Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 “Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad tecnica” 14. Pág. 26 del PBC “Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad tecnica”, inc. O, se requiere constancia emitida por el cliente final del proveedor en el cual conste que el supervisor del personal propuesto cuenta con experiencia de por lo menos 1 año en dicha función, ante lo cual solicitamos a la convocante la modificación del requisito, requiriendo en todo caso declaracion jurada, copia del contrato del supervisor y declaracion de ingreso a IPS que entendemos es suficiente aval de experiencia, debido a que el cliente de la empresa de seguridad no puede dar certeza de temas internos de una empresa ajena a la suya. 27-01-2023 01-02-2023
12 REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 1. CONSULTA: En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN: se incorporó con la adenda N°3 el punto m) de REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA: Nota en carácter de declaración jurada por la cual el Oferente detalle los datos (nombre completo y número de cédula) de como mínimo 16 (dieciséis) personales con capacitación en el manejo de scanner de rayos x, en el uso de arcos detectores de metales y de espejos de búsqueda de explosivos bajo vehículos, con experiencia mínima de 3 (tres) meses de prestación de servicios en empresas públicas o privadas. El BCP se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y requerir la documentación comprobatoria (Certificado de capacitación y Constancias satisfactorias de prestación del servicio). Al respecto, dicha sección se refiere a la forma de acreditación y no al requisito en sí, es decir, se establece la presentación de un documento o medio formal para acreditar un requisito que no se encuentra listado en la sección Capacidad Técnica, pues ahí sólo se indica que los requisitos para evaluar la capacidad técnica son: 1. Estar habilitado para prestar los servicios; 2. Estar autorizado para la posesión de armas de fuego con sus municiones en el inmueble; 3. Contar con armas de fuego, medios de transporte y equipos de comunicación, 4. Estar autorizado para el desplazamiento y disponibilidad para uso inmediato de armas de fuego. Por lo tanto, considerando que se solicita un documento que no hace referencia a un requisito de capacidad técnica, se solicita que se elimine el punto m) de REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA. 27-01-2023 01-02-2023
13 REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 2. CONSULTA: En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN: se incorporó con la adenda N°3 el punto m) de REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA: Nota en carácter de declaración jurada por la cual el Oferente detalle los datos (nombre completo y número de cédula) de como mínimo 16 (dieciséis) personales con capacitación en el manejo de scanner de rayos x, en el uso de arcos detectores de metales y de espejos de búsqueda de explosivos bajo vehículos, con experiencia mínima de 3 (tres) meses de prestación de servicios en empresas públicas o privadas. El BCP se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y requerir la documentación comprobatoria (Certificado de capacitación y Constancias satisfactorias de prestación del servicio). Ante lo cual, en orden a una competencia justa y a que mayor cantidad de oferentes puedan participar, solicitamos a la Convocante la modificación del requisito y que se requiera declaración jurada de que el oferente cumplirá con dicho requisito una vez adjudicado. Además, según los términos del propio PBC, no constituye un requisito que demuestre la capacidad técnica que se busca y que está taxativamente establecido en la sección “Capacidad técnica”: 1. Estar habilitado para prestar los servicios; 2. Estar autorizado para la posesión de armas de fuego con sus municiones en el inmueble; 3. Contar con armas de fuego, medios de transporte y equipos de comunicación, 4. Estar autorizado para el desplazamiento y disponibilidad para uso inmediato de armas de fuego. 27-01-2023 01-02-2023
14 REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 3. CONSULTA: En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN: se incorporó con la adenda N°3 el punto n) de REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA: Nota en carácter de declaración jurada por la cual el Oferente detalle los datos (nombre completo y número de cédula) de como mínimo 6 (seis) personales con capacitación en el manejo y monitoreo en Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), compuesto mínimamente por 450 (cuatrocientos cincuenta) cámaras, con experiencia mínima de 4 (cuatro) meses de prestación de servicios en empresas públicas o privadas. El BCP se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y requerir la documentación comprobatoria (Certificado de capacitación y Constancias satisfactorias de prestación del servicio). Al respecto, dicha sección se refiere a la forma de acreditación y no al requisito en sí, es decir, se establece la presentación de un documento o medio formal para acreditar un requisito que no se encuentra listado en la sección Capacidad Técnica, pues ahí sólo se indica que los requisitos para evaluar la capacidad técnica son: 1. Estar habilitado para prestar los servicios; 2. Estar autorizado para la posesión de armas de fuego con sus municiones en el inmueble; 3. Contar con armas de fuego, medios de transporte y equipos de comunicación, 4. Estar autorizado para el desplazamiento y disponibilidad para uso inmediato de armas de fuego. Por lo tanto, considerando que se solicita un documento que no hace referencia a un requisito de capacidad técnica, se solicita que se elimine el punto n) de REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA. 27-01-2023 01-02-2023
15 REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 4. CONSULTA: En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN: se incorporó con la adenda N°3 el punto n) de REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA: Nota en carácter de declaración jurada por la cual el Oferente detalle los datos (nombre completo y número de cédula) de como mínimo 6 (seis) personales con capacitación en el manejo y monitoreo en Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), compuesto mínimamente por 450 (cuatrocientos cincuenta) cámaras, con experiencia mínima de 4 (cuatro) meses de prestación de servicios en empresas públicas o privadas. El BCP se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y requerir la documentación comprobatoria (Certificado de capacitación y Constancias satisfactorias de prestación del servicio). Solicitamos a la convocante la modificación de dicho requisito en lo que refiere a la cantidad mínima de cámaras, puesto que la cantidad no determina ni demuestra la capacidad o nivel de capacitacion de los operadores; y en tal sentido, solicitamos a la Convocante que se requiera declaración jurada de que el oferente posee la capacidad técnica para el manejo y monitoreo de Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) para la prestación satisfactoria del servicio licitado. Además, según los términos del propio PBC, no constituye un requisito que demuestre la capacidad técnica que se busca y que está taxativamente establecido en la sección “Capacidad técnica”: 1. Estar habilitado para prestar los servicios; 2. Estar autorizado para la posesión de armas de fuego con sus municiones en el inmueble; 3. Contar con armas de fuego, medios de transporte y equipos de comunicación, 4. Estar autorizado para el desplazamiento y disponibilidad para uso inmediato de armas de fuego. 27-01-2023 01-02-2023
16 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR 5. En las CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR, se introdujo por Adenda 3 en cuanto a estructura operativa que “ el proveedor contará con un poligono de tiro, destinado a la practica y adiestramiento en tiro del personal propio, haciendose cargo de las municiones utilizadas en el entrenamiento de su personal” Al respecto, se solicita aclarar o, en su caso, flexibilizar el requisito de “polígono de tiro propio”, permitiendo que el proveedor acceda a todas las demás opciones que el mercado ofrece para la práctica y capacitación de tiro (alquiler, usufructo, etc.); todo ello, considerando que la ley no estipula esto como requisito a ninguna empresa de seguridad del país y el hecho de no poseer un polígono de tiro propio no constituye un obstáculo para mantener a los personales capacitados debido a que dicho servicio (de capacitación del personal ) puede ser tercerizado. 27-01-2023 01-02-2023
17 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR 6. En las CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR, se introdujo por Adenda 3 en cuanto a estructura operativa que el Proveedor “contará con manuales de procedimientos y protocolos técnicos tácticos especificos, que destinará a la prestacion de este servicio, clasificado por tipo de evento (defensa en caso de ataque, incendio, bombas, etc). A lo cual, consultamos, ¿los procedimientos especificos se refiere al tipo de evento (bombas, incendios etc) con los cuales se cuenta y pueden ser utilizados en cualquier sucursal o instalación de los clientes de la empresa o son específicos y se refiere al BCP? En el segundo caso, se requeriría un análisis especifico para desarrollar dichos manuales de procedimiento que solo podrán ser efectuados una vez adjudicados, pues sólo quien prestó el servicio al BCP podría cumplir el requerimiento y por lo tanto, de ser éste el caso, se solicita que se especifique en qué plazo razonable deberá contar con dichos manuales el proveedor adjudicado. 27-01-2023 01-02-2023
18 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR 7. En las CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR, se introdujo por Adenda 3 en cuanto a estructura operativa que el Proveedor: A efectos de una pronta respuesta a posibles eventos, la base de operaciones del proveedor deberá estar ubicada en un radio no mayor a 7 (siete) km, del complejo BCP (Federación Rusa y Augusto Roa Bastos), al efecto deberá presentar copia de la patente comercial correspondiente al primer semestre del año 2022 y título de propiedad a nombre del Proveedor. Consultamos: Se solicita la modificación del requisito, permitiendo que el oferente y eventual proveedor cuente con una base debidamente habilitada sea en propiedad, locación o cualquier título o contrato típico y legal que demuestre que cuenta con la base. Debe considerarse que la propiedad del inmueble donde se asienta la base no incide en el cumplimiento y prestación de un buen servicio. 27-01-2023 01-02-2023
19 REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 8. CONSULTA: En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN: se incorporó como REQUISITO DOCUMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA el inc. g) Fotocopia simple de la patente comercial del primer semestre del año 2022 y del título de propiedad de inmueble, que acredite que la firma cuenta con una oficina operativa de reacción a una distancia no mayor de 7 Km. del Banco Central del Paraguay (Av. Federación Rusa y Av. Augusto Roa Bastos). Al respecto, se solicita la modificación del requisito, permitiendo que el oferente y eventual proveedor cuente con una base debidamente habilitada sea en propiedad, locación o cualquier título o contrato típico y legal que demuestre que cuenta con la base. Debe considerarse que la propiedad del inmueble donde se asienta la base no incide en el cumplimiento y prestación de un buen servicio. 27-01-2023 01-02-2023
20 Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia”, Pág. 24 del PBC “Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia”, se requiere presentar facturas de prestación de servicios de vigilancia o custodia en etidades bancarias y/o financieras dentro del periodo 2019 al 2021 cuyos montos sumados representen un % x de facturacion, a lo cual consultamos, el % de facturacion no demuestra la capacidad tecnica, ni denota la experiencia para poder cumplir con un buen servicio. Sin embargo, contratos, cartas referencias de clientes podran atender a este requerimiento motivo por el cual solicitamos que se modifique el requerimiento y se demuestre la experiencia con contratos y cartas referencias sin que el importe de las facturas sea una condicionante. 27-01-2023 01-02-2023
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