En las EETT se habla de productos y servicios para limpieza de piscina, dicho servicio no abarca dentro del rubro de Limpieza General de Edificios como se pide en la experiencia requerida. Para este tipo de servicios se debe hacer un llamado a parte para empresas que se dediquen al rubro.
En las EETT se habla de productos y servicios para limpieza de piscina, dicho servicio no abarca dentro del rubro de Limpieza General de Edificios como se pide en la experiencia requerida. Para este tipo de servicios se debe hacer un llamado a parte para empresas que se dediquen al rubro.
El servicio requerido forma parte de las necesidades de la Institución, las cuales deben ser debidamente atendidas para el correcto desempeño de nuestras funciones. En razón a lo expuesto y considerando que los sitios a ser cubiertos por el Servicio de Limpieza licitado forman parte del mismo objeto del gasto, no se observan impedimentos legales que pudieran restringir la libre participación en el llamado. Se mantiene las EE.TT establecidas en el PBC.
2
EETT
Favor especificar si los personales de Jardineria deben de estar dentro del plantel de 15 limpiadores en la Sede Central y en la Sede de Itapua
Favor remitirse a lo establecido en el PBC: Resumen de las especificaciones técnicas - Los servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
3.3 DESCRIPCIÓN, Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE JARDINERÍA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES EN INTN SEDE CENTRAL (ASUNCIÓN) Y SEDE CAPITAN MIRANDA (ITAPÚA) A SER REALIZADOS:
Frecuencia de realización de los servicios:
INTN, Sede Central, Asunción: Según Cronograma y/o requerimiento establecido por la Convocante (Formarán Parte del Platel permanente requerido).
NTN, Sede Capitán Miranda, departamento de Itapúa: según cronograma, necesidad y/o requerimiento de la convocante - (No formarán parte del plantel permanente requerido)
3
Especificaciones Tecnicas
Atendiendo lo solicitado en las especificaciones técnicas en la parte de servicios diarios solicita la disposición final de las basuras por parte de la empresa que resulte adjudicada en un llamado de Servicio de Limpieza solicitamos que dicha Disposición Final de residuos se elimine de las especificaciones técnicas debido a que la naturaleza del llamado es el servicio de integral de limpieza no la del servicio de recolección de basuras con disposición final se solicita por el hecho que ese servicio realiza la Municipalidad donde se encuentra asentada la Convocante y también podría ser Tercerizado a empresa especializadas que se encuentran legalmente habilitadas para realizar dicho servicio que cuenta con todos las documentaciones y permiso del MADES, MUNICIPAL y de otras dependencias que autorizan dicho tipo de servicio además de la habilitación y el permiso del vertedero donde se realizara la disposición final de los residuos que dicho vertedero deberá de contar con los permisos del MADES para poder realizarlo además el transporte de basuras y demás. Todas las documentaciones para dicho tipo de servicio no cuenta ninguna empresa de limpieza ya que son rubros totalmente distintos según también se puede corroborar en el listado de actividades económica que una empresa puede realizar según la SET. Además de comentar que otras convocantes como el Ministerio de Salud, Petropar, IPS, ESSAP, Municipalidades varias entre otros realizan un llamado netamente para ese tipo de servicio los mismos pueden ser verificados en el portal de la DNCP. Atendiendo a todo lo mencionado solicitamos eliminar dicho punto de las especificaciones técnicas del PBC.
Atendiendo lo solicitado en las especificaciones técnicas en la parte de servicios diarios solicita la disposición final de las basuras por parte de la empresa que resulte adjudicada en un llamado de Servicio de Limpieza solicitamos que dicha Disposición Final de residuos se elimine de las especificaciones técnicas debido a que la naturaleza del llamado es el servicio de integral de limpieza no la del servicio de recolección de basuras con disposición final se solicita por el hecho que ese servicio realiza la Municipalidad donde se encuentra asentada la Convocante y también podría ser Tercerizado a empresa especializadas que se encuentran legalmente habilitadas para realizar dicho servicio que cuenta con todos las documentaciones y permiso del MADES, MUNICIPAL y de otras dependencias que autorizan dicho tipo de servicio además de la habilitación y el permiso del vertedero donde se realizara la disposición final de los residuos que dicho vertedero deberá de contar con los permisos del MADES para poder realizarlo además el transporte de basuras y demás. Todas las documentaciones para dicho tipo de servicio no cuenta ninguna empresa de limpieza ya que son rubros totalmente distintos según también se puede corroborar en el listado de actividades económica que una empresa puede realizar según la SET. Además de comentar que otras convocantes como el Ministerio de Salud, Petropar, IPS, ESSAP, Municipalidades varias entre otros realizan un llamado netamente para ese tipo de servicio los mismos pueden ser verificados en el portal de la DNCP. Atendiendo a todo lo mencionado solicitamos eliminar dicho punto de las especificaciones técnicas del PBC.
El adjudicado deberá precautelar el cumplimiento de las normativas que resulten aplicables al punto en cuestión. Por lo tanto, se mantiene lo establecido en el PBC.
4
PRECIO REFERENCIAL
Solicitamos la verificación y estudios del precio referencial del presente llamado, considerando que no se encuentran acorde a los costos que conlleva lo solicitado en las especificaciones técnicas para la cobertura de los servicios en la sede de Asunción con (15) quince personales y en la sede de Capitán Miranda Departamento de Itapuá (1) un personal, incluyendo los salarios, carga social, insumos, maquinarias y equipos a proveer, además de los trabajo de jardinería.
Resumiendo el costo de la mano de obra que le detallamos a continuación;
Salario: 2.550.307, Pago del IPS 16,5%: 420.801, Aguinaldo Proporcional: 212.525.
Totalizan la suma de Gs, 3.183.634, por operario.
Mano de obra por los 16 operarios en forma mensual: Gs, 50.938.144, a esto se le debería de sumar los costos de provisión de Insumos, Impuestos, Utilidad, los cuales no se encuentran contemplados según el precio referencial. Por lo tanto solicitamos a la Convocante Ajustar los Precios Referenciales a modo de poder cumplir con los requisitos exigidos en el PBC y no se convierta en ofertas Temerarias e Insolventes.
Solicitamos la verificación y estudios del precio referencial del presente llamado, considerando que no se encuentran acorde a los costos que conlleva lo solicitado en las especificaciones técnicas para la cobertura de los servicios en la sede de Asunción con (15) quince personales y en la sede de Capitán Miranda Departamento de Itapuá (1) un personal, incluyendo los salarios, carga social, insumos, maquinarias y equipos a proveer, además de los trabajo de jardinería.
Resumiendo el costo de la mano de obra que le detallamos a continuación;
Salario: 2.550.307, Pago del IPS 16,5%: 420.801, Aguinaldo Proporcional: 212.525.
Totalizan la suma de Gs, 3.183.634, por operario.
Mano de obra por los 16 operarios en forma mensual: Gs, 50.938.144, a esto se le debería de sumar los costos de provisión de Insumos, Impuestos, Utilidad, los cuales no se encuentran contemplados según el precio referencial. Por lo tanto solicitamos a la Convocante Ajustar los Precios Referenciales a modo de poder cumplir con los requisitos exigidos en el PBC y no se convierta en ofertas Temerarias e Insolventes.
La conformación de los precios referenciales fueron realizados de conformidad a lo dispuesto en la Resolución DNCP N° 1890/20.
5
REFERENCIAL
Solicitamos considerar el precio referencial considerando que el mismo es muy bajo lo que resultara en salarios por debajo de lo estipulado por Ley y un cumplimiento mediocre del servicio.
Solicitamos considerar el precio referencial considerando que el mismo es muy bajo lo que resultara en salarios por debajo de lo estipulado por Ley y un cumplimiento mediocre del servicio.
La conformación de los precios referenciales fueron realizados de conformidad a lo dispuesto en la Resolución DNCP N° 1890/20.
6
consulta
Consultamos a la convocante si el llamado esta direccionado a una empresa en particular teniendo en cuenta que solamente realizando un cumplimiento parcial de lo exigido en el pbc se podría ejecutar debido al exiguo y llamativo presupuesto que evidencia algún tipo de manejo nada claro.
Aclarar si este llamado ya esta arreglado a medida de alguien que cumplirá parcialmente....... o no lo hará sencillamente.
Consultamos a la convocante si el llamado esta direccionado a una empresa en particular teniendo en cuenta que solamente realizando un cumplimiento parcial de lo exigido en el pbc se podría ejecutar debido al exiguo y llamativo presupuesto que evidencia algún tipo de manejo nada claro.
Aclarar si este llamado ya esta arreglado a medida de alguien que cumplirá parcialmente....... o no lo hará sencillamente.
El presente proceso, ha sido elaborado conforme a las normativas que rigen la materia de las contrataciones públicas.
7
Capacidad Técnica
Se observa que las Especificaciones Técnicas contienen varios ítems correspondientes a labores peligrosas e insalubres, hecho que exige que la contratación cumpla con las estipulaciones del Art. 274 del Código del Trabajo, que en referencia al empleador, prescribe: “...adoptar cuantas medidas sean necesarias, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos...”, de la misma manera que las normativas legales labores vigentes y concordantes como el Art. 271, Art. 272, Art. 273, Art. 274 y Art. 275 del Decreto 14.390/92.
En dicho sentido, consultamos a la Convocante si se establecerá como requisito que los oferentes cuenten con un Personal Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional y a que categoría debe corresponder. Asimismo, se observa que en la presente licitación no se acepta la subcontratación, por lo tanto, consultamos que antigüedad mínima deberá tener dicho técnico dentro del staff permanente de la empresa oferente.
Se observa que las Especificaciones Técnicas contienen varios ítems correspondientes a labores peligrosas e insalubres, hecho que exige que la contratación cumpla con las estipulaciones del Art. 274 del Código del Trabajo, que en referencia al empleador, prescribe: “...adoptar cuantas medidas sean necesarias, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos...”, de la misma manera que las normativas legales labores vigentes y concordantes como el Art. 271, Art. 272, Art. 273, Art. 274 y Art. 275 del Decreto 14.390/92.
En dicho sentido, consultamos a la Convocante si se establecerá como requisito que los oferentes cuenten con un Personal Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional y a que categoría debe corresponder. Asimismo, se observa que en la presente licitación no se acepta la subcontratación, por lo tanto, consultamos que antigüedad mínima deberá tener dicho técnico dentro del staff permanente de la empresa oferente.
Favor remitirse a las modificaciones al PBC, realizadas por Adenda N° 01/2023.
8
Capacidad Técnica
Consultamos si entre los personales propuestos por el oferente, se requerirá que los empleados estén debidamente capacitados en Gestión Integral de Residuos, dictado por DIGESA, qué porcentaje de personales deben reunir estos requisitos y que antigüedad mínima dentro de la empresa.
Consultamos si entre los personales propuestos por el oferente, se requerirá que los empleados estén debidamente capacitados en Gestión Integral de Residuos, dictado por DIGESA, qué porcentaje de personales deben reunir estos requisitos y que antigüedad mínima dentro de la empresa.
Favor remitirse a las modificaciones al PBC, realizadas por Adenda N° 01/2023.
9
Capacidad Técnica
Teniendo en cuenta los trabajos correspondientes al área de piscina que contienen materiales que pueden resultar tóxicos, y considerando las disposiciones previstas en el Art. 274 del Código del Trabajo y sus concordantes, consultamos a la Convocante si se requerirá que el oferente cuente con un personal Técnico capacitado en Bioseguridad en Ambientes Laborales que incluya los protocolos y medidas de emergencias. Asimismo, teniendo en cuenta que la sub contratación se encuentra prohibida en esta licitación, consultamos qué antigüedad mínima debe tener dicho personal técnico dentro de la empresa.
Teniendo en cuenta los trabajos correspondientes al área de piscina que contienen materiales que pueden resultar tóxicos, y considerando las disposiciones previstas en el Art. 274 del Código del Trabajo y sus concordantes, consultamos a la Convocante si se requerirá que el oferente cuente con un personal Técnico capacitado en Bioseguridad en Ambientes Laborales que incluya los protocolos y medidas de emergencias. Asimismo, teniendo en cuenta que la sub contratación se encuentra prohibida en esta licitación, consultamos qué antigüedad mínima debe tener dicho personal técnico dentro de la empresa.
Favor remitirse a lo establecido en el PBC: Resumen de las especificaciones técnicas - Los servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas: 3.3 DESCRIPCIÓN, Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE JARDINERÍA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES EN INTN SEDE CENTRAL (ASUNCIÓN) Y SEDE CAPITAN MIRANDA (ITAPÚA) A SER REALIZADOS: Frecuencia de realización de los servicios: INTN, Sede Central, Asunción: Según Cronograma y/o requerimiento establecido por la Convocante (Formarán Parte del Platel permanente requerido). NTN, Sede Capitán Miranda, departamento de Itapúa: según cronograma, necesidad y/o requerimiento de la convocante - (No formarán parte del plantel permanente requerido)