota de cobertura del negocio realizado, nombre del contacto en el Reasegurador con el que se pueda certificar la cobertura, indicando cargo, dirección de e-mail, teléfono y fax del mismo...’’
Entendemos que estos documentos deben presentarse en caso de instrumentarse mediante Garantía Bancaria, no así si fuera presentada Póliza de Seguros de Caución de Desempeño, ya que éste documento también es válido según el punto 12. FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 37 g, Ley N° 2051), página 50 del PBC. Favor aclarar
11-07-2023
28-07-2023
En referencia al punto 3.5 de las CEC: Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
En referencia al punto 3.5 de las CEC: Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
‘’(a) El porcentaje de la Garantía de Desempeño de una Actividad o Profesión será de 10% (Diez por ciento) del valor del Contrato, por el plazo de vigencia del contrato.
Reaseguros: De conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 1526/09, “Por la cual se reglamenta la presentación de las documentaciones respaldatorias de las diferentes Garantías Bancarias que son presentadas a este Ministerio”, las garantías solicitadas deberán ser contar con cobertura de Reaseguros de acuerdo a los valores establecidos por la Superintendencia de Seguros en su Resolución N° 102/2009, debiendo presentar a este Ministerio para su verificación las siguientes Documentaciones en el formato requerido:
Constancia emitida por el Corredor (Bróker) del Contrato Automático de Reaseguros, con la mención del Reasegurador Líder, país de origen, porcentaje de participación, calificación, y vigencia del referido documento.
En caso de que el monto asegurado sobrepase la capacidad del citado Contrato, indicar como ha sido colocado en Reaseguro Facultativo, debiendo mencionar el Nombre del reasegurador, porcentaje de participación, y la nota de cobertura del negocio realizado, nombre del contacto en el Reasegurador con el que se pueda certificar la cobertura, indicando cargo, dirección de e-mail, teléfono y fax del mismo...’’
Entendemos que estos documentos deben presentarse en caso de instrumentarse mediante Garantía Bancaria, no así si fuera presentada Póliza de Seguros de Caución de Desempeño, ya que éste documento también es válido según el punto 12. FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 37 g, Ley N° 2051), página 50 del PBC. Favor aclarar
Documentos del Anexo A: DOCUMENTOS LEGALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Documentos del Anexo A: DOCUMENTOS LEGALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la Constancia del SIPE, para los oferentes registrados en el sistema de la DNCP, en reemplazo de los documentos legales requeridos en este anexo, siempre que los mismos se encuentren en estado ACTIVO en la mencionada Constancia.
11-07-2023
18-07-2023
Documentos del Anexo A: DOCUMENTOS LEGALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Documentos del Anexo A: DOCUMENTOS LEGALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la Constancia del SIPE, para los oferentes registrados en el sistema de la DNCP, en reemplazo de los documentos legales requeridos en este anexo, siempre que los mismos se encuentren en estado ACTIVO en la mencionada Constancia.
En sustitución a los recaudos formales exigidos en el Anexo "A", podrá presentarse copia de la Constancia SIPE con documentos activos.
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Formulario PR-1 Resumen de precios
Para el Formulario PR-1 Resumen de precios. En vista de que en el PBC punto 3.14 Moneda de la propuesta se establece que el proponente deberá cotizar su Propuesta en guaraníes, consultamos si se pueden obviar las columnas correspondientes a moneda extranjera.
Para el Formulario PR-1 Resumen de precios. En vista de que en el PBC punto 3.14 Moneda de la propuesta se establece que el proponente deberá cotizar su Propuesta en guaraníes, consultamos si se pueden obviar las columnas correspondientes a moneda extranjera.
Al respecto, se pueden obviar las columnas correspondientes a moneda extranjera.
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Formulario PR-3 Desglose de precio por actividad
Para el Formulario PR-3 Desglose de precio por actividad, a qué se refiere con Detallar costo unitario por sección para el operativo ERCE⁶
6 Se deberá determinar el costo unitario por sección y estudiante.
Para el Formulario PR-3 Desglose de precio por actividad, a qué se refiere con Detallar costo unitario por sección para el operativo ERCE⁶
6 Se deberá determinar el costo unitario por sección y estudiante.
Referente al plazo de ejecución de la consultoría es de seis (6) meses, a partir de la firma del contrato. En este sentido, consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de extender el plazo para el desarrollo de los productos esperados a 1 año como mínimo. Esto debido a la gran cantidad de actividades que deben ser desarrolladas con la calidad esperada por el MEC.
Referente al plazo de ejecución de la consultoría es de seis (6) meses, a partir de la firma del contrato. En este sentido, consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de extender el plazo para el desarrollo de los productos esperados a 1 año como mínimo. Esto debido a la gran cantidad de actividades que deben ser desarrolladas con la calidad esperada por el MEC.
Para los perfiles requeridos (personal clave) consultamos a la Convocante si los mismos pueden ser subcontratados, no siendo necesariamente del plantel permanente de la empresa.
Para los perfiles requeridos (personal clave) consultamos a la Convocante si los mismos pueden ser subcontratados, no siendo necesariamente del plantel permanente de la empresa.
La consultora debe garantizar el personal clave requerido para la consultoría, estos podrán ser parte del plantel permanente de la empresa o subcontratos para los efectos de la consultoría.
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Referente al punto 3.2.4 de las Condiciones generales del contrato
Referente al punto 3.2.4 de las Condiciones generales del contrato:
Prohibición de desarrollar actividades incompatibles
El Consultor, Sub consultor, Personales, no podrán desarrollar en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades especificadas en la CEC: Comerciales o profesionales durante la vigencia de este Contrato en el Paraguay que sean incompatibles con las asignadas a ellos, en virtud de este Contrato.
¿Cuáles serían las actividades incompatibles con la asignada a los personales durante la vigencia de este contrato?
11-07-2023
01-08-2023
Referente al punto 3.2.4 de las Condiciones generales del contrato
Referente al punto 3.2.4 de las Condiciones generales del contrato:
Prohibición de desarrollar actividades incompatibles
El Consultor, Sub consultor, Personales, no podrán desarrollar en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades especificadas en la CEC: Comerciales o profesionales durante la vigencia de este Contrato en el Paraguay que sean incompatibles con las asignadas a ellos, en virtud de este Contrato.
¿Cuáles serían las actividades incompatibles con la asignada a los personales durante la vigencia de este contrato?
Las actividades incompatibles se refiere a aquellas similares a las establecidas en el presente proceso, que pudieran interferir en la correcta ejecución de los servicios a ser prestados.