Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 DISTANCIA Favor ampliar la distancia máxima desde el taller a 12 km para dar oportunidad de participación a un mayor número de potenciales oferentes, ya que 1 km más no afectará eficiencia ni la economía de la entidad, por el contrario, un mayor número de oferentes redituará en beneficio de la Institución ya que la competencia favorece la presentación de mejores precios. Favor considerar lo solicitado. 30-08-2023 08-09-2023
12 Capacidad Técnica El PBC prevé “…Contar con Guardia de Seguridad, que podrá ser personal de la empresa oferente o tercerizado, en ambos casos se deberá presentar contrato de trabajo y/o servicio…” Al respecto nuestra consulta es si este requisito podría ser remplazado por una cobertura de seguridad de una empresa dedicada al ramo, teniendo en cuenta que dichas actividades comerciales se caracterizan por tener un servicio de monitoreo, patrulla de vigilancia y seguridad las 24 horas de las instalaciones como así también realizan un control constante y permanente con sus móviles de guardia. Esto independientemente a que el propio llamado exige medidas de seguridad como ser circuito cerrado de CCTV, las cuales de por si ya son disuasivas. Por otro lado, estamos hablando de la infraestructura de un taller mecánico, no de un banco que maneje valores o una casa de electrodomésticos, que posea artículos apetecibles para los amigos de lo ajeno. Ni que decir que uno debe ser bastante valiente para ingresar a una instalación, no tan apetecible para el robo, sabiendo que adentro hay 14 mecánicos con llaves inglesas, mazos, barreta, barretin, pata de cabra entre otros, los cuales darían una “afable” bienvenida al intruso A nuestro entender obteniendo el sistema de seguridad (cámaras), la cobertura de empresas de seguridad (SIT, PROTEK, PROSEGUR, entre otros) mas los argumentos de lo NO atractivo del taller como destino de robo, se cubre a cabalidad lo solicitado en el ítem mencionado ya que con ello se garantiza el total resguardo de las instalaciones de cualquier empresa, así como su contenido, que, en este caso, serían los rodados del Ministerio del Interior. En concreto, proponemos a la Convocante la modificación del requisito en este sentido, autorizando lo del guardia y/o servicio de monitoreo y patrulla (SIT, Protek, Prosegur u otro) siendo que sabido es que desde el ingreso hasta la entrega del rodado, es responsabilidad exclusiva del Contratista, resguardando para dicho efecto con las pólizas de seguro respectivas. 31-08-2023 08-09-2023
13 Capacidad Técnica El PBC prevé “…El taller deberá estar a una distancia no mayor de 11 km del MINISTERIO DEL INTERIOR (Ministerio del Interior - Edif. Aurora, Chile 719, Asunción)…” La exigencia relativa que el oferente debe estar ubicado a una distancia como máximo a 11 (Once) Km del Ministerio del Interior, trata de una exigencia desmedida y desproporcional, no acorde a los principios de razonabilidad y proporcionalidad y resulta inadmisible, puesto que no existen razones técnicas que justifiquen la necesidad de estar a la distancia solicitada. De hecho, es frecuente en los llamados de esta naturaleza permitir la participación de los talleres ubicados en el Gran Asunción. Es por ello que solicitamos a la Convocante, permitir la participación de oferentes ubicados a una distancia de 15 (quince) km y así dar mayor participación a talleres que han hecho inversiones importantes para trabajar con Instituciones del Estado y poseen la capacidad técnica y operativa suficiente para satisfacer sus necesidades. 31-08-2023 08-09-2023
14 Capacidad Técnica El PBC prevé “…1 (uno)Taladro Eléctrico de banco de 25 mm2 como mínimo…” En lo que respecta al requerimiento de 1 (uno)Taladro Eléctrico de banco de 25 mm2 como mínimo, manifestamos que el tamaño requerido del taladro NO es un equipamiento estándar de los talleres mecánicos es por ello que nos llama la atención y nos preguntamos con qué fin se solicita un taladro de semejante tamaño teniendo en cuenta que un taladro con tamaño estándar tranquilamente cubre las necesidades que pueda tener un taller mecánico. Para que muchos talleres participen y para que esta solicitud no sea una barrera a la competencia en este llamado, solicitamos remover el pedido de 1 (uno)Taladro Eléctrico de banco de 25 mm2 como mínimo, ya que de esta manera se estaría permitiendo una mayor participación de talleres que es el espíritu de la ley 2051/03. 31-08-2023 08-09-2023
15 Capacidad Técnica El PBC prevé “…Balanceadora computarizado de ruedas; Alineadora computarizado de ruedas…”; En los talleres mecánicos, existen trabajos que son tercerizados o derivados a empresas que tienen determinadas especialidades anexas o complementarias a los servicios mecánicos, por ejemplo: rectificadora, tornería, trabajos de inyección, alineación y balanceo de ruedas, entre otros. De modo a ilustrar lo manifestado en el párrafo anterior nos gustaría brindar un detallado ejemplo. Los trabajos de alineación y balanceo, normalmente se derivan a empresas que se dedican a ello (CUPASA, CENTRO DEL NEUMATICO, ACISA, IMPORTADORA AVENIDA, YHAGUY, entre otras varias) Esto se fundamenta en varios factores, uno, el costo del servicio de alinear y balancear las ruedas es muy económico en dichas empresas, dos, de allí que los talleres no realizamos esta alta inversión en maquinarias específicas como las requeridas por la convocante en estos puntos, tres, la gran cantidad de empresas que brindan este servicio especializado que a más de ser un complemento a los servicios mecánicos son complementarios en otro sector industrial, distinto al de talleres mecánicos el cual es la venta de neumáticos, cubiertas y cámaras. Es por ello que solicitamos a la convocante que permita la tercerización de dichos servicios dando por cumplido con la presentación de un Acuerdo de Prestación de Servicios del rubro en cuestión (Alineación y balanceo) eximiendo a los potenciales oferentes de contar con esas maquinarias teniendo en cuenta que NO son necesarias para la realización de los servicios mecánicos generales, constituyéndose en una barrera de ingreso a la participación en el presente llamado, resguardada, custodiada y pretendida como principio claro por la ley 2051/03 y por la DNCP, organismo rector de las compras publicas estatales. 31-08-2023 08-09-2023
16 Capacidad Técnica El PBC prevé “…Banco de limpieza de picos electro inyectores diésel (common rail)…” Traemos a colación lo establecido en la Ley 2051/03 en cuanto a que la misma establece y permite la tercerización hasta un determinado porcentaje. Los bancos solicitados corresponden a equipamientos y equipos utilizados en los servicios del sistema de inyección, específicamente para la limpieza y calibración de los picos electrónicos (common rail). Para la realización de estos servicios existen empresas que se dedican al ramo y que normalmente son derivadas a ellas para su reparación, entre estas empresas podemos citar a MBT, DIESEL-TEC, Galindo Bombas Inyectoras, Chispa S.A., entre otras. Los referidos equipamientos y equipos NO son maquinarias comunes de un taller de mecánica general, que es el objeto del llamado de la Convocante, las reparaciones y mantenimientos GENERALES de vehículos. Sino que más bien, corresponden a maquinarias específicas y especializadas de un taller de inyección, que NO es el objeto del contrato perseguido por el Ministerio del Interior, ya que no se están solicitando específicamente la contratación de bombistas para el sistema de inyección. Es oportuno mencionar que existen llamados que se han realizado específicamente para la reparación del sistema de inyección, el mismo puede ser comprobado remitiéndonos al número de ID 341599. Es por ello que solicitamos a la convocante que permita la tercerización de dichos servicios dando por cumplido con la presentación de un Acuerdo de Prestación de Servicios del rubro en cuestión (Sistema de Inyección) eximiendo a los potenciales oferentes de contar con esas maquinarias que, es un claro direccionamiento a un taller en particular y que dada la especificidad de dichas maquinarias NO son necesarias para la realización de los servicios mecánicos generales, constituyéndose en una barrera de ingreso a la participación en el presente llamado, resguardada, custodiada y pretendida como principio claro por la ley 2051/03 y por la DNCP, organismo rector de las compras publicas estatales. 31-08-2023 08-09-2023
17 ITV Respecto al requisito: “INSPECCIÓN TECNICA VEHICULAR: Al momento del retirar los vehículos que tuvieron reparaciones del tren delantero, tren trasero, sistema de suspensión, sistema de frenos, luces, etc. correrá por cuenta del adjudicado la entrega del INFORME DE INSPECCIÓN TECNICA VEHICULAR el cual deberá estar sin ninguna observación indefectiblemente”, es necesario señalar que: el servicio mismo no se ha incluido como un ítem a cotizar, y debería serlo puesto que se trata de un servicio adicional a los ítems relativos a los distintos servicios de reparación o mantenimiento de tren delantero y trasero, suspensión, frenos. No es posible simplemente distribuir los costos de contratar el servicio de ITV, que como es sabido solo es realizado por centros especializados y habilitados para el efecto, ya que hay casos donde el costo del servicio tercerizado adicional supera con creces el precio del servicio a ser prestado por el taller que resulte adjudicado. Para muestra basta un botón: Sírvase ver los ítems 37 “ NISSAN PATROL-- CAÑO FLEXIBLE DE FRENO C/U” cuya estimación de costo es de ₲ 97.217 que conforme a la descripción de las EETT corresponde a un trabajo del sistema de freno y por tanto necesitaría el informe de ITV, que conforme a datos públicos de una planta verificadora asciende a la suma de Gs. 161.847, es decir, el costo estimado por la convocante casi es duplicado solo por el servicio adicional, ni siquiera se considera el precio del servicio propiamente, aún sumando la mano de obra, no sería sensato mantener de esta manera el pliego. Esto es además importante porque conforme a la res. 1890/20, las ofertas que se sitúen por encima de los referenciales en un porcentaje de más del 15% por cada precio unitario se expone a ser evaluada subjetivamente por la convocante en uso de su facultad discrecional. Por otro lado, resulta indeterminado que se utilice la expresión “etc” ya que esto no delimita con claridad el alcance de las obligaciones de quien resulte adjudicado, quedando a criterio subjetivo de la contratante determinar en instancia contractual cómo hará efectiva esta exigencia, lo cual posiciona a los oferentes en una situación de absoluta e irregular desventaja, pues la ley es clara al disponer que las reglas de la contratación deben ser generales, objetivas, claras e imparciales. No es menos importante señalar que salvo reparaciones complejas y sumamente específicas no resulta técnicamente indispensable contar con una inspección vehicular especializada, por lo que la exigencia se vuelve innecesaria, encarece el contrato, no redunda en beneficios reales para el estado y limita la oportunidad de participación. Es así que se solicita a la convocante eliminar el requisito o reformular el pliego para que la exigencia sea para casos específicos y perfectamente determinados, que el precio sea cotizable y que se refleje esta variación en la estimación de costos del llamado. 04-09-2023 08-09-2023
18 INFRAESTRUCTURA EDILICIA El Oferente deberá contar con infraestructura propia de por lo menos 1.000 m2 como mínimo de superficie total del Terreno, de los cuales 800m2 debe estar destinado a área de trabajo, y 200m2 de área de estacionamiento, maniobras y pruebas independientemente a otras áreas o instalaciones que deberá demostrar con la presentación de copias autenticadas del plano aprobado de infraestructura, con su resolución de aprobación y con su respectivo certificado de inspección final in situ que concuerden con la construcción existente y en el cual conste que todos los terrenos estén debidamente habilitados para operar. Consultamos a la convocante sí el requisito podría ser modificado solicitando como mínimo 650 m2 en busca de la participación de mayor cantidad posible de oferentes. Esta situación redundara en mayor cantidad de ofertas y lo cual significa precios más competitivos para la Convocante en particular y para el Estado Paraguayo en general y a la vez se cumpliría satisfactoriamente con las necesidades de la entidad. Consideramos que el requisito no resulta técnicamente indispensable porque sí bien la institución cuenta con un número razonable de vehículos no todos los vehículos de la institución serian reparados al mismo tiempo. 06-09-2023 08-09-2023
19 CERTIFICACION DE CAPACITACION PROFESIONAL Con respecto a lo solicitado en el PBC: El oferente deberá contar con una dotación mínima de Personal técnico. Los Técnicos deben ser personales Calificados y Certificados por instituciones educativas habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional) los mismos deberán estar inscriptos en el seguro social del IPS con una antigüedad mínima de 1 (un) mes anterior al acto de apertura, en las siguientes especializaciones: 3 (tres) Técnicos en Mecánica Automotriz. 2 (dos) Técnico en Motores Diésel. 2 (dos) Técnico en Motores Naftero. 1 (uno) Técnico en Inyección electrónica Diésel. 1 (uno) Técnico en inyección electrónica Naftera. 1 (uno) Técnico en Electricidad del Automóvil. 1 (uno) Técnico en Aire Acondicionado del Automóvil. 2 (dos) auxiliares mecánicos (no es necesario certificación para los mismos). No se considerará a un mismo personal con más de un certificado para cumplir con el requisito, por cada personal se debe presentar su correspondiente certificado. Todo el personal requerido debe estar inscripto en el seguro social del IPS. La antigüedad será acreditada con la presentación de la Planilla de IPS de los meses correspondientes. activos y operativos al momento de la inspección. Consultamos a la convocante sí el requisito podría ser modificado, permitiendo la presentación de 8 personales con sus correspondientes certificados e inscriptos en el seguro social del IPS 1 (uno) Técnicos en Mecánica Automotriz. 1 (uno) Técnico en Motores Diésel. 1 (uno) Técnico en Motores Naftero. 1 (uno) Técnico en Inyección electrónica Diésel y naftera 1 (uno) Técnico en Electricidad del Automóvil. 1 (uno) Técnico en Aire Acondicionado del Automóvil. 2 (dos) auxiliares mecánicos (no es necesario certificación para los mismos). 06-09-2023 08-09-2023
20 INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA - HERRAMIENTAS Con respecto a las herramientas solicitadas 4 (cuatro) elevadores eléctricos para vehículos, con capacidad mínima de 4.000 kg. Consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de modificar dicha exigencia, solicitando 3 (tres) elevadores eléctricos para vehículos, con capacidad mínima de 4.000 kg.. 1 (una) Balanceadora computarizada de ruedas. 1 (una) Alineadora computarizada de ruedas 1 (un) Banco de limpieza de picos electro inyectores diésel (common rail). Consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de modificar dicha exigencia, permitiendo la tercerización de estos servicios 4 (cuatro) Prensa morsa de banco. Consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de modificar dicha exigencia, solicitando 1 (una) Prensa morsa de banco. 2 (dos) Pistola neumática. Consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de modificar dicha exigencia, solicitando 1 (una) Pistola neumática. Calibre (pie de rey) con su correspondiente certificación de la INTN, Consultamos a la Convocante si existe la posibilidad de modificar dicha exigencia, permitiendo la certificación por parte de un laboratorio acreditado 06-09-2023 08-09-2023
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