Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD FINANCIERA Se solicita a la Convocante tenga a bien reconsiderar los establecido en el apartado “Capacidad Financiera”, y que luego del análisis correspondiente disponga la eliminación del mismo (no aplica), tal como se indica en todos los llamados realizados por otras Convocantes. En efecto, si bien entendendemos que la Administración cuenta con la facultad de establecer las exigencias y requisitos en sus pliegos, estos deben tener motivación suficiente y no limitar la concurrencia. En ese orden. Atendiendo las características y objeto de este llamado, no se justifican exigencias en materia de capacidad financiera, ya que no se trata de proveer bienes o construcciones, donde si se requiere contar con ciertos ratios para lograr apalancarse y dar respuesta en tiempo y forma. En este caso no aplica, ya que es la persona (escribano) el que presta el servicio notarial para el cual se encuentra habilitado en usufructo de su registro notarial. 09-10-2023 11-10-2023
2 PRECIOS REFERENCIALES NO SE AJUSTAN En el pliego de bases y condiciones se solicita: “Declaración Jurada en la cual se manifieste que los honorarios profesionales por actuaciones solicitadas son conforme lo establecido en la Ley 1307/87 del ARANCEL DE NOTARIO PÚBLICOS Según escala fijada en jornales diarios, y por porcentaje según monto de la actuación” Sin embargo, los precios referenciales no se ajustan a la normativa en cuestión. En efecto, se consulta a la Convocante si considerará admisibles precios inferiores a lo establecido?. En caso afirmativo, a fin de evitar inconvenientes y dar seguridad. Se solicita incluir expresamente dicha condición en las bases del llamado. En tal caso, entendemos que se basaría en el Articulo 179 de la ley de presupuesto. Caso contrario, de igual manera sería conveniente indicar que solo serán admitidas ofertas ajustadas a los aranceles vigentes, que las demás serían rechazadas, si este fuera efectivamente el criterio de la Adminsitración. En este ultimo caso, los precios referenciales debería ajustarse. 09-10-2023 11-10-2023
3 solicitud de ajuste de precio referencial a la ley 1307/87 solicitamos a la convocante ajustarse a lo estáblecido en la ley del arancel del escribano publico que para este llamado se encuentra sujeto . para los servicios solicitados de manera a exigir a los escribanos oferentes declaración jurada de respetar esta ley , como reza en el pliego de bases y condiciones 09-10-2023 11-10-2023
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