Solicitamos muy respetuosamente si el criterio de la antigüedad de los profesionales no sea un requisito, ya que existen en el mercado profesionales independientes y la antigüedad dentro de la empresa del oferente no influye en el desempeño del servicio ofrecido.
Solicitamos muy respetuosamente si el criterio de la antigüedad de los profesionales no sea un requisito, ya que existen en el mercado profesionales independientes y la antigüedad dentro de la empresa del oferente no influye en el desempeño del servicio ofrecido.
Favor remitirse a la Adenda a ser próximamente publicada.
2
Antigüedad de Profesionales
Solicitamos que la Antigüedad de Profesionales sea excluido ya que limita la participación de oferentes. Teniendo en cuenta que un oferente el cual haya tenido una rotación en los últimos 12 meses ya no califica. Creemos prudente eliminar dicho punto por lo cual proponemos el siguiente criterio:
"... inscripto en el Instituto de Previsión Social con antigüedad mínima de doce meses o Contrato de Trabajo entre ambas partes..."
Solicitamos que la Antigüedad de Profesionales sea excluido ya que limita la participación de oferentes. Teniendo en cuenta que un oferente el cual haya tenido una rotación en los últimos 12 meses ya no califica. Creemos prudente eliminar dicho punto por lo cual proponemos el siguiente criterio:
"... inscripto en el Instituto de Previsión Social con antigüedad mínima de doce meses o Contrato de Trabajo entre ambas partes..."
Propuesta incorporada. Favor remitirse a la Adenda a ser próximamente publicada.
3
CONSULTA - ESPECIFICACIONES TECNICAS
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL SIGUIENTE PUNTO.
EN REFERENCIA A LA CANTIDAD DE PERSONAL.
CONFIRMAR SI EN EL PALACIO DE PARAGUARI PRESTARAN SERVICIO 8 PERSONALES INCLUIDO A LA SUPERVISORA.
SI EN QUIINDY PRESTARA SERVICIO 1 PERSONAL Y EN CARAPEGUA 1 PERSONAL.
TAMBIEN SI EL PALACIO JUDICIAL DE CARAPEGUA SE ENCUENTRA EN EL MISMO PREDIO DEL PALACIO DE PARAGUARI, QUE EN EL PLIEGO SOLO MENCIONA QUE EL PALACIO DE QUIINDY SE ENCUENTRA EN EL MISMO PREDIO QUE EL DE PARAGUARI
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL SIGUIENTE PUNTO.
EN REFERENCIA A LA CANTIDAD DE PERSONAL.
CONFIRMAR SI EN EL PALACIO DE PARAGUARI PRESTARAN SERVICIO 8 PERSONALES INCLUIDO A LA SUPERVISORA.
SI EN QUIINDY PRESTARA SERVICIO 1 PERSONAL Y EN CARAPEGUA 1 PERSONAL.
TAMBIEN SI EL PALACIO JUDICIAL DE CARAPEGUA SE ENCUENTRA EN EL MISMO PREDIO DEL PALACIO DE PARAGUARI, QUE EN EL PLIEGO SOLO MENCIONA QUE EL PALACIO DE QUIINDY SE ENCUENTRA EN EL MISMO PREDIO QUE EL DE PARAGUARI
Tal como lo explicita el PBC, en la sección "Suministros requeridos - especificaciones técnicas", específicamente en el apartado: "Resumen de las especificaciones técnicas"; en el Palacio Judicial de Paraguarí el servicio será prestado por 8 personas, personal mixto, incluida la supervisora.
Asimismo se aclara que en la localidad de Quiindy, son dos los predios a ser cubiertos por el servicio, refiriéndose que uno de los predios alberga a dos juzgados; y el servicio será prestado por 1 persona. En tal sentido, el empleado adcripto a esta localidad, deberá cubrir uno de los predios los días lunes, miércoles y viernes; en tanto que el otro predio, los días martes y jueves, tal como lo detalla el PBC.
Finalmente, se aclara que en la localidad de Carapeguá se halla un solo predio a ser cubierto por el servicio; y al igual que en lo que respecta a la localidad de Quiindy, el servicio será prestado por 1 persona.
La dotación total de personal requerida es de 10 empleados.
4
EETT
Atendiendo a los lineamientos ambientales de la DNCP la cual indica que se deberá utilizar en la medida de lo posible, insumos cuyo embalaje pueda ser reutilizado o reciclado. Solicitamos a la Convocante incluir insumos y productos biodegradables a fin de dar cumplimiento a las disposiciones vigentes para el desarrollo sostenible.
Atendiendo a los lineamientos ambientales de la DNCP la cual indica que se deberá utilizar en la medida de lo posible, insumos cuyo embalaje pueda ser reutilizado o reciclado. Solicitamos a la Convocante incluir insumos y productos biodegradables a fin de dar cumplimiento a las disposiciones vigentes para el desarrollo sostenible.
Introducir en este momento el requerimiento de insumos y productos biodegradables supondrá indefectiblemente la definición de un riguroso esquema de acreditación de tales atributos, circunstancia que provocará el pernicioso diferimiento de la contratación del servicio que se requiere con urgencia; por tanto la Convocante se mantiene en las Bases originales, en lo que respecta al punto en cuestión.
5
CAPACIDAD TÉCNICA
EL OFERENTE DEBERÁ CONTAR EN SU PLANTEL DE PERSONAL, CON UN/A LIC. EN ADMINISTRACIÓN, ADEMÁS DEBERÁ CONTAR CON UN INGENIERO/A CON CAPACITACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON HABILITACIÓN DEL MTESS CATEGORIA B COMO MÍNIMO, AMBOS PERSONALES CON EXPERIENCIA COMPROBABLE DE 3 AÑOS EN LABORES SIMILARES E INSCRIPTOS EN IPS CON ANTIGÜEDAD MINIMA DE 12 MESES
Solicitamos que sea considerado un Contrato Privado entre el profesional y el oferente, dicho requerimiento de antigüedad e inscripción en el IPS no garantiza el buen desempeño del profesional.
Además, que sea considerado en todo caso un Técnico en Seguridad Ocupacional como mínimo Categoría B y no así un Ingeniero/a, pues el mismo también cumple con la capacitación en PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES para acceder al carnet de Seguridad Ocupacional.
O en su defecto creemos pertinente la exclusión de dichos requerimientos expuestos por la Convocante en el PBC, ya que solo limitarían y condicionarían la participación de potenciales oferentes, además de favorecer a una sola empresa, imposibilitando a la Institución a mejores opciones en cuanto al servicio solicitado.
EL OFERENTE DEBERÁ CONTAR EN SU PLANTEL DE PERSONAL, CON UN/A LIC. EN ADMINISTRACIÓN, ADEMÁS DEBERÁ CONTAR CON UN INGENIERO/A CON CAPACITACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON HABILITACIÓN DEL MTESS CATEGORIA B COMO MÍNIMO, AMBOS PERSONALES CON EXPERIENCIA COMPROBABLE DE 3 AÑOS EN LABORES SIMILARES E INSCRIPTOS EN IPS CON ANTIGÜEDAD MINIMA DE 12 MESES
Solicitamos que sea considerado un Contrato Privado entre el profesional y el oferente, dicho requerimiento de antigüedad e inscripción en el IPS no garantiza el buen desempeño del profesional.
Además, que sea considerado en todo caso un Técnico en Seguridad Ocupacional como mínimo Categoría B y no así un Ingeniero/a, pues el mismo también cumple con la capacitación en PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES para acceder al carnet de Seguridad Ocupacional.
O en su defecto creemos pertinente la exclusión de dichos requerimientos expuestos por la Convocante en el PBC, ya que solo limitarían y condicionarían la participación de potenciales oferentes, además de favorecer a una sola empresa, imposibilitando a la Institución a mejores opciones en cuanto al servicio solicitado.
En lo que respecta a la solicitud de aceptación de un Contrato, se aclara que el punto ya fue objeto de consulta; y en tal sentido esta Convocante a accedido a aceptar la vinculación de los profesionales requeridos a través de un Contrato, emitiendo al efecto la Adenda Nº 01, cuya publicación se aguarda.
Respecto de vuestra solicitud de prescindir del requerimiento del profesional Ingeniero que se desempeñará como Técnico de Salud y Seguridad Ocupacional, la misma será analizada por esta Convocante; y en caso de hacer lugar a ella, será emitida la Adenda pertinente.