Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Ensayos Tipo Debido a que no hemos realizado este proyecto antes, no tenemos el mismo informe de prueba de tipo, pero podemos proporcionar informes de niveles de voltaje similares. Después de ganar la oferta, con fabrica seleccionaremos una relación de tipo de los transformadores actuales para la prueba de tipo de acuerdo con los requisitos específicos del proyecto solicitado por ANDE, y el transformador de voltaje también hará un informe de prueba de tipo suplementario llamado prueba FAT. esto es debido a que solo los ganadores antiguos de este proyecto tienen ventajas sobre las fabricas que aun no participaron y desean participar, se solicita favor se respete Ley N° 2051/2003 que establece que como consecuencia de una protesta se podrá resolver: a) la nulidad del acto o actos irregulares estableciendo, cuando proceda, las directrices necesarias para que el mismo se reponga conforme a la ley; o b) la nulidad total del procedimiento. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes (…)”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 01-08-2023 04-08-2023
12 EETT Estimada ANDE, Espero que se encuentren bien. Me dirijo a ustedes para solicitar de manera amable la ampliación de las Especificaciones Tecnicas (EETT) en relación con la convocatoria de la licitación 423853 - Lp1750-2023, referente a la "Adquisición de Equipos de Medición en Media Tensión tipo Exterior". La razón detrás de esta solicitud es que actualmente solo una fábrica está ganando todos los proyectos relacionados con esta convocatoria, lo que parece estar creando un monopolio en el proceso “Prueba de esto es el análisis de la Adenda 1” . Esta situación podría estar atentando contra las leyes vigentes, en particular la Ley N° 2051/2003. Conforme a la Ley N° 2051/2003, en caso de existir irregularidades en el proceso de licitación, se podrían aplicar medidas correctivas para garantizar la igualdad y libre competencia entre los oferentes. Entre las medidas establecidas por la ley se encuentra la posibilidad de resolver la nulidad del acto o actos irregulares, o incluso la nulidad total del procedimiento si fuera necesario. En este sentido, el artículo Art. 20 de la Ley 2051/03 destaca la importancia de establecer especificaciones técnicas, plazos, tolerancias y otras disposiciones similares en las bases o pliegos de requisitos de licitación con la mayor amplitud posible, de acuerdo con la naturaleza específica del contrato. Esto tiene como objetivo atraer el mayor número de oferentes posibles y fomentar así la competencia justa entre ellos. Es crucial que estas licitaciones se lleven a cabo en consonancia con los principios de igualdad y libre competencia que rigen las compras efectuadas por el Estado, tal como lo estipula el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. Asimismo, de acuerdo con el artículo 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, las Convocantes, en este caso, la ANDE, tienen la facultad de introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones siempre y cuando se ajusten a los parámetros establecidos en la Ley. Estas modificaciones deben ser debidamente registradas en una adenda numerada y fechada que forme parte del pliego de bases y condiciones. Por lo tanto, solicito amablemente que se evalúe la posibilidad de ampliar las EETT en el marco de la convocatoria de la licitación 423853 - Lp1750-2023, para fomentar la participación de nuevas fábricas interesadas en el proyecto. De esta manera, se garantizará una competencia justa y transparente, en línea con las disposiciones legales establecidas para este tipo de procesos, un Monopolio solo generaría costos elevados para la convocante y va en contra de las leyes. Agradezco sinceramente su atención a esta solicitud y confío en que se tomarán las medidas necesarias para asegurar la transparencia y el cumplimiento de la ley en el desarrollo de esta licitación. 01-08-2023 04-08-2023
13 EETT Diseños y realacion de transformacion admitibles Estimados representantes de la ANDE, Me dirijo a ustedes de manera respetuosa para abordar un tema relacionado con la relación de transformación y los esquemas de conexionado en el contexto de la licitación actual. En la planilla de datos requerida para la licitación, se especifica la necesidad de una relación de transformación de 4N, donde el plato de conexionado es de 4 pines y las relaciones de conexionado son desde el lado primario así como los valores nominales y requisitos técnicos para el proyecto "Convocatoria de la Licitación 423853 - Lp1750-2023. Adquisición de Equipos de Medición en Media Tensión tipo Exterior". Hemos realizado un análisis detallado y consideramos que nuestra fábrica cuenta con una propuesta de conexión secundaria que cumple con todos los valores nominales exigidos en la EETT. 1 Propuesta fabrica En nuestra propuesta, los terminales de conexionado P1 y P2 estarían conectados en paralelo, lo que permitiría alcanzar los valores nominales requeridos en el tablero de Baja tensión S1, S2 y S3. Con esta salida intermedia podemos garantizar que la relaciones de transformación sean mas seguras en tensiones distintas. Cabe destacar que hemos garantizado la igualdad o incluso una mayor efectividad en la relación de transformación, mientras aseguramos el cumplimiento de los estándares de seguridad y eficiencia pertinentes. Entendemos que el diseño de conexión secundario disponible en nuestras fabrica resulta actualmente un incumplimiento de las EETT ponemos a consideracion ya que esto implica ampliar la EETT. Por esta razón, antes de proceder con la presentación de nuestra porpuesta, consideramos esencial contar con la aprobación de la ANDE para garantizar que nuestra propuesta cumpla con todos los requisitos técnicos “en igualdad de condiciones” y de seguridad establecidos para este proyecto, tener la certeza que este punto no sea restrictivo ya que la relación de transformación propuesta cumple con el objetivo deseado y seria una alternativa validad de igual o mayor potencias En este sentido, solicitamos amablemente la revisión y consideración de nuestra propuesta de conexión secundaria. Estamos dispuestos a proporcionar toda la información adicional y los detalles técnicos que sean necesarios para respaldar nuestra propuesta. Nuestra principal motivación al presentar esta alternativa es promover la competencia justa y transparente, en línea con los principios de igualdad y libre competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado. Creemos que esta propuesta puede ser una opción viable y segura para lograr los objetivos del proyecto. 02-08-2023 04-08-2023
14 CLARIFICATION Ref.: Lp1750-2023.Adquisición de Equipos de Medición en Media Tensión tipo Exterior. Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes en vista de la licitación pública ID 423853, solicitar la postergación del plazo de apertura del evento al 11 de septiembre de 2023. La elección es necesaria, a fin de asegurar una mayor adhesión y amplia participación de los competidores, así como garantizar las mejores condiciones comerciales, por lo cual le solicitamos su comprensión y que posponga la fecha de apertura de la licitación por lo menos 30 días naturales, a fin de poder presentar la más conveniente oferta a Administración Nacional de Electricidad. En espera de su respuesta y esperando que sea satisfactoria. 03-08-2023 04-08-2023
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