Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Especificaciones técnicas - servicios excluidos La Convocante, para el Lote 2, despliega profesionales por especialidad e incluye, por ejemplo, "clínica del Bebé" (inexistente), y omite especialidades o servicios tales como Operatoria Dental y Rehabilitación Oral, que son los motivos más frecuentes de consultas. Solicitamos se incluya dichos servicios y un profesional por cada rubro requerido. 29-05-2023 05-06-2023
12 Especificaciones técnicas - Lote 2 - Número de profesionales En el Anexo de Especificaciones Técnicas para el Lote 2, se asigna un número de profesionales que no coinciden con el número de titulares que requiere la prestación del servicio, solicitamos que dicho número sea establecido en rangos, y donde dice: "5 odontopediatras", se establezca "de 3 a 5", y donde dice: "5 ortodoncistas", se establezca "de 2 a 3". Redactada en la forma actual, la especificación es técnicamente innecesaria y favorece a un único participante. 29-05-2023 05-06-2023
13 Capacidad Técnica 8. Documentos que acrediten el REGISTRO ANUAL EN LA SUPERINTENDENCIA DE LA SALUD. De conformidad a la oferta presentada por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, se deberá ofrecer sanatorios que estén debidamente habilitados y/o en trámite de renovación con (constancia de inicio antes de la apertura), tanto para el Área Capital, Gran Asunción e interior del país, presentando la documentación correspondiente que lo acredite. ACLARACION Según la ley N° 836/80 - Código Sanitario, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, atreves de su Dirección de Establecimientos de Salud Afines y Tecnología Sanitaria, es la entidad que emite, certifica y habilita los Sanatorios. Atendiendo esta disposición, favor convalidar el Certificado de Registro y Habilitación vigente o en trámite re renovación, de los sanatorios presentados por los oferentes. 05-06-2023 09-06-2023
14 CERTIFICADO DE HABILITACION DE MSP Y BS El ente regulador actual de las empresas de medicina prepaga es la SUPERINTENDENCIA DE SALUD, por lo cual el certificado que la convocante debiera exigir es la HABILITACION ANUAL DE LA SUPERINTENDENCIA, resolución n° 656 del 25 de agosto de 2021, MSP y BS 06-06-2023 09-06-2023
15 PRESTADORES EN EL INTERIOR Se solicita a la prestadora aclarar como se procederá en las zonas que no cuentan con prestadores debidamente habilitados por el MSP Y BS, como por ejemplo Villeta y Guarambaré que no cuentan en sus servicios integrales. caso contrario solicitamos la exclusión de las mencionadas localidades 06-06-2023 09-06-2023
16 Adenda N°3/2023 ADENDA N° 3 / 2023 DEBE DECIR: 6.1.8 CENTROS ASITENCIALES EN EL INTERIOR Cobertura para consultas e Internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y las indicadas en el listado a continuación. Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas y acorde al nivel establecido por la Superintendencia de Salud. En caso de no existir los referidos centros en los lugares indicados, deberá contarse con la cobertura con algún prestador en las cercanías. Cobertura en las siguientes localidades: - Asunción - Fernando de la Mora - Lambaré - Limpio - Luque - Mariano Roque Alonso - San Lorenzo - Capiatá - Ita - Guarambaré - Villeta - Villarrica - Encarnación - Pedro Juan Caballero - Ciudad del Este - Coronel Oviedo - Paraguarí - Loma Plata CONSULTA / ACLARACION La convocante, incluye “En caso de no existir los referidos centros en los lugares indicados, deberá contarse con la cobertura con algún prestador en las cercanías”. Si bien existen centros asistenciales en las localidades como Lambaré, Villa Elisa, Ita, Guarambaré y Villeta, la posibilidad de contratar en menos de una semana, resulta imposible. Hoy en día, los centros no firman convenio en tan poco tiempo, se debe analizar costos, contratos, es muy complicado. Por tal motivo, solicitamos encarecidamente a la convocante, que se pueda modificar y/o corregir. Sugerimos la siguiente redacción de manera a llevar un proceso más competitivo, sin limitar la participación de empresas que, por el corto tiempo para la negociación y contratación de los centros en cuestión, no puedan participar del llamado de referencia; DEBE DECIR: Cobertura en las siguientes localidades: - Asunción - Fernando de la Mora - Lambaré o más Próximo - Limpio - Luque - Mariano Roque Alonso - San Lorenzo - Capiatá - Ita o más próximo - Guarambaré o más próximo - Villeta o más próximo - Villarrica - Encarnación - Pedro Juan Caballero - Ciudad del Este - Coronel Oviedo - Paraguarí - Loma Plata 06-06-2023 09-06-2023
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