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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
19-06-2023 - 08:28
Fecha de Fin
22-06-2023 - 18:55
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS y determinada antigüedad como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que la oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS y con determinada antiguedad como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
1-Contra con 15 personas inscriptas en el Instituto de Previsión Social con antigüedad, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados. 2- Contar con 8 Personal técnicos certificado por la TLD (Lo mismo deben estar inscriptos en el instituto Previsión Social, con una antigüedad mínima de 4 meses).

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se solicita que los equipos sean de propiedad del oferente
Descripción
Con relación al requerimiento de que se acredite la propiedad de todos los equipos y/o vehiculos y/o locales requeridos. Se solicita explicación del por qué el/los requisitos resultan técnicamente indispensables para participar en el procedimiento de contratación.
Comentario
Contar con un vehículo propio equipado con todas las herramientas, equipamientos y repuesto necesario para realizar cualquier tipo de reparaciones menores.

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
50- Si bien la convocante ha remitido un documento como justificación, el contenido mencionado no se puede considerar como una justificación del motivo para no otorgar el anticipo, considerando lo dispuesto en la normativa vigente que establece como regla otorgar anticipo a las MIPYMEs. Asimismo con referencia al volumen de facturación se le recuerda lo establecido en el Artículo 5°.- CLASIFICACIÓN. PARÁMETROS DE CATEGORÍAS. ALCANCE de la LEY N° 4.457 PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
No hemos logrado acceder al contenido de los archivos adjuntos que acompañan al Dictamen, solicitamos remitirlos nuevamente.
Comentario
no se puede verificar el dictamen de precios referenciales y tampoco a la planilla y los documentos respaldatorios por ser los mismos ilegibles

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.