Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 planilla de precios Favor aclarar si el formato de planilla de precios e items solicitados es la version final 17-10-2023 17-11-2023
2 Autorización del Fabricante. El llamado es para la contratación de 10 lotes. El PBC, en la pág. 7, en el punto “Autorización del Fabricante” exige la presentación de la cadena de autorizaciones hasta la fábrica de los siguientes lotes: • 2. REPARACIÓN DE EQUIPOS HIDRÁULICOS - GRÚAS PALFINGER • 3. REPARACIÓN DE GRÚA MARCA COPMA • 5. REPARACIÓN TOPADORAS KOMATSU • 7. REPARACIÓN DE HIDROELEVADORES PARA LINEAS VIVAS • 10. REPARACIÓN DE MONTACARGAS ELECTRICO Tal como se puede ver, no se requiere de cadena de autorización para los lotes 1, 4, 6, 8 y 9. Esto habilita a que cualquier empresa que cuente o no con cadena de autorización pueda presentarse y pujar por estos lotes. Se solicita que se incluya la exigencia de la Cadena de Autorización hasta el Fabricante de estos lotes omitidos, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 52, segundo párrafo del Decreto 2992/2019 que, copiado, dice: Artículo 52. Autorización del fabricante o productor. “…Cuando por el objeto de la licitación, se requiera un servicio técnico especializado, la Convocante, podrá solicitar que el oferente demuestre que es prestador autorizado, con la documentación que acredite la cadena de autorizaciones.” No requerir la cadena de autorización para los equipos implica generar un riesgo para la Convocante, pues no tendrá las garantías de fábrica en la ejecución del Contrato, generando riesgos de averías y de incapacidad para resolver problemas, en particular, para el Lote 8, considerando que los equipos incluidos ahí son de la misma marca (Hidrogrubert) del Lote 7, para el cual sí se requiere de la autorización que nos ocupa. No se explica por qué razón no se exige de esta cadena de autorización cuando en el Lote 8 no existe otra marca diferente a la prevista en el Lote 7. Elegimos creer que se trataría de un error. 17-10-2023 17-11-2023
3 Limitaciones en la cantidad de lotes a adjudicar El PBC prevé, en la página 32, apartado “Plan de Entregas”, la siguiente limitación en materia de cantidad de lotes que pueden ser adjudicados. En el caso de contar con cinco (5) o más oferentes, la convocante adjudicará hasta dos (2) lotes por contrato, al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. En el caso de contar con menos de cinco (5) oferentes, la convocante adjudicará hasta tres (3) lotes por contrato, al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. Mi representada es el único oferente que podría participar en 3 lotes y, de prosperar el pedido de que se solicite autorización del fabricante en el lote 8, sería el único oferente posible para 4 lotes. En consecuencia, la limitación contenida en el PBC arriesga la declaración desierta de, al menos, un lote, en caso que se presenten 5 o más oferentes. En consecuencia, en cumplimiento del principio de economía y eficiencia, se solicita la eliminación de la limitación transcripta, o, en su caso, se exceptúe la regla en caso de contarse con oferentes que cumplan con el requisito de autorización de fabricante en cualquier lote. El PBC prevé, en la página 32, apartado “Plan de Entregas”, la siguiente limitación en materia de cantidad de lotes que pueden ser adjudicados. En el caso de contar con cinco (5) o más oferentes, la convocante adjudicará hasta dos (2) lotes por contrato, al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. En el caso de contar con menos de cinco (5) oferentes, la convocante adjudicará hasta tres (3) lotes por contrato, al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. Mi representada es el único oferente que podría participar en 3 lotes y, de prosperar el pedido de que se solicite autorización del fabricante en el lote 8, sería el único oferente posible para 4 lotes. En consecuencia, la limitación contenida en el PBC arriesga la declaración desierta de, al menos, un lote, en caso que se presenten 5 o más oferentes. En consecuencia, en cumplimiento del principio de economía y eficiencia, se solicita la eliminación de la limitación transcripta, o, en su caso, se exceptúe la regla en caso de contarse con oferentes que cumplan con el requisito de autorización de fabricante en cualquier lote. Proponemos la siguiente redacción adicional: Se exceptúa la limitación descripta en este apartado en caso que haya oferentes que cumplan con la cadena de autorizaciones, al que podrá adjudicarse la cantidad de lotes en el que se cumpla tal condición, sin limitación. 17-10-2023 17-11-2023
4 Plazo de reposición. En la pág. 31 del PBC, en el apartado de “Plan de Entregas” el PBC exige una reposición en el plazo de 72 horas, con la siguiente redacción: “Si durante la verificación o dentro del plazo de la garantía surjan trabajos defectuosos o deficientes, la Contratante solicitará al Proveedor por escrito a través de la Orden de Trabajo correspondiente la corrección de los defectos observados, debiendo éste subsanarlos en setenta y dos (72) horas una vez recibida la orden de trabajo por garantía del servicio, corriendo por cuenta y cargo del mismo los gastos inherentes a dicha reparación.” Solicitamos que el plazo se extienda a 5 días hábiles, tal como se admite en el Llamado con ID 408107 “LP1741-23 SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE HIDROELEVADORES DE LA FLOTA DE LA ANDE, BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO”. Este llamado es para el mismo objeto de MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS (que han sido incorporados en los Lotes 7 y 8 del llamado que nos ocupa). Sin embargo, para el otro llamado se confiere de 5 días hábiles a los contratistas, mientras que en el presente se disminuye el tiempo de respuesta a 72 horas, generando un tratamiento diferente para la misma situación, lo cual viola el principio de igualdad previsto en el artículo 4 de la Ley 2051/03. 17-10-2023 17-11-2023
5 Capacidad Técnica. En el PBC se requiere, como requisito de Capacidad Técnica, lo siguiente: 2.2. El Oferente debe presentar una copia simple de los planos aprobados por el municipio vigente en donde se visualice el área cubierta de taller (Anexo G - Planilla de Verificación para Habilitación de Taller), y las demás áreas de trabajo del oferente (oficina, vestuarios, baños, etc). Debe acompañar los documentos de aprobación de las medidas de seguridad contra incendios conforme las disposiciones municipales vigentes. Como requisito documental se requiere lo siguiente: 2.2. El Oferente debe presentar una copia simple de los planos aprobados por el municipio vigente en donde se visualice el área cubierta de taller, y las demás áreas de trabajo del oferente (oficina, vestuarios, baños, etc). Debe acompañar los documentos de aprobación de las medidas de seguridad contra incendios conforme las disposiciones municipales vigentes. Tal como se puede ver, el PBC solo exige una copia de los planos aprobados, tanto desde la perspectiva de la edificación como lo que hace a las medidas de seguridad contra incendios (PCI), lo cual no garantiza que lo construido sea lo aprobado. La sola aprobación de planos es una aprobación sobre papel, lo que el PBC debe requerir es la habilitación de las edificaciones (tanto en lo que respecta a los planos de obra como los de PCI). Esta habilitación garantiza que lo aprobado es lo efectivamente construido y que el sistema de PCI funciona. De lo contrario, se estaría contratando a empresas que generan el riesgo de tener planos aprobados pero talleres construidos de manera diferente a lo aprobado o con sistemas de PCI sin funcionamiento o no instalados. En consecuencia, se solicita que el PBC exija, en este apartado, que se presenten, junto con los planos aprobados (de obras y PCI) las habilitaciones municipales, cual es un documento expedido por el Gobierno Municipal que garantiza que lo aprobado es lo construido. 17-10-2023 17-11-2023
6 Fraccionamiento indebido de la necesidad Por último se solicita que los lotes incluidos en el llamado con ID 408107 “LP1741-23 SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE HIDROELEVADORES DE LA FLOTA DE LA ANDE, BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO”, sean consolidados e incluidos en el llamado que nos ocupa, pues el actual fraccionamiento de necesidades solo se justifica en caso que se quiera beneficiar indebidamente a la empresa que se pretenda adjudicar con la totalidad del llamado con ID 408107. Al no incluirse los lotes de los equipos de la marca que representa esta empresa en el llamado que nos ocupa (ID 425185), se le permite a la misma tener una participación con privilegios en este llamado en atención a que la adjudicación de los lotes de su marca no serán computados a la hora de evaluarse el tope de lotes por empresas impuesta en este llamado y en atención a que dicha adjudicación será realizada en otro llamado exclusivo para dicha marca (ID 408187). Llamativamente, no se pide Autorización del Fabricante en nada menos que 5 de 10 lotes (ID 425185). En el caso que nos ocupa, la ANDE está incurriendo en la prohibición prevista en el artículo 16 de la Ley 2051/03, tercer párrafo, que dice: “Queda estrictamente prohibido fraccionar o subdividir el monto de los contratos o la ejecución de un proyecto con la intención de eludir los tipos de procedimientos establecidos en esta ley, incluyendo las operaciones que se realicen con cargo a fondos fijos previstas en el Artículo 35. El reglamento definirá cuándo un contrato se considerará fraccionado o subdividido.” Además, se vulnera el artículo 16, inc. a) del Decreto Reglamentario de la Ley que, copiado, dice: Artículo 16. Prohibición de fraccionamiento de contratos Un contrato se considera fraccionado cuando con la intención de eludir los tipos de procedimiento establecidos en la Ley: a) Los bienes, obras o servicios objetos del contrato se adquieran o ejecuten separadamente en parcelas, etapas, tramos o lotes de menor valor, habiendo sido susceptibles de entrega o ejecución programada por un monto mayor…” Con este proceder, la Convocante adjudicará la totalidad de los lotes a un solo oferente en el llamado con ID 408107 y permitirá a ese mismo oferente que se le adjudique varios lotes del llamado que nos ocupa que no requieren de la Autorización del Fabricante, beneficiándoles indebidamente, al valerse de la estrategia de limitar la cantidad de lotes por oferente en este llamado (ID 425185), condición que se objeta en otra consulta. Así, reiteramos, la empresa que posee la Autorización del Fabricante del llamado con ID 408107 podrá adjudicarse mayor cantidad de lotes respecto a lo que se le podría adjudicar a cualquier otro oferente del llamado que nos ocupa, debido a la limitación de lotes adjudicables impuestas en el ID 425.185. Esta es la única razón por la cual se justificaría el fraccionamiento de necesidades idénticas en dos llamados diferentes. 17-10-2023 17-11-2023
7 DISNTANCIA DEL TALLER El PBC solicita que El taller debe contar como máximo 8 (ocho) Kilómetros de distancia de las Instalaciones de la ANDE-Centro de Distribución de Asunción, ubicado en Facundo Machain y Boggiani, salvo los talleres de la representación oficial de la marca. Podría la convocante ampliar mas la distancia a 10 kilómetros para dar mayor participación a oferentes. 19-10-2023 17-11-2023
8 Capacidad Técnica DESCRIPCIÓN DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS Y HERRAMIENTA ESPECIALES divide en dos puntos las herramientas solicitadas tenemos una duda los equipos solicitados son para todos los lotes o el C1 que son herramientas hidráulicas son solos para los lotes de grúas y el C2 que dice que son para motores y transmisión son para los otros lotes. Pueden aclarar estos puntos por favor. 19-10-2023 17-11-2023
9 Capacidad Técnica Solicitamos amablemente a la convocante permitir la tercerización de estos equipos por medio de un contrato. c.1 El taller del oferente debera contar como minimo para las reparaciones hidráulicas: c.1.1 Bruñidora vertical de al menos 4000 mm de recorrido y diámetro de la menos de 200 mm para tubos y cilindros c.1.2 banco de pruebas de bombas hidráulicas con capacidad mínima de 10 lpm. hasta 150 lpm c.1.3 Banco de pruebas de cilindros con una capacidad de 1 metro por minuto y caudal de 15 lpm. y presión máxima de prueba de hasta 3500 psi, como minimo c.1.4 Prensa de mangueras hidráulicas y terminales Si estos equipos 19-10-2023 17-11-2023
10 AUTORIZACION DEL FABRICANTE Solicitamos que el lote 7 no se exija Autorización del Fabricante, ya que estos modelos de hidroelevadores de la marca Hidro-Grubert tienen ya muchos años en el mercado paraguayo y ya se han desarrollado mercados alternativas de repuestos y muchas empresas tienen basta experiencia reparando las mismas, más aun observando que el propio lote 8, correctamente, no exige Autorización del Fabricante, y se trata de la misma marca de hidroelevadores Hidro-Grubert, que también ya tienen varios años en el mercado paraguayo y se viene realizando mantenimientos y reparaciones en distintos talleres 27-10-2023 17-11-2023
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