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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
02-12-2022 - 11:45
Fecha de Fin
06-12-2022 - 07:47
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre números y letras
Descripción
Se observa que existe discrepancia entre lo expuesto en números y en letras
Comentario
Periodo de validez de la oferta: Se observa que existe discrepancia entre lo expuesto en números y en letras.

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y el apartado de PAGO DE CUOTAS MENSUALES: Observamos (1 Certificado final). Se solicita a la convocante replantear la frecuencia y fecha de presentación prevista, considerando que el plazo de ejecución indicado es de 90 días. //Artículo 42.- El pliego de bases y condiciones determinará con precisión el método con el que debe ser medida y certificada la obra. También estarán contemplados los plazos en los cuales deberán ser efectuadas las mediciones, los que no serán superiores a treinta días entre una y otra; estas mediciones y certificaciones periódicas serán consideradas provisorias hasta la medición final y definitiva, a la conclusión de la obra.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
El llamado es ad referendum 2023, sin embargo el PAC se ha cargado en el ejercicio fiscal 2022.// En el apartado de Recepcion Definitiva de obras se visualiza lo siguiente: la recepción provisoria Tendrá lugar a los 65 días corridos desde la entrega del acta de inicio de obra, al respecto consultamos como seria posible la recepcion provisoria antes de que culmine el plazo de ejecucion de la obra que son de 90 dias ?.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Lista de precios difiere con las EETT
Descripción
En la Lista de Precios del SICP, solicitamos indicar las Descripciones de los bienes/ servicios requeridos conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, a fin de unificar las informaciones.
Comentario
Lista de precios del SICP difiere con las EETT: que las Especificaciones Técnicas deben estar redactadas en concordancia” numérica y descriptiva” con los ítems de la planilla de cómputo métrico y precio que figura en el “Formulario de Oferta”, con el objeto de que cada rubro contenga la explicación del alcance de dicho trabajo a través de las especificaciones. La claridad y exactitud de las especificaciones técnicas facilita el trabajo de verificación previa a la publicación del llamado por parte de la DNCP, además de lograrse mayor facilidad y exactitud en las fiscalizaciones y verificaciones posteriores de los trabajos ejecutados.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Llamados fraccionados
Descripción
Verificado el llamado de referencia, y el proceso ya realizado, el cual tiene el mismo objeto de contratación, se observa que se estaría realizando un fraccionamiento de los llamados realizados, en contra de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones Públicas. Se solicita a la Convocante que subsane la mencionada situación o en su caso, que justifique técnicamente la necesidad de dividir tales llamados.
Comentario
Verificado el llamado de referencia, y el proceso ya realizado, el cual tiene el mismo objeto de contratación, se observa que se estaría realizando un fraccionamiento de los llamados realizados (id 422180 y 422183), en contra de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones Públicas. Se solicita a la Convocante que subsane la mencionada situación o en su caso, que justifique técnicamente la necesidad de dividir tales llamados.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
Solicitamos a la convocante rectificar el dictamen referente a la estimación de costo, considerando que los datos consignados en el mismo difieren con los datos establecidos en los documentos respaldatorios (ver la descripcion de cada servicio requerido y los precios unitarios, ademas en lugar de indicar empresa 1, empresa 2 favor consignar los nombres de las empresas ) . Por lo expuesto, solicitamos verificar detalladamente las informaciones consignadas en el dictamen y la planilla que forma parte del mismo, y conforme a dichas informaciones adjuntar los documentos de respaldo, identificando además los ítems o sub items utilizados de dichos documentos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
Considerando lo dispuesto en la Circular DNCP Nº 14/ 2021, solicitamos la remisión del acto administrativo de proclamación de la autoridad competente actual.

Tema
PROPIOS DE MUNICIPIO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Autorización de la Junta Municipal
Descripción
Se recuerda la obligación de la Intendencia de contar con la autorización de la Junta Municipal respecto a la validez de la contratación sujeta a contar con saldo presupuestario en los siguientes ejercicios fiscales, conforme al Art. 14 Ley 2051/03 y Art. 36 Carta Orgánica Municipal. Se solicita remitir la documentacion correspondiente.
Comentario
Considerando que la constancia ad referendum no posee la firma de la Junta Municipal, Se recuerda la obligación de la Intendencia de contar con la autorización de la Junta Municipal respecto a la validez de la contratación sujeta a contar con saldo presupuestario en los siguientes ejercicios fiscales, conforme al Art. 14 Ley 2051/03 y Art. 36 Carta Orgánica Municipal. Se solicita remitir la documentacion correspondiente.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.