Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 ITEM 4 – INSULINA LENTA ANÁLOGA 100 ui/ml Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la posibilidad de modificar el item 4 INSULINA LENTA ANALOGA DETEMIR 100 ui/ml. a INSULINA LENTA ANÁLOGA GLARGINA 100 ui/ml. La solicitud se realiza teniendo en cuenta que: La INSULINA LENTA ANÁLOGA DETEMIR según estudios clínicos tiene una duración de efecto mucho menor a la insulina glargina (de 12-18 horas para la insulina lenta DETEMIR), lo que implica la aplicación de 2 dosis diarias para mantener la acción del efecto deseado en comparación con la INSULINA LENTA ANÁLOGA GLARGINA que tiene una duración de efecto promedio de 24 horas, resultando una sola dosis suficiente para conseguir el efecto necesario. En base a esto, se puede corroborar que utilizando la INSULINA LENTA ANALOGA GLARGINA la duración del efecto es el doble en comparación a la DETEMIR, siendo ambos tipos de insulinas indicados para el mismo tipo de tratamiento, pacientes objetivo y misma clasificación. Por lo que la utilización de la insulina Glargina se traduce en mejor calidad de vida del paciente y en la disminución de los costos de tratamiento por parte de la institución convocante. 18-05-2023 29-05-2023
32 ITEM 4 – INSULINA LENTA ANÁLOGA 100 ui/ml Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la modificación del ítem mencionado, declarando en las especificaciones técnicas solamente la descripción INSULINA LENTA ANÁLOGA 100 ui/ml. Dando la posibilidad en este caso de cotizar indistintamente las insulinas lentas análogas DETEMIR y GLARGINA. La solicitud la realizamos teniendo en cuenta que al solicitar INSULINA LENTA ANALOGA DETEMIR de 100 ui/ml, la Convocante atenta contra los principios de igualdad y libre competencia consagrados en la LEY 2051/03 de Contrataciones públicas, ya que sólo existe un solo proveedor en el mercado nacional que puede proveer este tipo de insulina. Por lo que, además de representar mayores costos para la institución, complicaciones y restricciones innecesarias a los pacientes y médicos tratantes, se estará también restringiendo la competencia al cerrar las condiciones a que sólo un oferente del mercado pueda ofertar al MSPBS, sin que esto conlleve beneficios a la Convocante, pues ambos tipos se clasifican dentro de lo que corresponde a una insulina lenta. 18-05-2023 29-05-2023
33 ITEM 4 – INSULINA LENTA ANÁLOGA 100 ui/ml Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la posibilidad de eliminar de la columna de especificación técnica la denominación DETEMIR, dejando la especificación técnica sin esta aclaración considerando que la clasificación correcta es conforme a lo descripto en la columna del nombre genérico teniendo en cuenta la clasificación de insulina conforme a la farmacocinética (ultrarrápida, rápida, intermedia, lenta, mezcla ), tanto el tipo DETEMIR Y GLARGINA corresponden a insulinas lentas, por lo que solicitar solamente DETEMIR, limita innecesariamente la participación de potenciales oferentes considerando que solicitando el tipo DETEMIR solo se estaría beneficiando a un único oferente en el mercado, cuando ambos tipos cumplen la misma función, con el mismo comportamiento. 18-05-2023 29-05-2023
34 ITEM 11 JERINGA DESCARTABLE CON AGUJA PARA INSULINA Solicitamos a la convocante favor considerar la siguiente redacción: Donde solicita en el ítem N°11: "Aguja para insulina 30 a 32 G. x 4 mm como única medida, para lapicera de aplicación de insulina. SC. Libre de Látex, protegida con capuchón y precinta, con conexión a rosca universal, compatible con todas las lapiceras." Solicitamos a la convocante diga: "AGUJA PARA INSULINA DE 30 G. A 32 G. X 4 mm ( +- 4 mm), para lapicera de aplicación de insulina. SC. Libre de Látex, protegida con capuchón y precinta, con conexión a rosca universal, compatible con todas las lapiceras." Esta modificación permitiría al MSPBS ampliar la participación de potenciales oferentes y por ende mejores precios. 18-05-2023 29-05-2023
35 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ITEMS 9, 10 Y 11 Solicitamos a la convocante tenga a bien incluir el requisito de que los dispositivos médicos solicitados en los Items 9, 10 y 11 cuenten con los certificados CE, FDA y/o ISO 13485. De esta manera garantizará que los bienes a ser adquiridos cumplen con los altos estándares de calidad y seguridad necesarios para su uso. 18-05-2023 29-05-2023
36 CAPACIDAD TECNICA Solicitamos a la convocante que excluya el requisito incluido en la ultima version donde dice Los productos innovadores deberan presentar unicamente copia del CLV emitido por una autoridad regulatoria de referencia FDA o EMA (no requieren presentar documentos adicionales) ya que este requerimiento no aplica para el tipo de producto que se busca adquirir en el presente llamado. 18-05-2023 29-05-2023
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