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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
17-02-2023 - 08:35
Fecha de Fin
22-02-2023 - 13:08
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
Se solicita a la convocante ajustarse a lo establecido en la circular DNCP N° 02/2023, ver los lineamientos establecido en la circular a modo de subsanar la observación y además prever los detalles como ser la forma de instrumentación, devolución del anticipo./

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
CDP y PAC: observamos inconsistencia en el N° de O.G indicado en ambos documentos, se solicita unificar los datos consignados./ ANEXO B: Sistema de presentación de ofertas: Se solicita completar el punto./ ANEXO B: Requisitos de Calificación Legal: Se solicita ajustarse íntegramente a las normativas vigentes, a los efectos de la verificación de lo establecido en el Art. 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021./ ANEXO B: Matriz de evaluación: Formación Académica: se solicita determinar el perfil de/los profesionales que serán considerando/ con los documentos que deberán presentar para la evaluación./ ANEXO B: Matriz de evaluación: Formación Académica: Observamos que, el puntaje máximo asignado para el punto es de 40 puntos, sin embargo la convocante indica al mismo tiempo que: La calificación máxima de éste factor será de 20 puntos, Se solicita aclarar./ Anexo B: Matriz de evaluación: Formación Académica: Observamos que, el criterio establecido,( (el mismo deberá estar autenticado por Escribanía), podría resultar limitante/excluyente./ ANEXO B: Matriz de evaluación: Asistente de Consultoría en UOC: Considerando la descripción del proceso,( ASESORAMIENTO TÉCNICO INDIVIDUAL), y al indicar: que será considerado: Asistente de Consultoría en UOC, observamos inconsistencia de criterios, se solicita determinar la necesidad de la convocante y establecer criterios claros./ ANEXO B: Matriz de evaluación: Metodología y plan de trabajo: Solicitamos aclarar la asignación de puntos, considerando que el puntaje máximo es de 10 puntos, sin embargo se visualiza la misma asignación a dos criterios diferentes./ ANEXO B: Las condiciones de pago: Se consulta a la convocante si sería pertinente prever la entrega de informe/nota/avance/ previa solicitud del pago./ ANEXO B: SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL de Contrato: : solicita completar conforme lo establece la normativa vigente, es decir incluir también garantía bancaria./ ANEXO B: El valor de las multas será: Se solicita a la convocante indicar si los días serán computados en hábil o corridos./ ANEXO C: Planilla de precios del SICP y la Planilla consinada en las EE.TT/Terminos de referencia: Observamos inconsitencia en los datos, se solicita unificar la "PRESENTACIÓN", y a que se refiere al indicar Evento./ ANEXO E: Documentos sustanciales: Se solicita a la convocante no alterar los documentos sustanciales contemplados en las normativa vigente, ver el Art. 61 del Decreto 2992/19./

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Dictamen de estimación de costo: Punto 1: Se solicita a la convocante utilizar los antecedentes,(documentos de respaldo) con el mismo objeto del presente proceso, atendiendo que podría variar el precio/cotización,( ver el contrato utilizado)./Punto 2: El presupuesto remitido del potencial oferente,( 2 LIC.FERNANDO ARIEL ESPINOLA), no cuenta con la firma del responsable./ Punto 3: Considerando el criterio indicado en los Indicadores de cumpliniento de contrato,(Informes mensual)/Plan de entrega, se solicita replantear la elaboración de los precios referenciales teniendo en cuenta la unidad de medida establecida en el SICP./

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Indicadores de Cumplimiento de Contrato y Planilla de precios del SICP: Se consulta a la convocante si sería pertinente indicar en la planilla de precios del SIPC, la unidad de medida mensual, considerando la forma de pago y lo indicado en los indicadores de cumplimiento de contrato a fin de evitar confusiones./

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
Considerando lo dispuesto en la Circular DNCP Nº 14/ 2021, solicitamos que las documentaciones remitidas sean refrendadas por las nuevas autoridades municipales , asimismo, solicitamos la remisión del acto administrativo de proclamación de dichas autoridades,( Acuerdo y Sentencia)./

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.