Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

REGLAMENTO DE ADQUISICION DE BIODIESEL LPN SBE ID N° 427.900 

 

A. SUMINISTROS REQUERIDOS.

  1. El producto ofrecido por el oferente deberá cumplir, con todos los parámetros de calidad establecidos en Especificaciones Técnicas para entrega de Biodiesel a PETROPAR
Requisitos Unidad Especificación técnica * Método de ensayo
Mínimo Máximo
Contenido de éster % m/m 96,5   EN 14103
Densidad a 15°C  gr/cm3 0,8500 0,9300 ASTM D4052 // ASTM D1298
Color **   2 ASTM D1500 // ASTM D6045
Viscosidad cinemática a 40ºC mm2/s 3,000 6,000 ASTM D445
Punto de inflamación °C 100   ASTM D93
Contaminación total mg/kg   24,0 EN 12662
Contenido de azufre mg/kg   10 ASTM D5453 // ASTM D2622
Residuo carbonoso g/100g   0,05 ASTM D4053
Numero de cetano   45,0   ASTM D613
Cenizas sulfatadas % (m/m)    0,02 ASTM D874
Contenido de agua ppm   400 ASTM D6304 // ISO 12937
Contenido de monogliceridos % (m/m)    0,70 EN 14105 // ASTM D6584
Contenido de digliceridos % (m/m)    0,20 EN 14105 // ASTM D6584
Contenido de triglicéridos % (m/m)    0,20 EN 14105 // ASTM D6584
Corrosión lámina de cobre, 3h a 50ªC   1,0 ASTM D130
Estabilidad a la oxidación horas 6,0   EN 14112
Índice de acidez mgKOH/g   0,5 EN 14104
Contenido total de glicerina % (m/m)    0,25 EN 14105 // ASTM D6584
Glicerina libre % (m/m)    0,02 EN 14105 // ASTM D6584
Metales alcalinos Grupo I (Na, K) mg/kg   5,00 ASTM D3237 // EN 14538
Metales Grupo II mg/kg   5,00 EN 14538
Indice de Iodo g I2/100g Informar EN 14111
Contenido de fosforo mg/kg   4,00 ASTM D4951 // EN 14107
Punto de enturbiamiento °C   4,00 ASTM D5771 // ASTM D2500
Observación * Establecida en la Norma Paraguaya NP 1601805/15 del Instituto Nacional de de Tecnología, Normalización y Metrología.-
** Establecida por PETROPAR.-
 
  1. El proveedor adjudicado deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Cedula de Notificación los siguientes documentos.
    1. Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos.
    2. Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos.
    3. Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
    4. Listado de los Camiones Cisternas que realizaran la entrega del producto. Esta lista podrá ser actualizada, siempre cumpliendo con los requerimientos del presente reglamento Reglamento.
    5. Fotocopia autenticada de Certificado de Calibración de las cisternas expedido por el INTN.
    6. Fotocopia autenticada del Registro y Habilitación de los choferes habilitados para el manejo de vehículos de transporte de cargas peligrosas, emitido por la DINATRAM.
  2. Las unidades de transporte serán inspeccionadas para el inicio de sus actividades por el Departamento de Seguridad Industrial de PETROPAR y deberán ajustarse a los requerimientos básicos exigidos (Check list en el apartado D del presente Reglamento). Las unidades que no cumplan con los requerimientos básicos exigidos, serán notificadas. El proveedor contará con un plazo de dos (2) días hábiles para la presentación de las unidades de transporte cumpliendo con los requerimientos.
  3. Las cisternas para el transporte de biodiesel deberán contar con un solo compartimiento adecuado para el transporte del producto y con válvulas de descarga de conexión rápida de 4.
  4. El proveedor habilitado coordinará con la Gerencia de Control de Producto, las necesidades de PETROPAR y la capacidad de entrega.
  5. La entrega del producto deberá realizarse en la Planta de PETROPAR en Villa Elisa sito en Avda. Defensores del Chaco y Américo Pico. El proveedor es responsable del transporte del producto desde la carga en origen hasta la descarga final en destino. La cantidad mínima de producto aceptada por PETROPAR, por entrega, es de 25.000 litros naturales (Se aceptarán aptos camiones cisternas de capacidad de 30.000 a 38.000 L)
  6. La programación de recepción de Biodiesel en la Planta de Villa Elisa, será comunicado al oferente vía correo electrónico, según la disponibilidad de descarga en las instalaciones de la Planta, que como máximo es de 240 m3/día y el horario disponible para la recepción, será, desde las 06:00 hs hasta la 14:00 hs, de lunes a viernes, excepto los días feriados. Según previa coordinación podrá ampliarse este horario.

 

  1. RECEPCION DEL PRODUCTO
  1. La carga de producto a ser recibida en PETROPAR, deberá ser remitida con el Reporte de Calidad del Lote correspondiente, el reporte de calidad deberá ser de un laboratorio habilitado por el MIC. Al momento del ingreso en Planta de PETROPAR, el camión deberá estar precintado y los números declarados en la Nota de Remisión correspondiente.
  2. Previo a la descarga, se deberá controlar la calidad del producto, para lo cual el combustible contenido en el móvil deberá ser muestreado y aprobado por personal del Departamento de Control de Calidad, PETROPAR tendrá un tiempo de hasta 24 horas para la aprobación de descarga. En caso de presentarse alguna anormalidad en la calidad del combustible, PETROPAR rechazará la carga.
  3. El camión antes de ingresar a la zona de descarga deberá ser pesado en la báscula de PETROPAR habilitada para el efecto, a fin de determinar el peso del camión cargado. El ticket de pesaje deberá ser completado por el operador con todos los datos requeridos, firmando el mismo. Una copia del ticket se entregará al chofer, otra copia a la Gerencia de Control de Producto y otra a la Gerencia de Operaciones y Proceso. Esta tarea deberá ser cotejada por personal del Departamento de Control de Cantidad, Sección Control de Cantidad Plantas Externas.
  1. Para la operación de descarga deberá estar presente el personal de control independiente en representación del proveedor (En el caso que lo hubiere). Se deberá verificar el documento de la carga emitido en origen, el estado general del camión cisterna y las condiciones del precintado. Cualquier irregularidad con la carga, como pérdida de producto o precintos rotos, será objeto de consideración para la aceptación o no de la carga. Esta tarea deberá ser realizada por personal del Departamento de Control de Cantidad, Sección Control de Cantidad Plantas Externas.
  2. Antes de la descarga del producto, el tanque de almacenamiento receptor deberá ser liberado por el Sondeador del Departamento de Control de Cantidad, informando al Jefe de Planta la realización de esta tarea, debiendo el Jefe de Planta autorizar la operación de descarga.
  3. El móvil deberá ubicarse en el lugar asignado por el Departamento de Operaciones de la Gerencia de Operaciones y Proceso para la operación de descarga del biodiesel, con el arresta llamas puesto, taco colocado, pinza de puesta a tierra conectada y extinguidor al alcance del operador.
  4. Se realizará, además del pesaje en báscula, el control de la descarga por medidor volumétrico, para lo cual será utilizado un ticket que registre el volumen consignado por el contador en litros naturales. El ticket deberá ser completado por el operador con todos los datos requeridos en el mismo, y firmado por el operador, el chofer del camión cisterna y el inspector. Una copia del ticket se entregará al chofer, otra copia se entregará a la Gerencia Control de Producto y el original a la Gerencia de Operaciones y Proceso.
  5. Una vez finalizada la descarga se verificará el estado final de vacío de las cisternas del camión tanque por el operador de la descarga, control independiente (si hubiere), chofer de la cisterna y Sondeador del Dpto. Control de Cantidad quien emitirá un documento de vacío verificado con las firmas correspondientes. Posteriormente el móvil deberá dirigirse hasta la báscula habilitada para el efecto, a fin de obtener el peso del camión vacío. El ticket de pesaje deberá ser completado por el operador, con la firma correspondiente. Una copia del ticket se entregará al chofer, otra copia se entregará a la Gerencia Control de Producto y el original a la Gerencia de Operaciones y Proceso. El documento de vacío verificado será entregado por el conductor del camión en la portería de PETROPAR en el momento de su salida.

 

C. LIQUIDACION DEL CARGAMENTO

  1. El pago por la carga de combustible, se hará por la cantidad recibida en litros a 15°C, obtenida según la diferencia del pesaje inicial y final en báscula (de PETROPAR Villa Elisa) y la densidad a 15°C del producto. Para el cálculo de la cantidad recibida en litros se establece la siguiente fórmula:

 

Volumen a 15 ºC =    Peso Neto        

                               Densidad a 15ºC

Cuando la báscula presente alguna dificultad o inconveniente, la cantidad recibida se determinará de acuerdo al volumen consignado (recibido) por el medidor volumétrico a la temperatura que se encuentre el producto convertido al volumen correspondiente en litros a 15°C según la siguiente fórmula:

 

Volumen a 15 ºC = Volumen ticket x Densidad a la temperatura de descarga del producto

                                                                      Densidad a 15 ºC

Volumen a 15ºC es igual al Volumen registrado en el ticket del medidor volumétrico multiplicado por la densidad proporcionada por el Dpto. Control de Calidad a la temperatura en ºC del biodiesel al momento de la descarga por el medidor volumétrico y este producto, dividido por la Densidad del biodiesel determinada en el Laboratorio a 15 ºC.

  1. Una vez finalizada la descarga del producto, se procederá a la liquidación del cargamento (nota de recepción del producto), elaborado por el Departamento de Control de Cantidad, Sección Control de Cantidad Plantas Externas, para lo cual el proveedor deberá presentar la nota de remisión del producto, junto con los tickets de pesaje en báscula y/o del medidor volumétrico utilizado para la recepción del producto.
  2. La Planilla de Recepción del producto, servirá de comprobante al proveedor, el cual podrá emitir facturas por cada Planilla de Recepción emitida por PETROPAR, o podrá juntar varias y emitir una única factura por el volumen total consignado en las mismas.
  3. Las facturas deberán presentarse por Nota en Mesa de Entrada de PETROPAR, en la Planta de Villa Elisa, adjuntando las siguientes documentaciones:
  1. Factura Crédito.
  2. Orden de suministro correspondiente
  3. Fotocopia de Nota de Remisión del Producto
  4. Fotocopia de Planilla de Recepción emitida por Petropar
  5. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al momento de presentación de la factura.
  6. Fotocopia de última declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  7. Fotocopia de última declaración del Impuesto a la Renta.
  1. Una vez recibidas las facturas, con toda la documentación correspondiente, serán enviadas a la Gerencia de Control de Producto para su verificación.
  2. Las facturas verificadas y aprobadas por la Gerencia de Control de Producto serán informaras a la Dirección Financiera para el pago correspondiente.
  3. El pago se realizará dentro de los 30 (treinta) días contados a partir de la presentación de las facturas en Petropar.
  4. Cada monto facturado será pasible de las retenciones correspondiente de impuesto a la Renta e IVA, según lo establecido por la Ley N° 125/91. Igualmente, PETROPAR retendrá 0,4% sobre el importe neto de la factura según lo estipulado en el Artículo 41º de la ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas, modificado por la Ley Nº 3439/07.
  5. Cualquier otra documentación que la Administración Financiera de Petropar lo requiera.

 

D- CHECK LIST - GERENCIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

HOJA DE INSPECCION N°:

 

H:

R:

 

 

T.A.C

 

 

 

 

 

 

 

FECHA:

 

HORA:

 

 

 

 

EMBLEMA:

 

CODIGO:

 

 

CHAPA N°:

 

CAMION MARCA:

 

MODELO:

 

 

AÑO:

 

CERTIFICADO ITV:

 

 

 

 

 

 

NOMBRE Y APELLIDO DEL CHOFER:

 

 

 

C.I.N°:

 

REGISTRO N°:

ITEM

DESCRIPCION

CUMPLIMIENTO

OBSERVACIONES

SI

NO

1

Camisa de la Empresa (Uniforme Chofer)

 

 

 

2

Pantalón de la Empresa (Uniforme Chofer)

 

 

 

3

Carnet Identificatorio del chofer

 

 

 

4

Calzados de Seguridad (EPP chofer)

 

 

 

5

Casco (EPP chofer)

 

 

 

6

Guante de PVC (EPP chofer)

 

 

 

7

Antiparra (EPP chofer)

 

 

 

8

Arnes de seguridad con soga de vida

 

 

 

9

Arrestallama

 

 

 

10

Protector de caño de escape

 

 

 

11

Dispositivo de corte rápido de corriente

 

 

 

12

Instalación eléctrica embutida

 

 

 

13

Faros y señaleros en condiciones

 

 

 

14

Sistema de arranque eléctrico

 

 

 

15

Sistema de freno

 

 

 

16

Descarga a tierra de la cisterna

 

 

 

17

Bornes de bronce para conexión de pinzas

 

 

 

18

Cubre bateria

 

 

 

19

Dos extintores de PQS de 10 Kg

 

 

 

20

Válvula de Carga y de descarga

 

 

 

21

Tapa de cisterna con cierre hermetico

 

 

 

22

Inscripción de capacidad de tanque

 

 

 

23

Dos tacos

 

 

 

24

Cubiertas en buen estado

 

 

 

25

Certificado de calibración expedido por el INTN

 

 

 

26

Seguro

 

 

 

27

Hoja de Seguridad (MSDS)

 

 

 

FIRMA DEL CHOFER

FIRMA DE FUNCIONARIO PETROPAR

OBSERVACIONES:

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

 

Remitido a la Direccion Comercial, Dpto. de Ventas para los pertinentes

Visto Bueno de Jefe DSI

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

- Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quién solicita el llamado a ser publicado:

Nombre: ING. Gilberto Núñez

Cargo: Encargado de Despacho

Dependencia: Gerencia de Control de productos

 

- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Producto crítico necesario para la mezcla con el Gas Oil Tipo III de manera a cumplir con la Ley N° 6389/19.

 

- Justificar la planificación (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal): la presente contratación responde a una necesidad periódica, debido a que es necesaria la mezcla permanente del gasoil tipo III con Biodiesel, para cumplir con los requerimientos del MIC y la ley N° 6389/19

 

- Justificar las especificaciones técnicas establecidas: las especificaciones técnicas se elaboran en función a las características químicas minimas y maximas necesarias para que el Biodiesel cumpla con su función correspondiente en la mezcla con el Gas Oil,

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Ítem Descripción Lugar de Entrega Plazo de Entrega Contados desde
1 Adquisición de Bio Diesel Planta PETROPAR de Villa Elisa 5 (cinco) días corridos RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE SUMINISTRO POR PARTE DEL PROVEEDOR, EMITIDA POR EL SISTEMA SAP 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR TIPO FECHA DE PRESENTACION PREVISTA
Acta de recepción de productos vía terrestre biodiesel Acta de recepción de productos vía terrestre biodiesel 5 (cinco) dias calendarios a partir de la orden de suministro

 

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.