De acuerdo a la distancia solicitada que debe encontrarse el taller, podría aclarar la convocante de cuales de los puntos medir, ya que en el apartado de Visita al lugar de ejecución del contrato figuran dos sedes, una en San Lorenzo y otra en Asunción
De acuerdo a la distancia solicitada que debe encontrarse el taller, podría aclarar la convocante de cuales de los puntos medir, ya que en el apartado de Visita al lugar de ejecución del contrato figuran dos sedes, una en San Lorenzo y otra en Asunción
En relación al punto 5- PLANTEL DE PROFESIONALES: 1 Técnico Superior en Mecatrónica Automotriz, planteamos respetuosamente considerar también a un técnico en autotrónica, argumentando que las funciones de ambos perfiles son similares en esta área y para este llamado. Tanto los técnicos en mecatrónica como los técnicos en autotrónica poseen una sólida formación en mecánica automotriz, electrónica y sistemas de control. Ambos perfiles tienen habilidades para diagnosticar, reparar y mantener vehículos automotores, utilizando herramientas y tecnología especializada. La mecatrónica y la autotrónica son disciplinas interdisciplinarias que combinan conocimientos de diferentes áreas, como la mecánica, la electrónica y la informática. Ambos perfiles están capacitados para trabajar en sistemas complejos y realizar integración de componentes y sistemas en el ámbito automotriz. Por lo tanto, un técnico en autotrónica podría adaptarse a la altura de los requerimientos de este llamado, ya que posee las habilidades necesarias para cumplir con los requisitos.
Considerando estos puntos, creemos que sería razonable no excluir a un técnico en autotrónica, ya que las funciones y habilidades requeridas para el puesto son similares entre ambos perfiles. Esto ampliaría el espectro de posibles oferentes y dar lugar a una mejor competencia de ofertas para la convocante.
En relación al punto 5- PLANTEL DE PROFESIONALES: 1 Técnico Superior en Mecatrónica Automotriz, planteamos respetuosamente considerar también a un técnico en autotrónica, argumentando que las funciones de ambos perfiles son similares en esta área y para este llamado. Tanto los técnicos en mecatrónica como los técnicos en autotrónica poseen una sólida formación en mecánica automotriz, electrónica y sistemas de control. Ambos perfiles tienen habilidades para diagnosticar, reparar y mantener vehículos automotores, utilizando herramientas y tecnología especializada. La mecatrónica y la autotrónica son disciplinas interdisciplinarias que combinan conocimientos de diferentes áreas, como la mecánica, la electrónica y la informática. Ambos perfiles están capacitados para trabajar en sistemas complejos y realizar integración de componentes y sistemas en el ámbito automotriz. Por lo tanto, un técnico en autotrónica podría adaptarse a la altura de los requerimientos de este llamado, ya que posee las habilidades necesarias para cumplir con los requisitos.
Considerando estos puntos, creemos que sería razonable no excluir a un técnico en autotrónica, ya que las funciones y habilidades requeridas para el puesto son similares entre ambos perfiles. Esto ampliaría el espectro de posibles oferentes y dar lugar a una mejor competencia de ofertas para la convocante.
CAPACIDAD TECNICA;
1- La convocante solicita en el Item N°1 que el oferente cuente con 2 ACCESOS INDEPENDIENTES (entrada y salida). No vemos la necesidad operativa de que se cuente indefectiblemente con este requisito. En cuanto a los servicios de reparación en que afectaría no contar con una salida y entrada independiente?. La convocante resalta que este requisito responde a una mayor maniobrabilidad, seguridad y pronta acción en caso de siniestro. No tiene lógica si justamente para casos de siniestros todos los talleres mecánicos poseen una póliza contra todo riesgo que cubren (ROBO,INCENDIO Y RESPONSABILIDAD CIVIL).
Solicitamos a la convocante cambiar o eliminar este requisito.
2- La convocante solicita en el Item N°5 que el oferente posea 14 (CATORCE) personales. Todos los empleados deberán estar inscriptos en el Seguro Social (IPS). El plantel de profesionales deberá incluir: 1 Técnico en Inyección electrónica diésel y naftera - 1 Técnico en Electricidad del automóvil, 1 Técnico Superior en Mecatrónica Automotriz, 3 Mecánicos automotriz general, 1 Técnico en Refrigeración. Realizando la sumatoria de los personales necesarios para llevar a cabo los servicios suman 7 personales (entre técnicos y mecánicos automotrices). Por tal motivo no encontramos la lógica de contar con 14 personales si de los cuales solo 7 estarán destinados al llamado en cuestión (Entre técnicos y mecánicos automotrices).
Por este motivo solicitamos a la convocante bajar la cantidad de personales a 7 personas en vez de 14 y demostrar la antigüedad y certificaciones de los 7 personales) o en su defecto contar con 10 personales de los cuales 7 o mas demuestren ser técnicos y el resto personales administrativos o algo así.
También se debe de tener en cuenta que el llamado es por lote (5 lotes en total), y a juzgar por los montos máximos de cada lote, hay montos que no superan los Gs. 200.000.000. Por nuestra experiencia en contratos con el estado desde ya hace casi 10años y dando un ejemplo hacemos mención a que un lote de Gs. 180.000.000 o Gs. 200.000.000 tranquilamente se puede ejecutar con 5 a 7 personales entre técnicos y mecánicos.
3- La convocante solicita en el Item N°7 que el oferente cuente con un generador eléctrico. No vemos la necesidad de contar con esta herramienta porque los trabajos mecánicos se realizan en horario diurno con luz solar, tranquilamente se podría trabajar mecánicamente sin luz y por otra parte los elevadores son hidráulicos. Una vez que los móviles se encuentren en los elevadores en altura se pueden bajar sin problemas y en caso de no poder utilizar los elevadores por falta de energía se reemplazan por caballetes de 3, 3,5, 4 o 5toneladas.
Solicitamos a la convocante cambiar o eliminar este requisito.
1- La convocante solicita en el Item N°1 que el oferente cuente con 2 ACCESOS INDEPENDIENTES (entrada y salida). No vemos la necesidad operativa de que se cuente indefectiblemente con este requisito. En cuanto a los servicios de reparación en que afectaría no contar con una salida y entrada independiente?. La convocante resalta que este requisito responde a una mayor maniobrabilidad, seguridad y pronta acción en caso de siniestro. No tiene lógica si justamente para casos de siniestros todos los talleres mecánicos poseen una póliza contra todo riesgo que cubren (ROBO,INCENDIO Y RESPONSABILIDAD CIVIL).
Solicitamos a la convocante cambiar o eliminar este requisito.
2- La convocante solicita en el Item N°5 que el oferente posea 14 (CATORCE) personales. Todos los empleados deberán estar inscriptos en el Seguro Social (IPS). El plantel de profesionales deberá incluir: 1 Técnico en Inyección electrónica diésel y naftera - 1 Técnico en Electricidad del automóvil, 1 Técnico Superior en Mecatrónica Automotriz, 3 Mecánicos automotriz general, 1 Técnico en Refrigeración. Realizando la sumatoria de los personales necesarios para llevar a cabo los servicios suman 7 personales (entre técnicos y mecánicos automotrices). Por tal motivo no encontramos la lógica de contar con 14 personales si de los cuales solo 7 estarán destinados al llamado en cuestión (Entre técnicos y mecánicos automotrices).
Por este motivo solicitamos a la convocante bajar la cantidad de personales a 7 personas en vez de 14 y demostrar la antigüedad y certificaciones de los 7 personales) o en su defecto contar con 10 personales de los cuales 7 o mas demuestren ser técnicos y el resto personales administrativos o algo así.
También se debe de tener en cuenta que el llamado es por lote (5 lotes en total), y a juzgar por los montos máximos de cada lote, hay montos que no superan los Gs. 200.000.000. Por nuestra experiencia en contratos con el estado desde ya hace casi 10años y dando un ejemplo hacemos mención a que un lote de Gs. 180.000.000 o Gs. 200.000.000 tranquilamente se puede ejecutar con 5 a 7 personales entre técnicos y mecánicos.
3- La convocante solicita en el Item N°7 que el oferente cuente con un generador eléctrico. No vemos la necesidad de contar con esta herramienta porque los trabajos mecánicos se realizan en horario diurno con luz solar, tranquilamente se podría trabajar mecánicamente sin luz y por otra parte los elevadores son hidráulicos. Una vez que los móviles se encuentren en los elevadores en altura se pueden bajar sin problemas y en caso de no poder utilizar los elevadores por falta de energía se reemplazan por caballetes de 3, 3,5, 4 o 5toneladas.
Solicitamos a la convocante cambiar o eliminar este requisito.
Se requiere contar con 1 Técnico Superior en Mecatrónica. Favor admitir un Técnico certificado en AUTOTRONICA de manera alternativa, ya que si bien la Mecatrónica abarca la Autotrónica, ésta última es la indicada para el sector automotriz específicamente.
La autotrónica se enfoca exclusivamente en los vehículos automotrices y su electrónica asociada. Los autotrónicos trabajan en el diseño y la implementación de sistemas electrónicos específicos para automóviles, así como en el diagnóstico y la reparación de fallas en estos sistemas. Mecatrónica: La mecatrónica tiene un enfoque más amplio y abarca una variedad de industrias y aplicaciones. Los mecatrónicos diseñan y desarrollan sistemas automatizados que combinan componentes mecánicos, eléctricos y de control. Esto puede incluir robots industriales, sistemas de control de procesos, sistemas de visión artificial, dispositivos médicos, entre otros.
Favor modificar el requisito y establecer de manera alternativa un técnico en Mecatrónica o Autotrónica, de lo contrario se atenta contra los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS"
Se requiere contar con 1 Técnico Superior en Mecatrónica. Favor admitir un Técnico certificado en AUTOTRONICA de manera alternativa, ya que si bien la Mecatrónica abarca la Autotrónica, ésta última es la indicada para el sector automotriz específicamente.
La autotrónica se enfoca exclusivamente en los vehículos automotrices y su electrónica asociada. Los autotrónicos trabajan en el diseño y la implementación de sistemas electrónicos específicos para automóviles, así como en el diagnóstico y la reparación de fallas en estos sistemas. Mecatrónica: La mecatrónica tiene un enfoque más amplio y abarca una variedad de industrias y aplicaciones. Los mecatrónicos diseñan y desarrollan sistemas automatizados que combinan componentes mecánicos, eléctricos y de control. Esto puede incluir robots industriales, sistemas de control de procesos, sistemas de visión artificial, dispositivos médicos, entre otros.
Favor modificar el requisito y establecer de manera alternativa un técnico en Mecatrónica o Autotrónica, de lo contrario se atenta contra los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS"
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar la cantidad de 7 (SIETE) personales técnicos con más de una especialidad cada uno en su campo para ejecutar y realizar los trabajos requeridos en este llamado, Considerando que se presentaron a la DNCP otros llamados de mayor porte y cantidad de flota de vehículos y no solicitaron la cantidad que requiere la Convocante para el presente llamado. Con respecto a llamados anteriores de mantenimiento y reparación de vehículos realizados por la convocante en los últimos años, específicamente desde el 2019, constatamos cada uno de los PBC y ninguno de ellos han solicitado más de 7 personales técnicos con certificación comprobada de capacitación profesional, por lo que el presente requisito no se basa a experiencias de llamados anteriores realizados. El requisito resulta limitante ya que en realidad la convocante nunca pidió una cantidad superior a 7 (SIETE) personales técnicos con certificación comprobada.
Solo en una oportunidad en el ID 405.618 del año 2022 solicitó 14 personales con excepción que de los 14 solicitados 7 deben ser técnicos profesionales con certificación. Como se detalla a continuación:
ID 363.324 Año 2019 Monto adjudicado Gs. 800.000.000. Sistema de Adjudicación: por el Total. El oferente deberá contar con por lo menos 6 (seis) empleados de los cuales mínimamente debera contar con: 1 (un) Ing. Electronico o 1 (un) Ing. Electromecanico, con Certificados del Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional). Todo el personal deberá estar inscripto en el Seguro Social del IPS.
ID 386.962 Año 2020 Monto adjudicado Gs. 800.000.000. Sistema de Adjudicación: por el Total. Personales técnicos especializados y operarios suficientes para la reparación simultanea de más de 3(tres) maquinarias. A este requisito se suma lo siguiente: El taller debe contar como mínimo con un mecánico o similar del ramo solicitado; a tal efecto se requiere la presentación de copias autenticadas de título o certificados de estudios expedido por Instituciones Educativas avalados por el Ministerio de Educación y Cultura.
ID 405.618 Año 2022 - Monto adjudicado Gs. 500.000.000. Sistema de Adjudicación: por Lote.
El Taller deberá contar con 14 (CATORCE) personales. Todos los empleados deberán estar inscriptos en el Seguro
Social (IPS). El plantel de profesional deberá incluir:
1 Técnico en inyección electrónica diésel y naftera.
1 Técnico en electricidad del automóvil
1Técnico Superior en Mecatronica Automotriz y/o Técnico en Autotrónica y/o Técnico en Electrónica.
3 Mecánico automotriz general.
1 Técnico en Refrigeración.
En este último llamado mencionado (ID 405.618) de los 14 (CATORCE) personales inscriptos solo 7 serán profesionales a cargo de ejecutar el contrato; al igual que el presente llamado.
No le vemos relevancia solicitar cantidad de empleados en el Instituto de Previsión Social si apenas la mitad serán para ejecutar los trabajos de la convocante en caso de ser adjudicados.
Es importante destacar que no solicitamos que eliminen la certificación de profesionales solicitados, sino que también sean tenidos en cuenta aquellos con más de un título o especialización solicitada por la convocante, ya que contamos con profesionales certificados solicitados.
En tal naturaleza; solicitamos además; que un profesional pueda presentar y demostrar que posee más de una especialidad en lo que solicita el PBC.
Los talleres especializados exclusivamente para mantenimiento y reparación de vehículos; que cuentan con experiencia con el estado y entidades privadas; están debidamente calificados para prestar un servicio a cabalidad de acuerdo a su naturaleza técnica y económica, además; considerando que el llamado está distribuido en lotes distintos resulta innecesario contar con esa cantidad.
Por lo señalado; es técnicamente innecesario la cantidad de profesionales solicitados y solo limita la participación de potenciales oferentes. Por lo expuesto; solicitamos respetuosamente a la Convocante la reformulación del requisito consultado; aceptando la cantidad de 7 (siete) profesionales técnicos que cuenten con los certificados profesionales emitido por las entidades correspondientes, de lo contrario se atenta contra los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS"
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar la cantidad de 7 (SIETE) personales técnicos con más de una especialidad cada uno en su campo para ejecutar y realizar los trabajos requeridos en este llamado, Considerando que se presentaron a la DNCP otros llamados de mayor porte y cantidad de flota de vehículos y no solicitaron la cantidad que requiere la Convocante para el presente llamado. Con respecto a llamados anteriores de mantenimiento y reparación de vehículos realizados por la convocante en los últimos años, específicamente desde el 2019, constatamos cada uno de los PBC y ninguno de ellos han solicitado más de 7 personales técnicos con certificación comprobada de capacitación profesional, por lo que el presente requisito no se basa a experiencias de llamados anteriores realizados. El requisito resulta limitante ya que en realidad la convocante nunca pidió una cantidad superior a 7 (SIETE) personales técnicos con certificación comprobada.
Solo en una oportunidad en el ID 405.618 del año 2022 solicitó 14 personales con excepción que de los 14 solicitados 7 deben ser técnicos profesionales con certificación. Como se detalla a continuación:
ID 363.324 Año 2019 Monto adjudicado Gs. 800.000.000. Sistema de Adjudicación: por el Total. El oferente deberá contar con por lo menos 6 (seis) empleados de los cuales mínimamente debera contar con: 1 (un) Ing. Electronico o 1 (un) Ing. Electromecanico, con Certificados del Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional). Todo el personal deberá estar inscripto en el Seguro Social del IPS.
ID 386.962 Año 2020 Monto adjudicado Gs. 800.000.000. Sistema de Adjudicación: por el Total. Personales técnicos especializados y operarios suficientes para la reparación simultanea de más de 3(tres) maquinarias. A este requisito se suma lo siguiente: El taller debe contar como mínimo con un mecánico o similar del ramo solicitado; a tal efecto se requiere la presentación de copias autenticadas de título o certificados de estudios expedido por Instituciones Educativas avalados por el Ministerio de Educación y Cultura.
ID 405.618 Año 2022 - Monto adjudicado Gs. 500.000.000. Sistema de Adjudicación: por Lote.
El Taller deberá contar con 14 (CATORCE) personales. Todos los empleados deberán estar inscriptos en el Seguro
Social (IPS). El plantel de profesional deberá incluir:
1 Técnico en inyección electrónica diésel y naftera.
1 Técnico en electricidad del automóvil
1Técnico Superior en Mecatronica Automotriz y/o Técnico en Autotrónica y/o Técnico en Electrónica.
3 Mecánico automotriz general.
1 Técnico en Refrigeración.
En este último llamado mencionado (ID 405.618) de los 14 (CATORCE) personales inscriptos solo 7 serán profesionales a cargo de ejecutar el contrato; al igual que el presente llamado.
No le vemos relevancia solicitar cantidad de empleados en el Instituto de Previsión Social si apenas la mitad serán para ejecutar los trabajos de la convocante en caso de ser adjudicados.
Es importante destacar que no solicitamos que eliminen la certificación de profesionales solicitados, sino que también sean tenidos en cuenta aquellos con más de un título o especialización solicitada por la convocante, ya que contamos con profesionales certificados solicitados.
En tal naturaleza; solicitamos además; que un profesional pueda presentar y demostrar que posee más de una especialidad en lo que solicita el PBC.
Los talleres especializados exclusivamente para mantenimiento y reparación de vehículos; que cuentan con experiencia con el estado y entidades privadas; están debidamente calificados para prestar un servicio a cabalidad de acuerdo a su naturaleza técnica y económica, además; considerando que el llamado está distribuido en lotes distintos resulta innecesario contar con esa cantidad.
Por lo señalado; es técnicamente innecesario la cantidad de profesionales solicitados y solo limita la participación de potenciales oferentes. Por lo expuesto; solicitamos respetuosamente a la Convocante la reformulación del requisito consultado; aceptando la cantidad de 7 (siete) profesionales técnicos que cuenten con los certificados profesionales emitido por las entidades correspondientes, de lo contrario se atenta contra los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS"
En el punto 2 de Capacidad Técnica dice: El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 15 kilómetros de la institución. Sin embargo, posteriormente se menciona que se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre el local de la convocante y la ubicación del taller participante. Favor aclarar dicho punto, ya que da a entender que, aunque una empresa gane en precios de oferta, cumpla con los requisitos de documentación y especificaciones técnicas establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), se dará prioridad al oferente con distancia más corta en lugar de considerar todos los criterios establecidos. Este enfoque plantea preocupaciones de competencia desleal e incoherencia, ya que si la convocante establece un límite de distancia de 15 km, se supone que todos los participantes que estén dentro de ese rango deberían ser considerados en igualdad de condiciones y recibir la misma consideración, independientemente de si están a 5, 10, 12 o 15 km de diferencia.
Por esta razón, respetuosamente solicitamos que se elimine la mención de "se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre la convocante y el taller participante", dado que ya se ha establecido que cualquier oferente calificado que se encuentre dentro del rango de 15 km de distancia puede participar. Esto ayudará a asegurar que el proceso de evaluación sea equitativo y coherente, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el PBC, sin favorecer a aquellos oferentes ubicados más cerca de la convocante basándose únicamente en la distancia.
En el punto 2 de Capacidad Técnica dice: El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 15 kilómetros de la institución. Sin embargo, posteriormente se menciona que se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre el local de la convocante y la ubicación del taller participante. Favor aclarar dicho punto, ya que da a entender que, aunque una empresa gane en precios de oferta, cumpla con los requisitos de documentación y especificaciones técnicas establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), se dará prioridad al oferente con distancia más corta en lugar de considerar todos los criterios establecidos. Este enfoque plantea preocupaciones de competencia desleal e incoherencia, ya que si la convocante establece un límite de distancia de 15 km, se supone que todos los participantes que estén dentro de ese rango deberían ser considerados en igualdad de condiciones y recibir la misma consideración, independientemente de si están a 5, 10, 12 o 15 km de diferencia.
Por esta razón, respetuosamente solicitamos que se elimine la mención de "se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre la convocante y el taller participante", dado que ya se ha establecido que cualquier oferente calificado que se encuentre dentro del rango de 15 km de distancia puede participar. Esto ayudará a asegurar que el proceso de evaluación sea equitativo y coherente, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el PBC, sin favorecer a aquellos oferentes ubicados más cerca de la convocante basándose únicamente en la distancia.
En Capacidad técnica 10 - Poseer Licencia Comercial que lo habilita para operar como TALLER MECANICO del Municipio, así como la Resolución de Habilitación Ambiental. La Licencia Comercial emite la Municipalidad de Asunción, consultamos si se podría modificar agregando Certificado de Licencia Comercial definitiva expedida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres ubicados en Asunción y para talleres ubicados en otro municipio Patente Comercial, donde el rubro y/o actividad principal debe ser Taller Mecánico, con la constancia de que dicha municipalidad no expide certificado de Licencia Comercial". Y con respecto a resolución de Habilitación Ambiental se refiere a la Licencia de MADES?.
En Capacidad técnica 10 - Poseer Licencia Comercial que lo habilita para operar como TALLER MECANICO del Municipio, así como la Resolución de Habilitación Ambiental. La Licencia Comercial emite la Municipalidad de Asunción, consultamos si se podría modificar agregando Certificado de Licencia Comercial definitiva expedida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres ubicados en Asunción y para talleres ubicados en otro municipio Patente Comercial, donde el rubro y/o actividad principal debe ser Taller Mecánico, con la constancia de que dicha municipalidad no expide certificado de Licencia Comercial". Y con respecto a resolución de Habilitación Ambiental se refiere a la Licencia de MADES?.
Se aclara que en la descripción de Capacidad Técnica, se solicita que el oferente deberá poseer una Licencia Comercial y/o patente que lo habilita como Taller Mecánico del Municipio, dicho requerimiento es solicitado de acuerdo a los documentos que expiden cada ente. Se aclara que la interpretación con relación a la resolución de Habilitación Ambiental se refiere a la Licencia de MADES, es correcta.
8
DISTANCIA DEL TALLER
SEGÚN PBC: El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 15 kilómetros de la institución, a los efectos de garantizar la pronta entrega/retiro de los móviles, facilitar el control por parte del mecánico de la institución de los trabajos realizados, optimizar el tiempo de traslado, y lo más importante evitar gastos innecesarios de combustible (Economía a la institución), como también, la utilización de los móviles al momento de verificar, trasladar y gestionar los móviles y/o documentaciones en el taller adjudicado. Se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre el local de la convocante y la ubicación del taller participante.
Visita al sitio de ejecución del contrato: Lugar: Sede San Lorenzo: Avda. Gral. Eugenio A. Garay N° 152 casi Virgen del Rosario - Sede Central: 25 de Mayo 825 casi Tacuary.
Solicitamos a la convocante aclarar cual será el punto de referencia para medir la distancia del taller. Ya que la dirección de la oficina central (25 de Mayo 825 casi Tacuary - Edificio SENASA) es difetente a la dirección donde se realiza la visita al sitio de ejecución del contrato.
SEGÚN PBC: El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 15 kilómetros de la institución, a los efectos de garantizar la pronta entrega/retiro de los móviles, facilitar el control por parte del mecánico de la institución de los trabajos realizados, optimizar el tiempo de traslado, y lo más importante evitar gastos innecesarios de combustible (Economía a la institución), como también, la utilización de los móviles al momento de verificar, trasladar y gestionar los móviles y/o documentaciones en el taller adjudicado. Se tendrá en cuenta la distancia más corta y rápida del trayecto entre el local de la convocante y la ubicación del taller participante.
Visita al sitio de ejecución del contrato: Lugar: Sede San Lorenzo: Avda. Gral. Eugenio A. Garay N° 152 casi Virgen del Rosario - Sede Central: 25 de Mayo 825 casi Tacuary.
Solicitamos a la convocante aclarar cual será el punto de referencia para medir la distancia del taller. Ya que la dirección de la oficina central (25 de Mayo 825 casi Tacuary - Edificio SENASA) es difetente a la dirección donde se realiza la visita al sitio de ejecución del contrato.