Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Experiencia Donde dice:"Experiencia específica en obras Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos 5 (Cinco) contratos, durante los últimos 3 (tres) años, similares a las obras propuestas. La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Alcance de las Obras. A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 100%, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio" Solicitamos eliminar dicho requisito considerando la variabilidad de ejecución de obras en los ultimos 5 años, principalmente en los periodos que fueron afectados por la Pandemia COVID-19, dado que en dichos periodos tanto los contratos públicos como los privados fueron practicamente nulos. Por ende, establecer el presente requisto sería atentar contra el principio de razonabilidad, puesto que no se puede exigir lo que en la practica no es de posible cumplimiento. Asimismo, la disposicion actucal del llamado estaría beneficiando a aquellas firmas que sin han obtenido adjudicaciones en aquellos periodos afectados por la pandemia, y que en su mayoria corresponden a las grandes empresas que manejan como un oligopolio las licitaciones estatales. 23-10-2023 26-10-2023
2 MATERIA DE PERSONAL PROFESIONAL Donde dice: MATERIA DE PERSONAL PROFESIONAL El oferente de tal forma a dar cumplimiento a los trabajos solicitados en el presente llamado en tiempo y forma deberá contar con un mínimo de 10 (diez) personales propuestos corroborado a través del Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social. Solicitamos eliminar dicho requisito o reformular las condiciones del PBC, por los siguientes motivos este requisito representa una carga innecesaria y limitativa para los oferentes por las siguientes razones: Obligación de mantener un personal ocioso: Exigir a los oferentes mantener un mínimo de 10 empleados de manera constante hasta la adjudicación de la licitación implica un costo financiero significativo y poco razonable. Esto es especialmente relevante en el sector de la construcción, donde la rotación de empleados es común y necesario ajustar la fuerza laboral según la carga de trabajo. Mantener empleados ociosos puede resultar en una carga financiera innecesaria y poco sostenible para las empresas. Restricción a la participación: La exigencia de un número constante de empleados constituye una barrera para la participación de pequeñas y medianas empresas en la licitación. Por lo tanto, Solicitamos eliminar dicho requisito 23-10-2023 26-10-2023
3 Residente de Obra Solicitamos la eliminación o reformulación del requisito relacionado con el Residente de Obra, que actualmente establece que deben estar inscritos en IPS con una antigüedad mínima de 6 meses a la fecha de la apertura de oferta, verificable con la planilla de personal declarado en el IPS. Proponemos en su lugar la presentación de una declaración jurada o compromiso de contratación por parte del profesional propuesto. En primer lugar, la disposición de exigir la antigüedad en el IPS de la empresa es perjudicial para aquellas firmas unipersonales en las que los propietarios ejercen dicho cargo, por lo tanto, no pueden figurar en la planilla del IPS. Además, este requisito limita la libertad de desempeño de labores de los profesionales, ya que hay casos en los que los profesionales cumplen contratos con empresas de manera independiente y no necesariamente como empleados asalariados. Por estas razones, consideramos que el requisito actual carece de razonabilidad y proponemos su eliminación o reformulación 23-10-2023 26-10-2023
4 Especialista en instalaciones eléctricas Solicitamos la eliminación o reformulación del requisito que establece que el 'Especialista en instalaciones eléctricas' debe ser un Ingeniero Electricista o Electromecánico con 15 años de experiencia en obras y una dependencia laboral mínima de 6 meses con la empresa, demostrable con una Declaración Jurada de Salarios del IPS de la empresa. Proponemos en su lugar la presentación de una declaración jurada o compromiso de contratación por parte del especialista propuesto. En primer lugar, la exigencia de 15 años de experiencia en obras es excesivamente restrictiva y puede limitar la participación de profesionales altamente calificados que, por diversas razones, no cumplen con ese período de experiencia específico. Además, la dependencia laboral mínima de 6 meses con la empresa puede no es aplicable a todos los profesionales en esta área, especialmente a aquellos que trabajan de manera independiente o como contratistas. Por estas razones, consideramos que el requisito actual carece de razonabilidad y proponemos su eliminación o reformulación 23-10-2023 26-10-2023
5 Especialista en instalaciones eléctricas Solicitamos encarecidamente la eliminación o reformulación del requisito que establece una antigüedad laboral mínima de 6 meses con la empresa para el 'Especialista en instalaciones eléctricas'. Proponemos en su lugar la presentación de una declaración jurada o compromiso de contratación por parte del especialista propuesto. La exigencia de 6 meses de antigüedad laboral atenta contra la libertad de contratación y desempeño de los profesionales en este campo. En muchos casos, los expertos en instalaciones eléctricas pueden ser contratados por proyectos específicos, lo que no siempre implica una relación laboral a largo plazo con una empresa. Además, este requisito resulta particularmente perjudicial para profesionales independientes o contratistas que se especializan en proyectos temporales y no mantienen una dependencia laboral continua con una empresa. Consideramos que este requisito es desproporcionado y limita innecesariamente la participación de profesionales altamente capacitados en las ofertas. 23-10-2023 26-10-2023
6 Especialista en instalaciones eléctricas Se solicita la eliminación o modificación sustancial del requisito que impone una estricta exigencia de antigüedad laboral de 6 meses con la empresa para el 'Especialista en instalaciones eléctricas'. Esta disposición, desde una perspectiva técnica y jurídica, resulta desproporcionada y potencialmente discriminatoria, y contraviene los principios de igualdad de oportunidades en los procesos licitatorios. Desde un punto de vista técnico, la ingeniería eléctrica y las instalaciones eléctricas son disciplinas altamente especializadas que requieren de profesionales altamente capacitados. Establecer un período de 6 meses como requisito absoluto para demostrar experiencia laboral dentro de una empresa ignora la posibilidad de que estos expertos, con un sólido bagaje técnico, puedan ser contratados específicamente para proyectos a corto plazo o como consultores externos. Desde una perspectiva jurídica, la exigencia de antigüedad laboral conlleva una violación de los principios de igualdad y no discriminación. Establecer un umbral temporal de 6 meses excluye a profesionales independientes, contratistas y expertos que, aunque no cumplan con este requisito arbitrario, poseen la experiencia y competencia necesarias para desempeñar adecuadamente las tareas requeridas. Por lo tanto, en aras de garantizar la igualdad de oportunidades y promover la participación de profesionales altamente cualificados, es imperativo que se elimine o reformule este requisito en beneficio de la transparencia y la eficacia en los procesos licitatorios 23-10-2023 26-10-2023
7 Especialista en instalaciones eléctricas Se solicita la eliminación o modificación sustancial del requisito que impone una estricta exigencia de antigüedad laboral de 6 meses con la empresa para el 'Especialista en instalaciones eléctricas'. Esta disposición, desde una perspectiva técnica y jurídica, resulta desproporcionada y potencialmente discriminatoria, y contraviene los principios de igualdad de oportunidades en los procesos licitatorios. Desde un punto de vista técnico, la ingeniería eléctrica y las instalaciones eléctricas son disciplinas altamente especializadas que requieren de profesionales altamente capacitados. Establecer un período de 6 meses como requisito absoluto para demostrar experiencia laboral dentro de una empresa ignora la posibilidad de que estos expertos, con un sólido bagaje técnico, puedan ser contratados específicamente para proyectos a corto plazo o como consultores externos. Desde una perspectiva jurídica, la exigencia de antigüedad laboral conlleva una violación de los principios de igualdad y no discriminación. Establecer un umbral temporal de 6 meses excluye a profesionales independientes, contratistas y expertos que, aunque no cumplan con este requisito arbitrario, poseen la experiencia y competencia necesarias para desempeñar adecuadamente las tareas requeridas. Por lo tanto, en aras de garantizar la igualdad de oportunidades y promover la participación de profesionales altamente cualificados, es imperativo que se elimine o reformule este requisito en beneficio de la transparencia y la eficacia en los procesos licitatorios 23-10-2023 26-10-2023
8 Residente de Obra Exigimos la eliminación o reestructuración sustancial del requisito relativo al "Residente de Obra". El criterio actual, que requiere que el profesional sea un Ingeniero Civil o Arquitecto con al menos 15 años de experiencia, acreditados mediante título universitario y la ejecución de al menos 3 obras que incluyan obras civiles, trabajos de plomería, instalaciones eléctricas y estructuras de hormigón armado en los últimos 10 años, verificables mediante recepción definitiva de las obras y título universitario, resulta gravemente defectuoso tanto desde una perspectiva técnica como jurídica. En un contexto técnico, la ingeniería civil y la arquitectura representan disciplinas altamente especializadas que abarcan una amplia gama de proyectos y habilidades. Establecer un estándar de experiencia tan específico y restrictivo socava la viabilidad de contratar a profesionales altamente calificados que pueden aportar conocimientos y capacidades críticas en otros ámbitos de la construcción. Además, la exigencia de 3 proyectos particulares en un período de 10 años es desproporcionada y podría excluir injustamente a individuos con vasta experiencia en proyectos de mayor envergadura y complejidad. En cuanto al aspecto jurídico, este requisito plantea serias restricciones en términos de igualdad y no discriminación en el ámbito de las licitaciones públicas. La restricción de la selección del Residente de Obra basándose únicamente en estos criterios constituye una vulneración de los principios fundamentales de igualdad de oportunidades. Por lo tanto, instamos con la máxima urgencia a la revisión inmediata o la supresión de este requisito desproporcionado y discriminatorio. Esto permitirá una consideración equitativa y justa de todos los profesionales altamente calificados, independientemente de la naturaleza de su experiencia técnica, y garantizará la integridad y la equidad en los procedimientos de licitación 23-10-2023 26-10-2023
9 Residente de Obra Exigimos de forma categórica la eliminación inmediata o una profunda reestructuración del requisito vigente para el puesto de 'Residente de Obra'. Este requisito, que exige que el profesional sea un Ingeniero Civil o Arquitecto con al menos 15 años de experiencia, acreditada mediante título universitario y la ejecución de al menos 3 obras que abarquen obras civiles, trabajos de plomería, instalaciones eléctricas y estructuras de hormigón armado en los últimos 10 años, verificables mediante recepción definitiva de las obras y título universitario, es manifiestamente contrario a los principios fundamentales establecidos en el Artículo 107 de la Constitución Nacional, que garantiza la libertad de concurrencia y la competencia en el mercado. Desde una perspectiva técnica, la ingeniería civil y la arquitectura representan disciplinas altamente especializadas que engloban una amplia variedad de proyectos y competencias. Establecer un estándar de experiencia tan específico y restrictivo socava la posibilidad de contratar a profesionales altamente calificados que pueden aportar conocimientos y capacidades críticas en otros aspectos de la construcción. Además, la exigencia de 3 proyectos particulares en un período de 10 años resulta excesiva y podría excluir injustamente a individuos con experiencia en proyectos de mayor envergadura y complejidad. Desde una perspectiva jurídica, este requisito no solo ignora el Artículo 107 de la Constitución Nacional, que garantiza la igualdad de oportunidades y la competencia en el mercado, sino que también plantea graves interrogantes sobre su conformidad con los principios de no discriminación y transparencia en los procesos de licitación. Por lo tanto, instamos de manera perentoria a la revisión inmediata o la eliminación de este requisito desproporcionado y discriminatorio. Esto permitirá una consideración justa y equitativa de todos los profesionales altamente calificados, independientemente de la naturaleza de su experiencia técnica, y garantizará la integridad y la equidad en los procedimientos de licitación, en pleno respeto del Artículo 107 de la Constitución Nacional 23-10-2023 26-10-2023
10 Especialista en instalaciones eléctricas Es imperativo, en virtud del principio consagrado en la Constitución Nacional, artículo 107, que garantiza el derecho de 'Toda persona a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia', que se revalúe de manera urgente y profunda el requisito actualmente establecido para el puesto de 'Especialista en instalaciones eléctricas'. Este requisito, que exige que el profesional sea Ingeniero Electricista o Electromecánico con 15 años de experiencia en obras y una dependencia laboral mínima de 6 meses con la empresa, demostrable mediante Declaración Jurada de Salarios del IPS de la empresa, constituye una restricción desmesurada y potencialmente discriminatoria que va en contra de los principios de igualdad de oportunidades y la libertad de elección económica. Desde una perspectiva técnica, la ingeniería eléctrica es una disciplina altamente especializada que requiere de profesionales altamente capacitados. Sin embargo, imponer un requisito de dependencia laboral mínima con la empresa es contrario a la flexibilidad que caracteriza a muchos profesionales en este campo, quienes a menudo trabajan como contratistas independientes o consultores en proyectos específicos. Este requisito ignora las diferentes modalidades de contratación y excluye injustamente a expertos altamente calificados que no cumplen con esta especificación. Desde una perspectiva jurídica, el requisito de dependencia laboral mínima constituye una violación del derecho fundamental de toda persona a elegir la actividad económica de su preferencia, tal como lo establece la Constitución Nacional. Establecer un umbral de tiempo de 6 meses con la empresa limita injustamente la participación de profesionales independientes y socava el principio de igualdad de oportunidades en el mercado laboral. Por lo tanto, exhortamos con la máxima urgencia a la eliminación de este requisito desproporcionado y restrictivo, en pleno respeto del derecho fundamental de toda persona a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia, garantizando así la igualdad y la equidad en los procesos de selección y licitación 23-10-2023 26-10-2023
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