Se solicita reducir a tolerancia operativa a +/- 2% ya que, con la vigencia del +/- 5%, muchas veces este porcentaje no es utilizado como tolerancia operativa, sino como volumen adicional; esta situación no representa problema alguno en aguas altas, pero en periodos de bajante, puede ocasionar importantes demoras tanto al buque/terminal como a las barcazas.
Se solicita reducir a tolerancia operativa a +/- 2% ya que, con la vigencia del +/- 5%, muchas veces este porcentaje no es utilizado como tolerancia operativa, sino como volumen adicional; esta situación no representa problema alguno en aguas altas, pero en periodos de bajante, puede ocasionar importantes demoras tanto al buque/terminal como a las barcazas.
La cláusula será mantenida teniendo en cuenta que dicho porcentaje se encuentra ajustado a los contratos de provisión de productos
42
Modelo de contrato / Nominaciones.
Se solicita incluir el texto que sigue: Petropar puede pedir cambio de barcaza si existe diferencia entre tanque tierra y barcaza hasta 48hs después de recibida la nominación de barcazas por parte del armador. Una vez superado ese tiempo, Petropar no puede solicitar el cambio de barcaza. Hasta su siguiente cargue.
El pedido es efectuado debido a que la logística de barcazas requiere su tiempo para organizar, por tanto no es posible realizar cambios de última hora, mucho menos si la barcaza ya se encuentra en el destino a cargar.
Se solicita incluir el texto que sigue: Petropar puede pedir cambio de barcaza si existe diferencia entre tanque tierra y barcaza hasta 48hs después de recibida la nominación de barcazas por parte del armador. Una vez superado ese tiempo, Petropar no puede solicitar el cambio de barcaza. Hasta su siguiente cargue.
El pedido es efectuado debido a que la logística de barcazas requiere su tiempo para organizar, por tanto no es posible realizar cambios de última hora, mucho menos si la barcaza ya se encuentra en el destino a cargar.
No es factible la modificación solicitada en virtud a que en muchas ocasiones las barcazas ni siquiera descargaron en planta y ya está nominado nuevamente por el armador para una nueva carga
43
Modelo de contrato / Falso flete
Se solicita incluir la siguiente cláusula:
FALSO FLETE
En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, PETROPAR pagará a la ARMADORA el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor, Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos competentes).
En ningún caso en que el nivel de las aguas permita un calado igual o mayor a 9 (nueve) pies PETROPAR reconocerá pagos en concepto de falso flete, por los transportes efectuado por la ARMADORA, salvo lo establecido en la cláusula NOMINACIONES.
Al no incluir esta cláusula, el riesgo de navegación en aguas bajas queda expuesto y deberá ser cubierto de otra manera.
Se solicita incluir la siguiente cláusula:
FALSO FLETE
En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, PETROPAR pagará a la ARMADORA el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor, Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos competentes).
En ningún caso en que el nivel de las aguas permita un calado igual o mayor a 9 (nueve) pies PETROPAR reconocerá pagos en concepto de falso flete, por los transportes efectuado por la ARMADORA, salvo lo establecido en la cláusula NOMINACIONES.
Al no incluir esta cláusula, el riesgo de navegación en aguas bajas queda expuesto y deberá ser cubierto de otra manera.
Teniendo en cuenta que el presente proceso prevé un contrato el cual se encuentra estimado para su ejecución total en el presente ejercicio fiscal se considera poco probable que surjan los eventos manifestados por lo que no amerita la inclusión del punto solicitado
44
Modelo de contrato, Nominaciones, incluir cláusula de Falso Flete.
En los periodos de bajante, la Prefectura General Naval establece restricciones de navegación para las embarcaciones. Para casos de bajante extrema, los contratos anteriores de Petropar contaban con una cláusula de Falso Flete, a fin de que la armadora continúe prestando servicios. La bajante extrema de las vías navegables es un RIESGO en la navegación y la cláusula de Falso Flete disminuye ese riesgo, por lo que solicitamos incluir nuevamente esta cláusula: FALSO FLETE: En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, Petropar pagará a la armadora el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor. Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos correspondientes). Creemos que la manera más transparente y justa de aplicar el falso flete es con la cláusula solicitada. En caso de no incluir nuevamente esta cláusula, el riesgo será mayor para las armadoras y la única forma de paliar sería un aumento de las tarifas que será aplicado durante todo el año y no únicamente en los periodos de bajante extrema.
Cláusula a incluir:
FALSO FLETE. En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, PETROPAR pagará a la ARMADORA el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor, Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos competentes). En ningún caso en que el nivel de las aguas permita un calado igual o mayor a 9 (nueve) pies PETROPAR reconocerá pagos en concepto de falso flete, por los transportes efectuado por la ARMADORA, salvo lo establecido en la cláusula NOMINACIONES.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Nominaciones, incluir cláusula de Falso Flete.
En los periodos de bajante, la Prefectura General Naval establece restricciones de navegación para las embarcaciones. Para casos de bajante extrema, los contratos anteriores de Petropar contaban con una cláusula de Falso Flete, a fin de que la armadora continúe prestando servicios. La bajante extrema de las vías navegables es un RIESGO en la navegación y la cláusula de Falso Flete disminuye ese riesgo, por lo que solicitamos incluir nuevamente esta cláusula: FALSO FLETE: En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, Petropar pagará a la armadora el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor. Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos correspondientes). Creemos que la manera más transparente y justa de aplicar el falso flete es con la cláusula solicitada. En caso de no incluir nuevamente esta cláusula, el riesgo será mayor para las armadoras y la única forma de paliar sería un aumento de las tarifas que será aplicado durante todo el año y no únicamente en los periodos de bajante extrema.
Cláusula a incluir:
FALSO FLETE. En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, PETROPAR pagará a la ARMADORA el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor, Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos competentes). En ningún caso en que el nivel de las aguas permita un calado igual o mayor a 9 (nueve) pies PETROPAR reconocerá pagos en concepto de falso flete, por los transportes efectuado por la ARMADORA, salvo lo establecido en la cláusula NOMINACIONES.
Teniendo en cuenta que el presente proceso prevé un contrato el cual se encuentra estimado para su ejecución total en el presente ejercicio fiscal se considera poco probable que surjan los eventos manifestados por lo que no amerita la inclusión del punto solicitado
45
Modelo de contrato, Penalidades por faltantes precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto faltante, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades por faltantes precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto faltante, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
Se mantienen la redacción del pliego de bases y condiciones considerando que los productos que no se reciben representan una perdida del costo de oportunidad.
46
Modelo de contrato, Penalidades por remanentes, precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto remanente, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades por remanentes, precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto remanente, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
Se mantienen la redacción del pliego de bases y condiciones considerando que los productos que no se reciben representan una perdida del costo de oportunidad.
47
Modelo de contrato, Penalidades por contaminación y/o derrame, precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto contaminado o derramado, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades por contaminación y/o derrame, precios facturados por Petropar.
Solicitamos modificar los precios considerados. Estos precios indicados en el modelo de contrato no representan una penalización, Petropar no está reponiendo el costo del producto contaminado o derramado, sino además está cobrando costos administrativos, operativos, de aditivos, y el margen de ganancia del revendedor, entre otros.
Se solicita que el precio de estos productos sea el precio puesto en Villa Elisa más el impuesto selectivo al consumo.
Se mantienen la redacción del pliego de bases y condiciones considerando que los productos que no se reciben representan una perdida del costo de oportunidad.
48
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
La cláusula no se ajusta a las buenas prácticas comerciales. No puede penalizarse a la armadora por una situación que no representa un sobre costo para Petropar.
Solicitamos que el primer párrafo sea eliminado: En el caso de que la ARMADORA no remita la lista de barcazas que estarán en la operativa de carga por lo menos 5(cinco) días antes de la ventana ajustada de 3 (tres) días para proceder a la nominación correspondiente y a fin de comunicar a las partes involucradas en la operación de carga.(Proveedor e Inspector Independiente), será penalizada con el pago del 0,01 % (cero coma cero un por ciento) del valor de la nominación por cada día de atraso en la remisión del listado de barcazas hasta que la remisión haya sido cumplida. Dicha penalización será descontada de la factura del servicio.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
La cláusula no se ajusta a las buenas prácticas comerciales. No puede penalizarse a la armadora por una situación que no representa un sobre costo para Petropar.
Solicitamos que el primer párrafo sea eliminado: En el caso de que la ARMADORA no remita la lista de barcazas que estarán en la operativa de carga por lo menos 5(cinco) días antes de la ventana ajustada de 3 (tres) días para proceder a la nominación correspondiente y a fin de comunicar a las partes involucradas en la operación de carga.(Proveedor e Inspector Independiente), será penalizada con el pago del 0,01 % (cero coma cero un por ciento) del valor de la nominación por cada día de atraso en la remisión del listado de barcazas hasta que la remisión haya sido cumplida. Dicha penalización será descontada de la factura del servicio.
La falta de listado de barcazas en el tiempo indicado repercute en retrasos en la operativa de entrega del producto
49
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
Reducir a tolerancia operativa a +/- 2,5 % con el fin de minimizar los sobrecostos ocasionados por demoras que suelen producirse por la falta de exactitud en el buque madre o el volumen real que se pretende retirar de un tanque.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
Reducir a tolerancia operativa a +/- 2,5 % con el fin de minimizar los sobrecostos ocasionados por demoras que suelen producirse por la falta de exactitud en el buque madre o el volumen real que se pretende retirar de un tanque.
La cláusula será mantenida teniendo en cuenta que dicho porcentaje se encuentra ajustado a los contratos de provisión de productos.
50
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
Por criterio de reciprocidad, solicitamos incluir esta cláusula: Petropar deberá garantizar que la tolerancia no superará el -5% y, en caso de superar la tolerancia, el volumen no cargado (por debajo de la tolerancia) deberá ser abonado a la armadora.
Esto, teniendo en cuenta que ya se han presentado este tipo de situaciones. De lo contrario, si la exigencia es para una sola de las partes, deberá ser eliminada.
08-06-2023
17-07-2023
Modelo de contrato, Penalidades incumplimiento de la nominación.
Por criterio de reciprocidad, solicitamos incluir esta cláusula: Petropar deberá garantizar que la tolerancia no superará el -5% y, en caso de superar la tolerancia, el volumen no cargado (por debajo de la tolerancia) deberá ser abonado a la armadora.
Esto, teniendo en cuenta que ya se han presentado este tipo de situaciones. De lo contrario, si la exigencia es para una sola de las partes, deberá ser eliminada.