Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 PRORROGA CONSTANTE QUISIERAMOS SABER EL MOTIVO POR EL CUAL CONSTANTEMENTE PASAN LA FECHA DE APERTURA?? ACASO CON ESTO NO SE ESTA BENEFICIANDO LA EMPRESA QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA REALIZANDO LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA EN LOS LUGARES QUE SOLICITAN POSPONIENDO ESTE LLAMADO MES A MES? cual es el motivo que lleva a la convocante a posponer constantemente durante tantos meses? 14-03-2023 19-03-2023
2 FUMIGACIÓN LA EMPRESA DE LIMPIEZA UTILIZARÁ PRODUCTOS NO CONTAMINANTES PARA LA FUMIGACIÓN, PARA EL EFECTO DEBERÁ ESTAR HABILITADA POR EL MADES Y DEBE POSEER EL CERTIFICADO DE IMPACTO AMBIENTAL VIGENTE Y CERTIFICADO DE DIGESA DONDE CONSTE COMO EMPRESA FUMIGADORA, ADEMÁS DEBERÁ DE ACOMPAÑAR EL PRODUCTO FICHA TÉCNICA Y AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR En este punto solicitan insecticida de baja toxicidad (Alfacipermetrina al 0,3%, D-aletrina al 0.3%, Piriproxifen al 0,063%, , para controlar todo tipo artrópodos y plagas). Sobre dicho requisito solicitamos se excluya esas documentaciones ya que el producto que contiene esos componentes es representada única y exclusivamente por MATHER COMPANY, lo cual indefectiblemente limita a VARIOS oferentes a la participación en este llamado y varios otros utilizando en el mismo mecanismo, este tipo de exigencias caen en maniobras conocidas que favorecen solo a ciertas empresas amigas que cuenta con dicho documento o con la cual han llegado a acuerdos, y que hasta se considera absurdo en vista que se accede a la provisión de los productos con total facilidad, resultando un REQUERIMIENTO INNECESARIO que no ayuda ni garantiza a una buena ejecución del servicio. Este requerimiento es contrario al Articulo 4 Principios Generales, sobre todo en los incisos b. Igualdad y Libre Competencia y c. Transparencia y Publicidad de la ley 2051/03. Ley 4956/13 de defensa de la competencia en que los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: "Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductos o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante". 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° "LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY" 14-03-2023 19-03-2023
3 CAPACIDAD TÉCNICA PRESENTAR DOCUMENTOS EN CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA QUE DEMUESTREN QUE LA FIRMA OFERENTE POSEE UN SISTEMA DE MEDICIÓN DE CALIDAD, EL CUAL SERÁ DADO POR CUMPLIDO CON LA PRESENTACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ISO 9001 Y/O SIMILAR Solicitamos se aclare sobre este punto si solamente se cumpliría con el certificado de ISO 9001 o también se podría dar por cumplido con un: 1. Manual de organización, funciones y procedimiento de ejecución de los servicios ofrecidos por la empresa, 2. Documentos que avalen los sistemas de selección, evaluación continua y capacitación de su personal (en carácter de DDJJ) En el caso que solo aplique a la certificación ISO 9001 solicitamos se excluya dicho requisito a modo de garantizar un mayor número de participación de potenciales oferentes, y no ir contrario al Artículo 4 Principios Generales, sobre todo en los incisos b. Igualdad y Libre Competencia y c. Transparencia y Publicidad de la ley 2051/03. Ley 4956/13 de defensa de la competencia. 14-03-2023 19-03-2023
4 CAPACIDAD TÉCNICA punto F. PARA LOS TRABAJOS DE FUMIGACIÓN, EL OFERENTE DEBERÁ CONTAR CON UN PERSONAL TÉCNICO DE SEGURIDAD OCUPACIONAL, CATEGORIA A,B o C, EMITIDO POR EL MTESS Y REGISTRADO COMO AGENTE SSO EN LA PATRONAL DE LA CONVOCANTE, CON UNA ANTIGÜEDAD EN NÓMINA DE IPS DE MÍNIMO 6 MESES En dicho punto se solicita la aclaración a que se refiere con estar registrado en la patronal de la Convocante, y solicitamos que sea excluido el requerimiento de estar registrado como agente SSO de la misma, dando por cumplido con la presentación del carnet correspondiente otorgado por el MTESS, siempre y cuando cuente con la antigüedad mínima de 6 meses en la nómina de IPS. 14-03-2023 19-03-2023
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