Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
20-02-2023 - 12:46
Fecha de Fin
22-02-2023 - 15:33
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No establece criterio para el documento establecido
Descripción
Se solicita establecer el criterio de evaluación de la documentación solicitada.
Comentario
- visto la Nota N° 20/23 de la convocante, en su segundo párrafo, establece que la modalidad de Acuerdo Nacional tiene un tratamiento particular en lo que respecta al sistema de cotización, favor aclarar el marco legal que establece dicho tratamiento especial. - en el tercer párrafo de la nota ya mencionada anteriormente, indican que la convocante procederá a la distribución de los productos adjudicados, no obstante el procedimiento o calculo de distribución no se establece en el PBC, dicho criterio debiendo estar plasmado en el documento de la convocatoria, teniendo en cuenta los principios del Art. 4 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Publicas en sus incisos "b y c" y lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso "b" del Art. 85 de la Resolución DNCP N° 1399/20. - en el sexto párrafo de la nota, indican que se establece un criterio de adjudicación, dicha aseveración es afirmativa, no obstante, en dicho criterio no se determina el método de la distribución del producto con los adjudicados. - se recuerdo lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 2992/19, que se a continuación se detalla "La finalidad de la presente modalidad es que los Organismos, Entidades y Municipalidades cuenten con varios proveedores para la misma prestación, debido a que la demanda requiere ser atendida por un número importante de proveedores."

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.