Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N.º 1                                                                                                                                                    

Señores

OFERENTES

P r e s e n t e:

 

La Dirección Administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Resolución M.E.F. N.º 106, de fecha 27 de octubre de 2023, POR EL CUAL SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, PARA LO QUE RESTA DEL EJERCICIO FISCAL 2023, LA COMPETENCIA DE EFECTUAR, EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAZAS, PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS ESTABLECIDAS EN LA LEYES N.º 7021/2022, DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS, Y N.º 7050/2023, QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, Y SUS REGLAMENTACIONES, CUYO VALOR SEA INFERIOR AL EQUIVALENTE A UN MIL (1000) SALARIOS MÍNIMOS PARA ACTIVIDADS DIVERSAS NO ESPECIFICACDAS EN LA CAPITAL DE LA REPÚBLICA, Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN M.H. N°. 251/2015, procede a emitir la siguiente enmienda al Pliego de Bases y Condiciones de la LCO N.º 07/2.023 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PUBLICACIÓN EN PRENSA ESCRITA PLURIANUAL - ID: 426.756.-

 

Asimismo, cabe señalar que la presente enmienda, formará parte del Pliego de Bases y Condiciones y, por consiguiente, será de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.

 

ENMIENDA 1: 

En la sección: En la sección: REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

CAPACIDAD FINANCIERA.

Queda de la siguiente manera:

 

CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2020, 2021 y 2022.

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.

CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

 

REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA.

Queda de la siguiente manera:

a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

b. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

c. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

 

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

 

ENMIENDA 2:

Se realiza modificaciones de plazo en el SICP:

  • Presentación de oferta y apertura de sobres.

 

Los demás puntos, datos e información que no se ha enmendado en la presente adenda, quedan invariables y vigentes.

 

Atentamente.

 

 

 

 

                                                                                                 Abg. HORACIO ESTEBAN CODAS GÓMEZ NÚÑEZ

                                                                                                                                     Director Administrativo

                                                                                                                            Ministerio de Economía y Finanzas

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Capacidad Financiera
  • Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/426756-contratacion-servicio-publicacion-prensa-escrita-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda