Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
41 /* Especificaciones técnicas En el PBC en el apartado de las especificaciones técnicas del Ítem 2 Licencia tipo WINDOWS PRO PBC, sección se solicita: Versión: Tipo Microsoft Win Pro 10 o superior, Perpetuo OLP para Gobierno. y Licencias: Licenciamiento Perpetuo de tipo Gobierno a nombre del Ministerio de Hacienda, no se aceptarán licencias de tipo OEM. Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptadas licencias CSP Perpetuas sin la denominación gobierno, ya que las licencias versión gobierno ya no se comercializan por lo que lo solicitado en las especificaciones sería de cumplimiento imposible. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
42 /* Especificaciones técnicas En el PBC en el apartado de las especificaciones técnicas del Ítem 3 Licencia tipo MICROSOFT OFFICE STANDARD 2019, sección se solicita: Versión: Tipo Microsoft OfficeStd 2019 o superior, Perpetuo Gobierno y Licencias: Licenciamiento Perpetuo de tipo Gobierno a nombre del Ministerio de Hacienda, no se aceptarán licencias de tipo OEM. Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptadas licencias CSP Perpetuas sin la denominación gobierno, ya que las licencias versión gobierno ya no se comercializan por lo que lo solicitado en las especificaciones sería de cumplimiento imposible. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
43 /* Especificaciones técnicas En el PBC en el apartado de las especificaciones técnicas del Ítem 3 Licencia tipo MICROSOFT OFFICE STANDARD 2019, sección se solicita: Versión: Tipo Microsoft OfficeStd 2019 o superior, Perpetuo Gobierno y Licencias: Licenciamiento Perpetuo de tipo Gobierno a nombre del Ministerio de Hacienda, no se aceptarán licencias de tipo OEM. Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptadas licencias CSP Perpetuas sin la denominación gobierno, ya que las licencias versión gobierno ya no se comercializan por lo que lo solicitado en las especificaciones sería de cumplimiento imposible. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. En el PBC en el apartado de las especificaciones técnicas del Ítem 3 Licencia tipo MICROSOFT OFFICE STANDARD 2019, sección se solicita: Versión: Tipo Microsoft OfficeStd 2019 o superior, Perpetuo Gobierno y Licencias: Licenciamiento Perpetuo de tipo Gobierno a nombre del Ministerio de Hacienda, no se aceptarán licencias de tipo OEM. Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptadas licencias CSP Perpetuas sin la denominación gobierno, ya que las licencias versión gobierno ya no se comercializan por lo que lo solicitado en las especificaciones sería de cumplimiento imposible. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
44 /* Especificaciones técnicas En el PBC en el apartado de las especificaciones técnicas del Ítem 9, Licencia de Antivirus tipo KASPERSKY se solicita: LICENCIA PERPETUA DE ANTIVIRUS CORPORATIVO DE GOBIERNO (última versión) con acceso a las versiones más recientes por 3 (tres) años, a nombre del Ministerio de Hacienda. El oferente debe garantizar la disponibilidad de la licencia perpetua de gobierno + suscripción a actualizaciones y soporte de 36 meses. Al respecto, se solicita a la convocante que el requerimiento versión - Perpetua de Gobierno sea eliminado, esto debido a que los antivirus Kaspersky no otorgan licenciamientos perpetuos ni tampoco dividen sus versiones en segmentos como Gobierno por lo que lo solicitado en las especificaciones sería de cumplimiento imposible. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
45 /* Item 6: Notebook Tipo 2 - Intermedia En el dictamen MITIC 516 para el Ítem 6: Notebook Tipo 2 - Intermedia (Dictamen MITIC 516) se solicita: Cantidad requerida: 70 Sin embargo en la página del llamado, en la sección de Ítems solicitados, sección Cantidad solicita lo siguiente: Cantidad: 60 Al respecto, se solicita a la convocante aclarar cuál la cantidad de equipos a tener en cuenta para la cotización de los mismos ya que claramente se encuentra una discrepancia entre lo solicitado en el dictamen MITIC del ítem y lo solicitado en la Ítems requeridos del SICP, esto a fin de no generar confusiones dentro del proceso de evaluación de ofertas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
46 /* Plazo de entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, se solicita: Los bienes deberán ser entregados en su totalidad en un plazo no superior a 30 días calendario contados desde la emisión de la orden de compra. Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 120 (ciento veinte) días hábiles desde la emisión de la orden de compra respectiva. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
47 /* GARANTIAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Periodo de validez de la garantía de los bienes, se solicita: Para los ítems 1, 6, 7, 9, 19, 20, 21, 22, 23: Garantía escrita de 36 meses. Para el ítem 22: Garantía escrita de 24 meses.. Al respecto, se solicita a la Convocante aclarar cuál es la garantía para el ítem 22, debido a que dentro de lo solicitado se menciona 36 y 24 meses respectivamente, lo solicitado es cursado a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, y al mismo tiempo evitar ambigüedades dentro del proceso de evaluación de las ofertas que distorsionen las condiciones de competitividad entre los oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
48 /* VIDA UTIL En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Tiempo de funcionamiento de los bienes, se solicita: Para el ítem 1: Vida Útil de 5 años como mínimo, demostrable con documentación técnica del fabricante.. Al respecto, se solicita a la Convocante considerar de manera opcional este requerimiento o eliminar, ya que no todos los fabricantes cuentan con esta documentación. Con esta consideración, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes dentro del presente llamado. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 17-07-2023 18-07-2023
49 item 1 - Tecnico ITIL Se solicita a la convicante aclarar cua es la necesidad para este requerimiento en este item, y sobre todo que deba pertenecer al staff permanente de la empresa 17-07-2023 18-07-2023
50 /* Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, apartado Capacidad Técnica, se solicita: Demostrar la experiencia en la provisión de equipos informáticos y/o equipos de fotografía y filmación, de acuerdo al ítem ofertado. con contratos y/o facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: Indicar últimos 3 años. [Ej.: últimos años 2020 y/o 2021 y/o 2022].. Al respecto, se solicita a la convocante aclarar si para los oferentes que participan en los Ítems de Licencias será tomado en cuenta como experiencia es facturaciones de provisión de equipos informáticos ya que toda licencia está vinculada siempre a equipos informáticos, la presente consulta es para evitar discrepancias con la convocante Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 17-07-2023 18-07-2023
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