Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

ITEM DESCRIPCION REGION SANITARIA
1 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CONCEPCION
2 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA SAN PEDRO NORTE
3 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA SAN PEDRO SUR
4 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CORDILLERA
5 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA GUAIRA
6 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CAAGUAZU
7 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CAAZAPA
8 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA ITAPUA
9 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA MISIONES
10 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA PARAGUARI
11 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA ALTO PARANA
12 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CENTRAL
13 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA ÑEEMBUCU
14 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA AMAMBAY
15 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CANINDEYU
16 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA PDTE HAYES
17 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA BOQUERON
18 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA ALTO PARAGUAY
19 LECHE EN POLVO ENRIQUECIDA CAPITAL

OBSERVACION: El oferente presentará su oferta original de los documentos que comprenden la oferta de acuerdo con lo solicitado en el PBC; junto con una copia en formato digital (Medio magnético) que deberá contener todo lo presentado al igual que la oferta original tanto del formulario de Precios como las documentaciones que acompañen al mismo totalmente escaneadas. La misma deberá estar identificada con el nombre del llamado, número del ID. y nombre de la empresa oferente.

ESPECIGICACIONES TÉCNICAS

CARACTERÍSTICAS

 

Es el producto obtenido por la mezcla de leche entera en polvo instantánea con sales de hierro, zinc, cobre y vitamina C. Se denominará LECHE ENTERA EN POLVO INSTANTÁNEA ENRIQUECIDA CON HIERRO, ZINC, COBRE y VITAMINA C. Las sales a ser utilizadas para el enriquecimiento deberán ajustarse a lo establecido en el CODEX CAC/GL 10-1979, versión vigente.

Este producto lácteo será utilizado en el Programa Alimentario Nutricional Integral - PANI del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dirigido a niños/as menores de 5 años y mujeres embarazadas, por lo tanto debe poseer un aspecto, color, sabor y olor que lo hagan aceptable.

El producto debe ser concebido de tal forma que pueda ser reconstituido y preparado según la indicación del profesional de salud de acuerdo al protocolo establecido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

El producto debe estar contenido en envase individual primario con peso neto de 1.000 gramos (1 kilogramo) y deberá cumplir con las reglamentaciones correspondientes.

l producto debe incluir una medida dosificadora (cucharita) elaborada con material apto para estar en contacto con alimentos. La misma deberá estar empaquetada en forma individual y externa al envase primario.

Ingredientes obligatorios

El producto debe contener: leche entera en polvo, Hierro, Zinc, Cobre, y Vitamina C.

En caso de que el calcio contenido naturalmente en la leche no alcance el nivel mínimo establecido en la Tabla 1, podrá ser adicionado.

El producto debe estar exento de gluten y cumplir con el etiquetado correspondiente.

Las sales a ser utilizadas para el enriquecimiento deberán ajustarse a lo establecido en el CODEX CAC/GL 10-1979, versión vigente.

Aditivos alimentarios

Se aceptará como aditivo únicamente a la lecitina como emulsionante en una proporción máxima de 5 gr por kilogramo.

Composición nutricional

 

La composición será conforme a lo detallado en la Tabla 1 por 100 gramos del producto seco terminado para los nutrientes obligatorios.

Tabla 1: Composición nutricional

 

Mínimo

Máximo

Energía (calorías)

450

650

Proteínas (g) (*) (***)

34

 

Grasas  (g) (***)

26

33

Hidratos de carbono (g)

30

52

Calcio(mg)

700

1000

Hierro (mg) (**)

6,5

10

Zinc (mg) (**)

4

7

Vitamina C (mg) (**)

30

60

Cobre (µg) (**)

400

600

 

(*) 100% de proteína láctea en el extracto seco no graso de la leche (% m/m)

(**) En su forma elemental

(***) Referencia: MERCOSUR/GMC/RES. Nº 07/18 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96)

 

Características Sensoriales

 

Producto en polvo:

  • Aspecto: polvo uniforme sin grumos. Deberá estar exento de partículas quemadas, duras o partículas extrañas.
  • Color: blanco amarillento.
  • Olor: característico, exento de olores extraños.

El producto reconstituido al 10% con agua potable a 55ºC, deberá presentar:

  • Aspecto: similar a la leche fluida, uniforme sin grumos. Deberá estar exento de partículas extrañas.
  • Color: blanco amarillento.
  • Olor: característico, exento de olores extraños
  • Sabor: agradable, semejante a la leche fluida; exento de sabores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, entre otros).

Especificaciones físico-químicas

 

  • Acidez: máximo 18 ml de NaOH 0,1 N/100 ml del producto reconstituido.
  • Humedad: máximo 5 g/100 g del producto en polvo.
  • Solubilidad en agua: mínima de 99%.

Especificaciones microbiológicas

 

El producto terminado deberá cumplir con las especificaciones microbiológicas establecidas en la Tabla 2.

Tabla 2: Criterios microbiológicos y tolerancias

Microorganismos

Criterio de Aceptación (CODEX, Vol. H CAC/RCP31-1983)

Categoría I.C.M.S.F

Método de Ensayo de Referencia

Microorganismos aerobios mesófilos viables/g

n=5             c=2

m=30.000

M=100.000

5

ISO4833-1:2013

Enterobacterias/g

n=5    c=0   m=10

(*)

ISO 21528-2:2004

Estafilococos coag. pos./g

n=5    c=1   m=10

M=100

8

ISO 6888-1:1999

Salmonella spp/25g

n=10    c=0   m=0

11

ISO 6579-1:2017

(*) como indicador: peligro bajo, indirecto

Referencia: MERCOSUR/GMC/RES. Nº 07/18REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDADDE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96)

Dónde:

n= unidades de muestras que se obtiene al azar para ser sometidas a examen microbiológico.

c= es la cantidad máxima de unidades defectuosas con recuentos entre m y M que puede contener la muestra, para que pueda considerarse que cumple con los requisitos establecidos.

m= valor del parámetro microbiológico para el cual o por debajo del cual el alimento no representa un riesgo para la salud,

M= valor de parámetro microbiológico por encima del cual el alimento representa un riesgo para la salud.

Las muestras con recuentos entre m y M son un signo de advertencia, pudiéndose tolerar hasta c unidades, previa ponderación de los riesgos involucrados.

*Además de las metodologías indicadas en la Tabla podrán ser utilizados otros métodos, siempre y cuando se obtengan resultados equivalentes a la metodología de referencia, tenga la sensibilidad analítica requerida para la determinación del valor establecido en el parámetro y estén validados y/o verificados según corresponda. En caso de controversia será decisivo el resultado obtenido con los métodos de referencia.

Especificaciones de la vida útil del producto

Período de vida útil: No se aceptarán lotes con fecha de vencimiento inferior a 9 (nueve) meses contados a partir de la entrega en los distintos puntos de distribución.

Especificaciones del envase  individual primario

 

El envase individual primario debe ser de material trilaminado o tricapa conforme a lo siguiente:

-Capa externa de PET (Polietilentereftalato) de 12 µm como mínimo de espesor,

-Capa intermedia de PET metalizado de 12 µm como mínimo de espesor

-Capa interna de PE (Polietileno) de 60 µm como mínimo de espesor. Con la impresión entre las dos capas de PET.

Opcionalmente como alternativa al PET metalizado se podrán usar los materiales Aluminio y Polipropileno Biorientado metalizado.

El diseño del rotulado del envase individual primario deberá cumplir con el modelo o formato proveído por el INAN, el cual será de uso exclusivo para el PANI.

Especificaciones de la medida dosificadora  (cucharita)

 

La medida dosificadora debe ser de Polietileno de alta densidad, de color blanco, con una capacidad de 5 gramos como mínimo y 5,5 gramos como máximo, con una longitud del mango entre 8 y 10 cm.

Opcionalmente como alternativa del material de la medida dosificadora se podrá utilizar Polipropileno.

La misma debe estar contenida en una bolsa de Polipropileno de 47±5 micrones, y ser envasada y sellada individualmente en forma higiénica.

Especificaciones del rotulado del envase individual primario

 

Rotulado general

El Boceto del rotulado del envase individual primario será proveído por el INAN

El rotulado del alimento deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR/GMC 26/03 Reglamento Técnico MERCOSUR para Rotulado de Alimentos Envasados o sus actualizaciones. La información establecida en la reglamentación citada deberá estar impresa de forma clara e indeleble en los envases individuales primarios.

En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones:

  1. Denominación del alimento
  2. Peso Neto
  3. Datos del establecimiento elaborador
  4. País de origen (Ej. Industria Paraguaya)
  5. Lote
  6. Fecha de vencimiento indicando Mes y Año.
  7. Condiciones de conservación
  8. Instrucciones de la preparación del alimento
  9. Información nutricional
  10. Número de Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) y Registro de Establecimiento (RE) otorgados por el INAN MSPyBS
  11. El logo Sin Gluten
  12. Ingredientes: Declaración de alergénos "CONTIENE LECHE"

El producto adjudicado al dorso del envase individual primario, deberá tener impresas en letra Arial y en color negro en un tamaño no menor a 0,3 centímetros, lo siguiente:

DENUNCIAS:

Dirección Nacional de Contrataciones Públicas

Tel.: (021) 415 4000

www.contrataciones.gov.py

Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición - INAN

Tel.: (021) 294 073

            (021) 282 790/1

Especificaciones y rotulado de la caja contenedora

La caja contenedora del producto debe ser de cartón corrugado, de manera a proteger el envase individual primario, con la parte superior e inferior lacradas, con cerramiento seguro e inviolable, asegurando la protección del producto contenido en ella y con capacidad de contener 10 kg, según el siguiente detalle:

- Espesor: Mínimo: 4,1 mm

- Gramaje: Mínimo: 650 g/m2

- Resistencia a la explosión: Mínimo: 150 lb/pulg2

- Absorción de agua normal para liners, Índice de Cobb no mayor a 0,6 g/100 cm2 (a 300 segundos) liners.

- Resistencia a la compresión mínima 350 kgf para apilamiento en columna o resistencia a la compresión de mínima 460 kgf a 500 kgf para apilamiento cruzado.

En caso de uso de cinta adhesiva, la misma deberá identificar el nombre de la empresa.

Rotulado de la caja contenedora:

En la caja contenedora deberá estar impresa la siguiente información:

      • Denominación de venta del alimento.
      • Lote.
      • Fecha de vencimiento: indicando Mes y Año.
      • Número de envases individuales contenidos en la misma.
      • La leyenda FRÁGIL y debe indicar con una flecha el sentido correcto para la posición de la caja.
      • Deberá incluirse instrucciones sobre el apilamiento hasta un máximo de 8 cajas.
      • Deberá indicarse además en lugar bien visible, en letra Arial, de color negro y de tamaño no menor a 2 centímetros, la siguiente leyenda:

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL

PROGRAMA ALIMENTARIO NUTRICIONAL INTEGRAL

DISTRIBUCIÓN GRATUITA

PROHIBIDA SU VENTA

Control de calidad durante evaluación de ofertas

Criterio de Evaluación y Requisitos de Calificación (e) Solicitud de Muestras, se deberá presentar:

  1. Una muestra del producto ofertado en envase de 1.000 gramos, acompañado del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN (Original o Copia Autenticada por Escribanía), que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra del producto ofertado, emitidos en el Ejercicio 2023 a nombre del Elaborador del producto.
  2. Boceto de rotulación del envase individual primario en conformidad a las especificaciones del presente PBC.
  3. Muestra del material de envase individual primario junto con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra del envase individual primario, emitidos en el Ejercicio 2023 a nombre del Elaborador del envase.
  4. Cinco (5) muestras de la medida dosificadora(cucharita) junto con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra de la medida dosificadora, emitidos en el Ejercicio 2023 a nombre del Elaborador de la medida dosificadora.
  5. Boceto de rotulación de la caja contenedora en conformidad a las especificaciones del presente PBC.
  6. Cinco (5) muestras de la caja contenedora  (envase secundario) junto  con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra de la caja contenedora, emitidos en el Ejercicio 2023 a nombre del Elaborador de la caja, además de Declaración Jurada del oferente de que la caja contenedora cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el PBC en relación a los valores de la compresión.

La no presentación de lo solicitado en el plazo establecido, implicará la descalificación de la oferta.

Referencias

 

 RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 26/03 Reglamento Técnico MERCOSUR para Rotulado de     AlimentosEnvasados, incorporado por Decreto del PE Nº 8064 del 21/08/06.

 RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 46/03 Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Rotulado    Nutricional de Alimentos Envasados, incorporado por Decreto del PE Nº 8064 del 21/08/06.

 RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 47/03 Reglamento Técnico MERCOSUR de Porciones de     Alimentos Envasados a los fines del Rotulado Nutricional, incorporado por Decreto del PE Nº 8064 del 21/08/06

 RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº07/18 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE     IDENTIDAD Y CALIDAD DE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96), incorporado por Decreto de la Presidencia de la República N° 4459 del 09/12/20.

  RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 56/92 Reglamento Técnico MERCOSUR de Disposiciones   Generales para Envases y Equipamientos Plásticos en contacto con Alimentos, incorporado por Decreto de la Presidencia de la República N° 17056/97

 RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 02/12 Lista Positiva de Monómeros, otras Sustancias de Partida  y Polímeros Autorizados para la Elaboración de Envases y Equipamientos Plásticos en Contacto con Alimentos, incorporado por Decreto de la Presidencia de la República N° 1331 de fecha 20/02/19.

 RESOLUCIÓNMERCOSUR/GMCNº32/07 Reglamento Técnico MERCOSUR de Lista positiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados a la elaboración de envases y equipamientos en contacto con alimentos, incorporado por Decreto Nº 1326 del 20/02/2019.

 

BOCETO

OBSERVACION: DICHO BOCETO SE ENCUENTRA EN ADJUNTO EN PDF COMO BOCETO OFICIAL

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

La Unidad solicitante del presente llamado es el INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION Y NUTRICION INAN

Fundamentación del Producto para el PANI

  • La Leche del PANI corresponde a una leche entera en polvo enriquecida con hierro, cobre, zinc y vitamina C. Considerando los grupos de edades a los que va dirigido el programa, cabe aclarar cuanto sigue:
  • Los niños menores de 6 meses deben alimentarse exclusivamente con leche materna (lactancia materna exclusiva)según las recomendaciones de las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años. En el caso de que algún menor de 6 meses cumpla con los criterios de inclusión al Programa, el mismo ingresará al PANI, pero es la madre quien deberá consumir el complemento nutricional. Si por alguna razón, medicamente justificada, el niño no puede alimentarse con leche materna, el alimento que debe recibir es una fórmula láctea de inicio especialmente diseñada para cubrir los requerimientos nutricionales de niños menores de 6 meses.
  • Los niños a partir de los 6 meses de edad deben iniciar con la alimentación complementaria y continuar con la lactancia materna según las recomendaciones de las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años. En el caso de que un niño de 6 a 11 meses deba complementar su alimentación, esta se debe realizar con una formula láctea de continuación especialmente diseñada para cubrir los requerimientos nutricionales de niños de este grupo de edad.
  • Solo en los casos que no sea posible cumplir con lo establecido en las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años, la leche del PANI está indicada como tercera opción de alimentación, ya que la misma, por sus características y composición, está indicada idealmente para mayores de 1 año. Esta indicación está fundamentada en la dificultad económica por parte de los tutores de usuarios del PANI, para adquirir las fórmulas lácteas específicas para cada grupo de edad.
  • Considerando que la leche del PANI es un complemento que puede ser administrado a niños menores de 1 año, en diluciones específicas para esa etapa, y con el fin de optimizar asuntos técnicos, administrativos y de logística, que conllevaría la diversificación del producto, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social adquiere un solo tipo de complemento nutricional para el Programa.

Dicho llamado es elaborado en forma periódica y las especificaciones técnicas fueron elaboradas de acuerdo a las necesidades y respetando las normas establecidas en cuanto a calidad y seguridad de cada caso

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Lugar de entrega de productos e insumos: donde indique la orden de compra.

Días y Horario de entrega/recepción de productos: De lunes a viernes de 07:00 am a 12:30 pm.

Cronogramas de Entregas

Procedimiento de Entrega de Órdenes de Compra: Sera comunicado al proveedor vía correo electrónico la existencia de órdenes de compra para la entrega de los productos que le fueran adjudicados en el presente llamado.

En caso que el proveedor adjudicado no hiciera efectiva la confirmación de lectura del correo electrónico, en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada se procederá a fecharlas, contándose como fecha de recepción de la orden por parte del proveedor.

Las ordenes de compras serán emitidas por la Direccion Administrativa de la Direccion General de Administracion y Finanzas del MSPBS .

El plazo para la emisión de las ordenes de compras para la primera entrega deberá iniciarse a partir de los 15 dias hábiles posteriores a la firma del contrato según solicitud del Instituto Nacional de Alimentacion y Nutricion INAN, asi como las subsiguientes entregas.

El oferente adjudicado deberá proceder a la entrega efectiva del producto a partir del dia 30(treinta) y hasta los 40 (cuarenta) días hábiles, contados a partir de la recepción de las órdenes de compra por parte del proveedor.

Estos cuarenta 40) días incluyen los tiempos que demandan los procesos de producción, certificación, emisión de documentación y entrega del producto en el servicio de salud de referencia que se detallan más adelante.

Cada Ítem corresponde a un departamento del país con sus respectivos distritos.

Las entregas serán realizadas en los distritos, específicamente en el servicio de salud distrital de referencia y/o depósitos de las Regiones Sanitarias según corresponda. La convocante comunicará al oferente adjudicado los puntos de entrega.

El Plan de Entregas podrá estar sujeto a modificaciones, previa justificación correspondiente y con la Autorización de la Convocante.

Los Oferentes deberán incluir en su oferta los costos de distribución, el traslado, carga, descarga, estiba y desestiba de los productos en cada uno de los lugares, que incluye tanto las herramientas (transportador de cajas de leche) así como los recursos humanos necesarios para realizar dichas actividades. Los oferentes no podrán valerse de los recursos físicos y humanos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para la estiba y desestiba del producto a ser entregado.

Requisitos y procedimientos para la entrega y recepción del producto

1- La Orden de Compra será emitida por la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores a la solicitud del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, y en ella se detallarán las cantidades a ser entregadas en cada distrito según el Plan de Entregas.

2-  Una  vez  recibida  la  orden de compra por la Empresa Adjudicada,  ésta  posteriormente deberá presentar  en la Dirección  Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS el Certificado de Conformidad de Lotes de  Productos (Documento Original), emitido por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización  y Metrología (INTN), dentro de los 20 (veinte) días hábiles  posteriores  a  la  recepción  de la  orden de compra,  por la  cantidad  total de lo  establecido  en la misma.

3- La presentación del Certificado de Conformidad de Lotes de Productos, deberá estar acompañada de una nota dirigida a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS, en la que deberá detallar los Números de Notas de Remisión y el número de Lote, asignadas a cada Distrito, según Orden de Compra.

4- Una vez cumplidos con los  pasos establecidos en los  numerales 2 y 3,  la  Dirección Administrativa de la  Dirección  General  de  Administración  y  Finanzas  del  MSPyBS contará  con  2  días  hábiles  para proceder   a confeccionar las Actas de Recepción de Bienes  para  su envío vía correo electrónico a  la Empresa Adjudicada.

5- La Empresa Adjudicada contará con 2 días hábiles para proceder a la verificación de las Actas de Recepción de Bienes a fin de dar la conformidad de los datos contenidos en el acta y para la posterior impresión de cuatro (4) ejemplares originales, a fin de iniciar la entrega del producto.

6- Una vez cumplido con los procedimientos detallados en los numerales 2 al 5, la Empresa Adjudicada deberá proceder a la entrega efectiva del producto a partir del dia 30 (treinta) y hasta los cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la recepción de las órdenes de compra.

7-En el caso de que las Regiones cuenten con necesidad y disponibilidad de espacio físico suficiente para la recepción de insumos, la empresa adjudicada habiendo cumplido previamente con lo establecido en los numerales 2 al 5, podrá realizar la entrega en un lapso de tiempo menor a lo estipulado en el numeral 6, previa notificación por parte de la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS.

8- La Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS proveerá a la Empresa Adjudicada, la   lista de las   Dependencias   Regionales y Distritales para la recepción   del producto. La Empresa deberá realizar   la   coordinación   de   las   entregas   con   cada Dependencia, vía telefónica tres (3) días hábiles antes del inicio de las mismas

9- La Empresa Adjudicada deberá comunicar el cronograma tentativo de entregas vía correo electrónico a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS como mínimo cinco (5) días hábiles antes de su inicio.

10- El producto deberá ser entregado en su totalidad (hasta la última caja de leche) de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 07:00 a 12:30 horas, previa coordinación con los responsables designados para la recepción.

11- En casos excepcionales como falta de espacio físico suficiente o situación de desabastecimiento en los distritos o cabeceras regionales, previo acuerdo de ambas partes, se podrá modificar el lugar de entrega, no así las cantidades adjudicadas a cada empresa.

12- No se recepcionarán productos cuyos envases primarios y secundarios se encuentren averiados o se detecten faltantes.  La Dependencia afectada comunicará la situación al INAN y este a su vez a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS quien cuenta con un plazo de ciento veinte (120) días posteriores a la entrega para solicitar la reposición del producto en caso de detectar alguna avería del producto o faltantes en cajas. A partir de la comunicación al proveedor, el mismo contara con un plazo de veinte (20) días, para realizar la reposición del producto y comunicar por escrito a la convocante el lote al que pertenece la reposición.

13- La Empresa Adjudicada deberá entregar en cada Dependencia un ejemplar del Acta de Recepción de Bienes y una copia de la Nota de Remisión correspondiente, debidamente completados, sellados y firmados.

14-  La Empresa Adjudicada es la única responsable de que el Acta de Recepción de Bienes sea completada y suscrita en debida forma por todos los actuantes.  Deberá además cerciorarse de que el documento sea firmado tanto por el responsable de la Empresa Adjudicada como por el funcionario de la Dependencia designado para la recepción del producto en el servicio de salud junto con el Administrador Regional y/o Director Regional o Director Administrativo del Nivel Central.  De contar con fiscalizador Regional o Distrital, la entrega debe ser verificada por el mismo.

PLAN DE ENTREGAS

 

Para la presente licitación se solicitará 6 (seis) entregas iguales en kilogramos de:

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 1                     I RS CONCEPCION

Concepción

4.000

24.000

Paso Horqueta

3.000

18.000

Paso Barreto

850

5.100

San Alfredo

800

4.800

Sgto. José Félix López

1.500

9.000

Belén

1.300

7.800

Horqueta

7.000

42.000

Arroyito

2.300

13.800

Azotey

2.700

16.200

Loreto

3.500

21.000

San Carlos

400

2.400

San Lázaro

800

4.800

Yby Yau

6.000

36.000

Vallemí

800

4.800

TOTAL REGION

34.950

209.700

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 2                   II RS                   SAN PEDRO NORTE

San Pedro

2.500

15.000

Chore

1.300

7.800

Gral. Resquín

1.800

10.800

Santa Rosa

2.000

12.000

Nueva Germania

500

3.000

Antequera

400

2.400

San Pablo

600

3.600

Lima

1.500

9.000

Liberación

1.000

6.000

San Vicente

1.500

9.000

Tacuatí

2.000

12.000

TOTAL REGION

15.100

90.600

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

 

 ITEM 3                             II RS                   SAN PEDRO  SUR

San Estanislao

4.989

29.934

 

Villa del Rosario

1.514

9.084

 

25 de diciembre

1.073

6.438

 

Gral. Aquino

2.548

15.288

 

Unión

944

5.664

 

Itacurubí del Rosario

1.110

6.660

 

Yataity del Norte

1.248

7.488

 

Yrybucuá

2.767

16.602

 

Capiibary

4.043

24.258

 

Guajaybi

2.764

16.584

 

TOTAL REGION

23.000

138.000

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

 

ITEM 4 III RS COORDILLERA

Caacupé

1.000

6.000

 

Altos

500

3.000

 

Arroyos y Esteros

500

3.000

 

Atyra

500

3.000

 

Caraguatay

400

2.400

 

Emboscada

600

3.600

 

Eusebio Ayala

600

3.600

 

Isla Pucú

300

1.800

 

Itacurubí de la Cordillera

400

2.400

 

Juan de Mena

1.000

6.000

 

Loma Grande

400

2.400

 

Mbocayaty del Yhaguy

400

2.400

 

Nueva Colombia

200

1.200

 

Piribebuy

1.000

6.000

 

Primero de Marzo

300

1.800

 

San Bernardino

300

1.800

 

Santa Elena

200

1.200

 

Tobatí

1.000

6.000

 

Valenzuela

200

1.200

 

San José Obrero

200

1.200

 

TOTAL REGION

10.000

60.000

 

                 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 5                     IV RS        GUAIRA

Villarrica

3.820

22.920

Colonia Independencia

2.620

15.720

Paso  Yobai

3.150

18.900

Iturbe

1.750

10.500

Mauricio  J Troche

1.250

7.500

Borja

1.400

8.400

San  Salvador

350

2.100

Ñumi

840

5.040

José Fassardi

1.060

6.360

Natalicio  Talavera

480

2.880

Coronel Martínez

710

4.260

Félix P. Cardozo

940

5.640

Itape

710

4.260

Yataity

590

3.540

Mbocayaty

820

4.920

E. A. Garay

1.060

6.360

Dr. Botrell

350

2.100

Tebicuary

350

2.100

TOTAL REGION

22.250

133.500

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 6                     V RS        CAAGUAZU

Coronel  Oviedo

10000

60.000

Caaguazú

10000

60.000

Carayao

3000

18.000

Dr. Cecilio  Báez

1400

8.400

Santa  Rosa de Mbutuy

2400

14.400

Juan  Manuel  Frutos

2000

12.000

Repatriación

7000

42.000

Nueva Londres

1200

7.200

San  Joaquín

3000

18.000

San  José de los  Arroyos

3000

18.000

Yhu

6000

36.000

Dr. J. Eulogio  Estigarribia

6000

36.000

R. I. 3 Corrales

1300

7.800

Raúl  Arsenio  Oviedo

6000

36.000

José Domingo  Ocampos

1000

6.000

Mcal. López

1500

9.000

La Pastora

1000

6.000

3 de Febrero

1200

7.200

Simón Bolívar

1200

7.200

Vaquería

2000

12.000

Tembiaporá

1600

9.600

Nueva  Toledo

1200

7.200

V Región Sanitaria

12000

72.000

TOTAL

85.000

510.000

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 7                     VI RS        CAAZAPA

Caazapá

2.640

15.840

Avaí

5.404

32.424

Buena Vista

1.304

7.824

Dr.  Moisés Bertoni

1.304

7.824

Gral. Higinio Morinigo

1.504

9.024

Maciel

702

4.212

San Juan  Nepomuceno

5.236

31.416

Tavai

3.008

18.048

Yegros

800

4.800

Yuty

2.856

17.136

3 de  Mayo

2.800

16.800

TOTAL REGION

27.558

165.348

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 8                     VII RS        ITAPUA

Cambyreta

1.500

9.000

Obligado

1.200

7.200

Encarnación

3.000

18.000

Bella Vista

850

5.100

Edelira

900

5.400

San  Juan  del  Paraná

500

3.000

Jesús

400

2.400

Hohenau

400

2.400

Alto  Vera

1.500

9.000

Gral.  Delgado

250

1.500

San Rafael  del  Paraná

1.000

6.000

Natalio

1.000

6.000

Coronel  Bogado

700

4.200

Tomas Romero  Pereira

800

4.800

Pirapo

600

3.600

San  Cosme y  Damián

400

2.400

Carlos Antonio López

1.000

6.000

Trinidad

500

3.000

Fram

650

3.900

Nueva  Alborada

500

3.000

San  Pedro  del  Paraná

1.500

9.000

Carmen  del  Paraná

250

1.500

Cap.  Miranda

500

3.000

Mayor Otaño

800

4.800

Leandro Oviedo

200

1.200

Gral. Artigas

700

4.200

La Paz

200

1.200

Yatayty

800

4.800

Cap. Meza

500

3.000

Itapuá Poty

900

5.400

TOTAL REGION

24.000

144.000

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 9                     VIII RS       

       MISIONES

San  Juan  Bautista

1.010

6.060

San  Ignacio

1.860

11.160

Santa Rosa

1.700

10.200

Ayolas

1.700

10.200

Santa  María

780

4.680

San  Miguel

780

4.680

Villa Florida

470

2.820

San  Patricio

700

4.200

Santiago

620

3.720

Yabebyry

780

4.680

TOTAL REGION

10.400

62.400

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 10                      IX RS        PARAGUARI

Acahay

800

4.800

Caapucú

362

2.172

Caballero

350

2.100

Carapeguá

1.300

7.800

Escobar

480

2.880

La Colmena

450

2.700

Mbujapey

748

4.488

Paraguarí

860

5.160

Pirayú

800

4.800

Quiindy

800

4.800

Quyquyho

500

3.000

San Roque González

550

3.300

Sapucai

400

2.400

Tebicuarymi

550

3.300

Yaguaron

900

5.400

Ybycui

950

5.700

Ybytimi

500

3.000

TOTAL REGION

11.300

67.800

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 11                     X RS                ALTO PARANA

Ciudad del Este

3.770

22.620

Presidente Franco

2.000

12.000

Domingo M. de Irala

550

3.300

Mallorquín

700

4.200

Hernandarias

2.000

12.000

Itakyry

4.500

27.000

Oleary

1.000

6.000

Ñacunday

650

3.900

Yguazú

800

4.800

Cedrales

610

3.660

Minga Guazú

2.000

12.000

San  Cristóbal

700

4.200

Santa  Rita

650

3.900

Naranjal

750

4.500

Santa Rosa

200

1.200

Minga Pora

900

5.400

Mbaracayú

750

4.500

San Alberto

600

3.600

Iruña

170

1.020

Santa Fe  del Paraná

600

3.600

Tavapy

400

2.400

Raúl  Peña

400

2.400

TOTAL REGION

24.700

148.200

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 12                     XI RS                CENTRAL

Areguá

1.320

7.920

Capiatá

3.535

21.210

Fernando De La Mora

1.364

8.184

Guarambará

900

5.400

Itá

1.710

10.260

Itauguá

2.403

14.418

J. Augusto Saldívar

1.190

7.140

Lambaré

1.379

8.274

Limpio

2.760

16.560

Luque

3.167

19.002

M.R.Alonso

1.100

6.600

Nueva Italia

937

5.622

Ñemby

1.704

10.224

San Antonio

1.072

6.432

San Lorenzo

2.369

14.214

Villa Elisa

1.151

6.906

Villeta

917

5.502

Ypacaraí

1.330

7.980

Ypané

1.834

11.004

TOTAL REGION

32.142

192.852

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 13                     XII RS                ÑEEMBUCU

Villa  Franca

120

720

Paso  de  Patria

250

1.500

Humaitá

120

720

Villalbín

400

2.400

Laureles

150

900

Villa Oliva

230

1.380

Cerrito

280

1.680

Tacuaras

540

3.240

Isla Umbú

120

720

Mayor Martínez

850

5.100

Guazucua

50

300

Alberdi

240

1.440

Pilar

1.000

6.000

Gral. Díaz

200

1.200

San  Juan

650

3.900

Desmochados

80

480

TOTAL REGION

5.280

31.680

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 14                   XIII RS                   AMAMBAY

Pedro Juan Caballero

8.000

48.000

Bella Vista

2.500

15.000

Capitán Bado

3.500

21.000

TOTAL REGION

14.000

84.000

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

 

 

ITEM 15                     XIV RS        CANINDEYU

Salto  del Guaira

1.500

9.000

 

 

Puerto Adela

200

1.200

 

 

La Paloma

500

3.000

 

 

F. Caballero  Álvarez

1.200

7.200

 

 

Katueté

800

4.800

 

 

Nueva  Esperanza

1.600

9.600

 

 

Corpus Christi

1.200

7.200

 

 

Ybyrarobana

1.500

9.000

 

 

Curuguaty

7.000

42.000

 

 

Maracaná

2.000

12.000

 

 

Yasy Cañy

2.200

13.200

 

 

Villa Ygatimí

2.000

12.000

 

 

Ypejhu

600

3.600

 

 

Itanará

500

3.000

 

 

Ybypytá

1.200

7.200

 

 

TOTAL REGION

24.000

144.000

 

                 

 

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 16                     XV RS        PRESIDENTE HAYES

Villa Hayes

10.320

61.920

Falcón

1.190

7.140

Benjamín Aceval

5.400

32.400

Nanawa

1.000

6.000

Pinasco

2.850

17.100

Irala Fernández

4.090

24.540

Gral. Bruguez

710

4.260

Tte. Martínez

500

3.000

Escalante

950

5.700

Campo Aceval

500

3.000

Nueva Asunción

800

4.800

TOTAL REGION

28.310

169.860

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 17                     XVI RS        BOQUERON

Mcal. Estigarribia

7.400

44.400

Filadelfia

4.100

24.600

Loma Plata

2.800

16.800

TOTAL REGION

14.300

85.800

 

 

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

 

 

ITEM 18                     XVII RS           ALTO PARAGUAY

Fuerte  Olimpo

2.408

14.448

 

 

La Victoria

2.058

12.348

 

 

Bahía Negra

1.000

6.000

 

 

Carmelo  Peralta

1.534

9.204

 

 

TOTAL REGION

7.000

42.000

 

PLAN DE ENTREGAS

Entregas iguales

Total

ITEM 19                     XVIII RS           CAPITAL

San Pablo

1.500

9.000

Loma Pyta

1.500

9.000

Trinidad

3.000

18.000

Capellanes del  Chaco

6.000

36.000

TOTAL REGION

12.000

72.000

 

 

Plan de entrega de los servicios

 

 

No Aplica

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No Aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

 

El proveedor deberá disponer los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. Las cajas contenedoras deberán ser adecuadas para resistir.

La caja contenedora del producto debe ser de cartón corrugado, de manera a proteger el envase individual primario, con la parte superior e inferior lacradas, con cerramiento seguro e inviolable, asegurando la protección del producto contenido en ella y con capacidad de contener 10 kg, según el siguiente detalle:

- Espesor: Mínimo: 4,1 mm

- Gramaje: Mínimo: 650 g/m2

- Resistencia a la explosión: Mínimo: 150 lb/pulg2

- Absorción de agua normal para liners, Índice de Cobb no mayor a 0,6 g/100 cm2 (a 300 segundos) liners.

- Resistencia a la compresión mínima 350 kgf para apilamiento en columna o resistencia a la compresión de mínima 460 kgf a 500 kgf para apilamiento cruzado.

En caso de uso de cinta adhesiva, la misma deberá identificar el nombre de la empresa.

Para la disposición correcta de los insumos deberá realizarse mediante estibas en filas horizontales y verticales de manera a que las cajas se encuentren trabadas con una altura máxima de 8 cajas, acomodando los insumos de manera tal a que se puede identificar claramente el lote y fecha de vencimiento.

La caja contenedora, las identificaciones, logos, leyendas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se describen a continuación:

Rotulado de la caja contenedora:

En la caja contenedora deberá estar impresa la siguiente información:

- Denominación de venta del alimento.

- Lote.

- Fecha de vencimiento: indicando Mes y Año.

- Número de envases individuales contenidos en la misma.

- La leyenda FRÁGIL y debe indicar con una flecha el sentido correcto para la posición de la caja.

- Deberá incluirse instrucciones sobre el apilamiento hasta un máximo de 8 cajas.

- Deberá indicarse además en lugar bien visible, en letra Arial, de color negro y de tamaño no menor a 2 centímetros, la siguiente leyenda:

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL

PROGRAMA ALIMENTARIO NUTRICIONAL INTEGRAL

DISTRIBUCIÓN GRATUITA

PROHIBIDA SU VENTA

1. El proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Visita al establecimiento Elaborador del producto y del Distribuidor.

Posterior al proceso de descarte de ofertas, según verificación de documentaciones y cumplimiento de otros términos del presente PBC, una vez finalizada esa etapa, la convocante a través del Comité Evaluador deberá solicitar al INAN la verificación e inspección del local de las empresas Elaboradoras y Distribuidoras del producto para corroborar su asiento legal, capacidad de producción y/o de depósito, condiciones y lugar de almacenamiento de los bienes.

Dicha solicitud deberá ser remitida dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la FECHA Y HORA estipulada para la apertura de sobres; contadas a partir del día hábil inmediato posterior.

Control de Calidad:

1. La empresa elaboradora del producto adjudicado, debe contar con un Sistema de Control de Calidad, que garantice el cumplimiento en cada lote de inspección, de todos los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas. A efectos del control de calidad por parte de la empresa elaboradora y de la Certificación de Conformidad del Lote de Producto por parte del INTN, el muestreo será por Lote de Inspección.

Para tales efectos, se entiende Lote de inspección , la cantidad definida de un producto obtenido por la

agrupación de varios lotes de producción , para ser sometido a inspección. Se hace la salvedad de que un lote de inspección puede consistir de varios lotes de producción o de partes de lotes de producción . Entendiéndose por Lote de producción , la cantidad definida del producto, producida de una vez, bajo condiciones que se supone son uniformes.

El lote de inspección podrá ser de hasta 25 toneladas como máximo.

2. El INAN está facultado a inspeccionar el producto terminado en cualquier etapa de su elaboración, envasado, almacenamiento y distribución.

El control por parte del INAN podrá ser realizado solicitando los resultados de análisis de control de

calidad de la producción de la empresa elaboradora o bien, a través de la toma muestras del producto

para realizar los análisis de cualquier parámetro descrito en el presente PBC.

3. Tanto para la entrega del producto como para la vigilancia de cumplimiento del control de calidad durante la ejecución del contrato se tendrá en cuenta lo siguiente:

Para la entrega del producto:

La Empresa Adjudicada deberá presentar a la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Salud y Bienestar Social el Certificado Original de Conformidad de Lotes de Productos (por Lote de inspección),en conformidad con las especificaciones técnicas indicadas en el presente PBC, expedida por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), conforme al Reglamento ONC-RG-002, Última Revisión.

Se solicitará al INTN la remisión al INAN de una copia autenticada de todos los Informes de Ensayo de cada Lote de inspección que haya sido muestreado en el marco de la presente licitación, independientemente de que los mismos hayan arrojado conformidades o no.

Durante la ejecución del contrato:

El INAN podrá realizar muestreos aleatorios del producto, así como del envase primario, de la caja contenedora y de la medida dosificadora para su Control de Calidad en laboratorios oficiales. Los costos serán asumidos por la Empresa Adjudicada, sin costo alguno para la Contratante.

La toma de muestras podrá ser realizada en las empresas elaboradoras, en los depósitos de la empresa adjudicada, en los puntos de entrega del producto o en los servicios de salud, según sea el caso. La cantidad de muestras quedará a criterio del INAN.

Incumplimientos:

De constatarse irregularidades en el cumplimiento de alguna de las especificaciones técnicas indicadas en el PBC, la Empresa Adjudicada previa intimación hecha por la Contratante, deberá retirar la totalidad del lote afectado y proceder a su remplazo por otro que cumpla, en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles. Si la Empresa Adjudicada no remplazare los productos en el plazo establecido por la Contratante o se constate reincidencia en el incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, se aplicará lo

establecido.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno

para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas,

en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas

se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los

planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones

mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione

su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a

la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o

del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están

requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o

inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: NOTA DE REMISION/ACTA DE RECEPCIÓN

Las Cantidades adjudicadas: Como lo indica en el Plan de Entrega

Frecuencia: como indica el Plan de Entrega.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Nota de Remisión / Acta de recepción XXXX

Nota de Remisión / Acta de recepción XXX.

El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 30 (treinta) y hasta los cuarenta (40) días hábiles a partir de la recepción de la Orden de Compras para la entrega de los bienes adjudicados.

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.