Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 EXPERIENCIA El PBC establece que "El oferente debe presentar una constancia emitida por la TLD, de poder proveer repuestos originales de la marca, para los mantenimientos preventivos y correctivos que se le sean requeridos." Este requisito resulta limitante y podría constituirse en una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de no contar con una Constancia que ni siquiera equivale a una Autorización del Fabricante. Bien podría sustituirse dicho requisito con una Declaración Jurada de poder proveer repuestos originales emitida por el oferente, ya que finalmente el compromiso de provisión en tiempo y forma, en virtud del contrato suscripto, lo asume la empresa adjudicada. En otras palabras, dicha constancia no constituye ningún compromiso de parte de la TLD, por lo que exigirlo como un documento para evaluar y calificar a los oferentes no resulta técnicamente indispensable y solo restringe la participación, direccionando el llamado hacia un único potencial oferente, en contravención con a lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS" 01-08-2023 11-08-2023
2 EXPERIENCIA Donde dice: "Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo de la presente licitación". Solicitamos que sea aceptada la experiencia en servicios de mantemiento de equipos y maquinarias industriales e hidráulicas, ya que básicamente en eso consisten los equipos TLD, con el fin de dar oportunidad de competir en igualdad de condiciones a un mayor número de potenciales oferentes. Favor tener encuenta que una sola empresa en el país cuenta con la experiencia tal como se requiere en el PBC, y es la misma que ha sido adjudicada en los últimos años, siendo el único oferente que se presentó en todas las licitaciones justamente por ese motivo. Favor admitir las modificaciones sugeridas en virtud de lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS" 01-08-2023 11-08-2023
3 Capacidad Técnica En relación a los siguientes equipos: Tornos Paralelo 2 metros de bancada x 660 cm de volteo como mínimo Rectificadoras de Cilindro Rectificadora de interior de bancada. Rectificadora y alineadora de Brazos y bujes Recificadora de Cigueñal Probador térmico de fisura Cepilladora de superficie plana Se solicita a la Convocante que se admita la tercerización o contrato de alquiler de tales equipos o bien presentar una Declaración Jurada de contar con los mismos para la firma del contrato, teniendo en cuenta que el requisito constituye una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de no contar actualmente con dichos equipos, pero que cuentan con la capacidad suficiente para disponer de los mismos en caso de resultar adjudicada. Favor admitir las modificaciones sugeridas en virtud de lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS" 01-08-2023 11-08-2023
4 Capacidad Técnica En relación al personal técnico requerido: Contar con 8 personales tecnicos certificado por la TLD, presentar certificado que avalen lo solicitado. Se solicita a la Convocante que se admita la tercerización de dichos especialistas o bien presentar una Declaración Jurada de contar con los mismos para la firma del contrato, teniendo en cuenta que el requisito constituye una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de no contar actualmente con dichos técnicos certificados, pero que cuentan con la capacidad suficiente para disponer de los mismos en caso de resultar adjudicada. Favor admitir las modificaciones sugeridas en virtud de lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS" 01-08-2023 11-08-2023
5 PERSONAL REQUERIDO En relación al personal técnico requerido: Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el Ministerio de Educación y Cultura. Se solicita a la Convocante que se admita la tercerización de dicho profesional o bien presentar una Declaración Jurada de contar con los mismos para la firma del contrato, teniendo en cuenta que el requisito constituye una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de no contar actualmente con dicho profesional, pero que cuentan con la capacidad suficiente para disponer de los mismos en caso de resultar adjudicada. Favor admitir las modificaciones sugeridas en virtud de lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03 y la Resolución DNCP Nº 248/2021 "POR LA CUAL SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA EL AUMENTO DE LA COMPETENCIA EN LAS COMPRAS PÚBLICAS" 01-08-2023 11-08-2023
6 JUSTIFICACION DE CONTAR CON PERSONALES TÉCNICOS CERTIFICADO POR LA TLD Si bien la convocante ha incluido una supuesta justificación del requisito de contar con 8 técnicos certificados por la TLD, dicho requisito no resulta técnicamente indispensable y restringe innecesariamente la participación de potenciales oferentes que cuentan con la capacidad legal, técnica y económica para ejecutar el contrato en caso de resultar adjudicada. La DNCP se ha expedido a través de la Resolución DNCP Nº 2576/23 respecto al requisito de contar con personal técnico especializado en los siguientes términos: ""...son varios los técnicos que se solicitan para esta licitación y varios correspondientes a técnicos de servicios especializados; en consecuencia, esta exigencia podría constituirse en una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de que sus empleados no cumplan con la antigüedad en el seguro social del IPS contemplado en el PBC. Por ello, a fin de brindar mayor posibilidad de participación, esta Dirección Nacional considera pertinente supeditar la exigibilidad de la inscripción en el Seguro Social del IPS al momento de la firma del Contrato, de manera que los interesados en participar puedan ajustar su oferta o su staff de personal a los técnicos exigidos para esta convocatoria, pudiendo la convocante exigir en fase de presentación de ofertas otro tipo de documento, como ser Declaraciones Juradas en el que se declare que se cuenta con la cantidad de personal exigido, a fin resguardar y asegurar el cumplimiento de esta exigencia..." Por lo expuesto, favor modificar el requisito a fin de dar oportunidad a un mayor número de potenciales oferentes. 01-08-2023 11-08-2023
7 Capacidad Técnica En cuanto al requisito "El área de rectificación, tornería y de taller mecánico debe estar en el mismo predio de la empresa, de manera a que los trabajos no sean tercerizados, y que los mismos sean controlados y avalados por el Ingeniero Automotriz". Dicho requisito no resulta técnicamente indispensable y restringe innecesariamente la participación de potenciales oferentes que cuentan con la capacidad legal, técnica y económica para ejecutar el contrato en caso de resultar adjudicada. La DNCP se ha expedido a través de la Resolución DNCP Nº 2576/23 respecto al requisito de contar con personal técnico especializado en los siguientes términos: "...son varios los técnicos que se solicitan para esta licitación y varios correspondientes a técnicos de servicios especializados; en consecuencia, esta exigencia podría constituirse en una desmotivación para la participación de empresas que hallándose en la capacidad legal, técnica y económica de participar, se vieran imposibilitados de hacerlo en virtud de que sus empleados no cumplan con la antigüedad en el seguro social del IPS contemplado en el PBC. Por ello, a fin de brindar mayor posibilidad de participación, esta Dirección Nacional considera pertinente supeditar la exigibilidad de la inscripción en el Seguro Social del IPS al momento de la firma del Contrato, de manera que los interesados en participar puedan ajustar su oferta o su staff de personal a los técnicos exigidos para esta convocatoria, pudiendo la convocante exigir en fase de presentación de ofertas otro tipo de documento, como ser Declaraciones Juradas en el que se declare que se cuenta con la cantidad de personal exigido, a fin resguardar y asegurar el cumplimiento de esta exigencia..." Por lo expuesto, favor eliminar el requisito a fin de dar oportunidad a un mayor número de potenciales oferentes. 01-08-2023 11-08-2023
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF