Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el Sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del Sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el Sistema Electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
6. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
7. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*) |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*) |
c) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
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d) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Completar el Formulario N° 5 |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar el Formulario N° 5 |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25% este porcentaje es referencial] del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el [40% este porcentaje es referencial] del requisito mínimo |
Completar el Formulario N° 5 |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia general del oferente, se considerarán los siguientes índices
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el [40% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 2 y 3.
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el [40% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 4 |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el [40% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 2 y 5 |
La misma obedece debido a que los años solicitados son suficientes para calificar la experiencia solicitada, ya que los ultimos tres años solicitados permiten obtener informacion actual para la calificacion del mismo.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
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Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos mínimos |
Requisitos de cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente individual |
Consorcios |
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Todas las partes combinadas |
Cada socio |
Socio líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: efe de obra (Arquitecto o Ingeniero Civil, residente de obra): 3 años como mínimo de experiencia. -Capataz de obra (maestro mayor de obra) con 3 años como mínimo. - -Oficial albañil: 3 años como mínimo Encofradores:3 años mínimo - -Carpintero: 3 años mínimo - Electricista: 3 años como mínimo - Pintores: 3 años como mínimo - Plomero: 3 años mínimo Como mínimo deberá contar con un Jefe o Superintendente de Obras con [tres años] de experiencia en obras de naturaleza y complejidad similares. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito |
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Completar el formulario N° 6 |
1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato. |
2. Referencias de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio. |
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Deben cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el [40% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar el Formulario N° 7 y 8 |
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Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
*Certificado de Visita al sitio de obra, debidamente firmada por el l funcionario responsable de guiar la visita, para preparar la oferta y celebrar el contrato. en caso de no efectuar la visita Presentar Declaración Jurada de que conoce el sitio de obras y que los servicios ofertados cumplen con lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.