En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. RRespecto al requerimiento sobre el sistema debe permitir la configuración simétrica o asimétrica de la interfaz de aire hasta 80/20 en cualquier dirección Downlink/Uplink con resolución de 1%, solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, este requerimiento se podria considerar 75/25 que es una configuracion asimetrica estandar en diferentes fabricantes y cumpliria con los requerimientos de capacidad. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. RRespecto al requerimiento sobre el sistema debe permitir la configuración simétrica o asimétrica de la interfaz de aire hasta 80/20 en cualquier dirección Downlink/Uplink con resolución de 1%, solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, este requerimiento se podria considerar 75/25 que es una configuracion asimetrica estandar en diferentes fabricantes y cumpliria con los requerimientos de capacidad. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2 Esepecificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Donde se indica Las dimensiones de los tubos deben de estar de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla, su espesor debe ser uniforme en toda su longitud. Se solicita: la tabla donde indica su espesor uniforme en toda su longitud.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2 Esepecificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Donde se indica Las dimensiones de los tubos deben de estar de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla, su espesor debe ser uniforme en toda su longitud. Se solicita: la tabla donde indica su espesor uniforme en toda su longitud.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Modulación adaptiva; Debe soportar esquemas de modulación mínimo BPSK /QPSK, 16 QAM, 64 QAM, 256 QAM, solicitamos a la convocante que se modifique este requerimiento ya que se estaria limitando la modulacion actual que soportan las radio bases que llegan hasta 1024QAM limitando la capacidad y servicios a los servicios futuros que deberia soportar la red implementada. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Modulación adaptiva; Debe soportar esquemas de modulación mínimo BPSK /QPSK, 16 QAM, 64 QAM, 256 QAM, solicitamos a la convocante que se modifique este requerimiento ya que se estaria limitando la modulacion actual que soportan las radio bases que llegan hasta 1024QAM limitando la capacidad y servicios a los servicios futuros que deberia soportar la red implementada. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Soporte 802.1q y QinQ por cada unidad de suscriptor , solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, ya que aplicando prioridad de trafico con 802.1Q con 802.1 es aplicable en proyectos de banda ancha inalambrica. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Soporte 802.1q y QinQ por cada unidad de suscriptor , solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, ya que aplicando prioridad de trafico con 802.1Q con 802.1 es aplicable en proyectos de banda ancha inalambrica. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Soporta calidad de servicio (QoS) con IEEE 802.1p, IP TOS/DiffServ minimo 4 colas de priorizacion, solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, ya que se podria aplicar clasificacion por DSCP y no es necesario soportar IP TOS/DiffServ minimo 4 colas de priorizacion. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Respecto al requerimiento de Soporta calidad de servicio (QoS) con IEEE 802.1p, IP TOS/DiffServ minimo 4 colas de priorizacion, solicitamos a la convocante que se elimine o en su defecto sea considerado como opcional, ya que se podria aplicar clasificacion por DSCP y no es necesario soportar IP TOS/DiffServ minimo 4 colas de priorizacion. En ese sentido, solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este punto, a fin de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2 Especificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Diámetro exterior del cable (mm): 15 mm ± 1 Se solicita: Lo indicado seria de 2 capas?
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2 Especificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Diámetro exterior del cable (mm): 15 mm ± 1 Se solicita: Lo indicado seria de 2 capas?
No hay descripción técnica de estos dos herrajes en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
El sistema de adjudicación indicado en la correspondiente convocatoria es POR LOTE; consecuentemente, entendemos que estos materiales se podrían adquirir separadamente de los Servicios a cargo de la contratista que vaya a tomar la realización de la implementación local.
A partir de lo anterior, para poder cotizar nuestras mejores alternativas técnico/económicas, necesitamos contar con el detalle de los requisitos/especificaciones técnicas, fichas tecnicas u otros documentos para estos materiales requeridos. Favor, aclarar esta información en la brevedad posible.
No hay descripción técnica de estos dos herrajes en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
El sistema de adjudicación indicado en la correspondiente convocatoria es POR LOTE; consecuentemente, entendemos que estos materiales se podrían adquirir separadamente de los Servicios a cargo de la contratista que vaya a tomar la realización de la implementación local.
A partir de lo anterior, para poder cotizar nuestras mejores alternativas técnico/económicas, necesitamos contar con el detalle de los requisitos/especificaciones técnicas, fichas tecnicas u otros documentos para estos materiales requeridos. Favor, aclarar esta información en la brevedad posible.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) solo menciona los requisitos para el cable de FO de 48 fibras.
Para poder cotizar nuestras mejores alternativas técnico/económicas, necesitamos también contar con el detalle de los requisitos/especificaciones técnicas, fichas técnicas u otros documentos correspondientes a los cables de FO de 12, 24, 36, 48 fibras. En ese contexto, son posibles dos opciones:
a) Favor, remitir la información solicitada más arriba en la brevedad posible, o..
b) Alternativamente, favor confirmar si podría ser aceptado por el Comité de Evaluación del MITIC que el oferente diseñe y proponga los cables de FO con las características técnicas relevantes adecuadas para este llamado.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) solo menciona los requisitos para el cable de FO de 48 fibras.
Para poder cotizar nuestras mejores alternativas técnico/económicas, necesitamos también contar con el detalle de los requisitos/especificaciones técnicas, fichas técnicas u otros documentos correspondientes a los cables de FO de 12, 24, 36, 48 fibras. En ese contexto, son posibles dos opciones:
a) Favor, remitir la información solicitada más arriba en la brevedad posible, o..
b) Alternativamente, favor confirmar si podría ser aceptado por el Comité de Evaluación del MITIC que el oferente diseñe y proponga los cables de FO con las características técnicas relevantes adecuadas para este llamado.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2; Especificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Carga máxima de Operación: ≥2700 N Se solicita: Carga máxima para la norma NESC Light debe ser superior a 2700N.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas; Anexo 2; Especificaciones Tecnicas; Item 1- Fibra Optica; Caracteristicas; Carga máxima de Operación: ≥2700 N Se solicita: Carga máxima para la norma NESC Light debe ser superior a 2700N.
Solo hay detalle de algunos requisitos técnicos en la página 88 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para el cable de FO de tipo drop. Sin embargo, la descripción es demasiado simple y escueta, por lo que falta información para definir/dimensionar adecuadamente este material requerido.
En ese contexto, son posibles dos opciones:
a) Favor, remitir las informaciones de requisitos/especificaciones técnicas, fichas técnicas u otros documentos correspondientes a los cables de FO de tipo drop requeridos en la brevedad posible, o..
b) Alternativamente, favor confirmar si podría ser aceptado por el Comité de Evaluación del MITIC que el oferente diseñe y proponga los cables drop con las características técnicas relevantes adecuadas para este llamado. A modo de ejemplo, junto con esta consulta, se adjuntan las especificaciones técnicas de un cable drop sugerido.
Solo hay detalle de algunos requisitos técnicos en la página 88 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para el cable de FO de tipo drop. Sin embargo, la descripción es demasiado simple y escueta, por lo que falta información para definir/dimensionar adecuadamente este material requerido.
En ese contexto, son posibles dos opciones:
a) Favor, remitir las informaciones de requisitos/especificaciones técnicas, fichas técnicas u otros documentos correspondientes a los cables de FO de tipo drop requeridos en la brevedad posible, o..
b) Alternativamente, favor confirmar si podría ser aceptado por el Comité de Evaluación del MITIC que el oferente diseñe y proponga los cables drop con las características técnicas relevantes adecuadas para este llamado. A modo de ejemplo, junto con esta consulta, se adjuntan las especificaciones técnicas de un cable drop sugerido.