Consulta:
El PBC solicita lo siguiente; El taller debe estar a una distancia no mayor a 10 km de la sede central de del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.
Consulta: ¿Podría la Entidad Convocante del llamado considerar aumentar dicha exigencia considerando que con ello se limita muy considerablemente la participación de potenciales oferentes, extendiendo consecuentemente a talleres hasta una distancia de 15 km, cuyos locales se encuentren ubicados dentro de Gran Asunción? La presente solicitud responde a la necesidad de permitir la mayor participación de oferentes al llamado de referencia, obteniendo así mayor gama de opciones a contratar por parte de la Entidad Convocante, aumentando así también la competencia, lo cual siempre repercute a favor del Ente que convoca al llamado a licitación pues los precios se tornan mucho más competitivos, todo ello en concordancia plena y directa a lo dispuesto por el inciso “a” del Artículo 4º de la Ley Nº 2.051/03 de Contrataciones Públicas, el cual dispone, en su parte pertinente, cuanto sigue: “…Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad…”