Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Insumos requeridos para el servicio SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95 Estamos cansados de este tipo de solicitudes limitantes, con componentes que un solo producto cumple en el mercado, que solo una empresa distribuye y puede proveernos estos documentos, nos dejan al arbitrio de la decisión de un tercero y de él depende que nos presentemos o no en el presente llamado, NO SE ADMITEN PRODUCTOS SIMILARES QUE CUMPLEN CON EL MISMO OBJETIVO, SIENDO ESTE PRODUCTO DE VENTA LIBRE POR QUE SOLICITAN: CATALOGOS Y ANEXOS Y CONSTANCIA DEL FABRICANTE O DISTRIBUDOR AUTORIZADO SI NO ES UN LLAMADO DE PROVISION DE BIENES, LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO, ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS COMPROMISORIOS DE COMPRA. La omisión de la presentación de esta documentación provoca la descalificación de la oferta en el marco de las contrataciones públicas. Solicito se excluya la presentación de las documentaciones exigidas en este punto, no existe inconveniente en su provisión, como cualquier otro producto para la ejecución del servicio, asimismo se puede admitir Declaración Jurada de provisión y utilización. No hay justificación del porqué solicitan la documentación de este producto exclusivamente – la única justificación es una licitación limitante con un posible direccionamiento. Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. 12-10-2022 28-10-2022
2 CAPACIDAD TECNICA Insumos requeridos para el servicio SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95 Estamos cansados de este tipo de solicitudes limitantes, con componentes que un solo producto cumple en el mercado, que solo una empresa distribuye y puede proveernos estos documentos, nos dejan al arbitrio de la decisión de un tercero y de él depende que nos presentemos o no en el presente llamado, NO SE ADMITEN PRODUCTOS SIMILARES QUE CUMPLEN CON EL MISMO OBJETIVO, SIENDO ESTE PRODUCTO DE VENTA LIBRE POR QUE SOLICITAN: CATALOGOS Y ANEXOS Y CONSTANCIA DEL FABRICANTE O DISTRIBUDOR AUTORIZADO SI NO ES UN LLAMADO DE PROVISION DE BIENES, LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO, ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS COMPROMISORIOS DE COMPRA. La omisión de la presentación de esta documentación provoca la descalificación de la oferta en el marco de las contrataciones públicas. Solicito se excluya la presentación de las documentaciones exigidas en este punto, no existe inconveniente en su provisión, como cualquier otro producto para la ejecución del servicio, asimismo se puede admitir Declaración Jurada de provisión y utilización. No hay justificación del porqué solicitan la documentación de este producto exclusivamente – la única justificación es una licitación limitante con un posible direccionamiento. Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. 12-10-2022 28-10-2022
3 Insumos requeridos para el servicio Insumos requeridos para el servicio SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95 Estamos cansados de este tipo de solicitudes limitantes, con componentes que un solo producto cumple en el mercado, que solo una empresa distribuye y puede proveernos estos documentos, nos dejan al arbitrio de la decisión de un tercero y de él depende que nos presentemos o no en el presente llamado, NO SE ADMITEN PRODUCTOS SIMILARES QUE CUMPLEN CON EL MISMO OBJETIVO, SIENDO ESTE PRODUCTO DE VENTA LIBRE POR QUE SOLICITAN: CATALOGOS Y ANEXOS Y CONSTANCIA DEL FABRICANTE O DISTRIBUDOR AUTORIZADO SI NO ES UN LLAMADO DE PROVISION DE BIENES, LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO, ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS COMPROMISORIOS DE COMPRA. La omisión de la presentación de esta documentación provoca la descalificación de la oferta en el marco de las contrataciones públicas. Solicito se excluya la presentación de las documentaciones exigidas en este punto, no existe inconveniente en su provisión, como cualquier otro producto para la ejecución del servicio, asimismo se puede admitir Declaración Jurada de provisión y utilización. No hay justificación del porqué solicitan la documentación de este producto exclusivamente – la única justificación es una licitación limitante con un posible direccionamiento. Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. 12-10-2022 28-10-2022
4 Insumos requeridos para el servicio SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95 Estamos cansados de este tipo de solicitudes limitantes, con componentes que un solo producto cumple en el mercado, que solo una empresa distribuye y puede proveernos estos documentos, nos dejan al arbitrio de la decisión de un tercero y de él depende que nos presentemos o no en el presente llamado, NO SE ADMITEN PRODUCTOS SIMILARES QUE CUMPLEN CON EL MISMO OBJETIVO, SIENDO ESTE PRODUCTO DE VENTA LIBRE POR QUE SOLICITAN: CATALOGOS Y ANEXOS Y CONSTANCIA DEL FABRICANTE O DISTRIBUDOR AUTORIZADO SI NO ES UN LLAMADO DE PROVISION DE BIENES, LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO, ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS COMPROMISORIOS DE COMPRA. La omisión de la presentación de esta documentación provoca la descalificación de la oferta en el marco de las contrataciones públicas. Solicito se excluya la presentación de las documentaciones exigidas en este punto, no existe inconveniente en su provisión, como cualquier otro producto para la ejecución del servicio, asimismo se puede admitir Declaración Jurada de provisión y utilización. No hay justificación del porqué solicitan la documentación de este producto exclusivamente – la única justificación es una licitación limitante con un posible direccionamiento. Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. 12-10-2022 28-10-2022
5 ESPECIFICACIONES TECNICAS - DESCRIPCION DE INSUMOS/ INSUMOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95. Este requerimiento limita la participacion de potenciales oferentes ya que LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO (hay empresas privilegiadas por MATHER), ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS DE COMPRA, motivo por el cual Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. Se solicita a la convocante cambiar el requisito sin dejar el uso del producto de libre compra, reemplazando por la por la presentación de DDJJ de compromiso de provisión de todos los productos para la realización del servicio; o en defecto permitir el uso de otro producto con mismas características y que cumplen con mismo objetivo que el Inesfly Floor Cleaner. 13-10-2022 28-10-2022
6 Insumos requeridos para el servicio SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Resumen de las especificaciones técnicas. Numeral 7. Insumos requeridos para el servicio que deberán ser suministrados por el proveedor adjudicado, Item 2 Detergente para piso de baja espuma con insecticidas micro encapsulados con acción residual de 15 días, en envases de 5 litros. Adjuntar a la oferta Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del fabricante o Distribuidor Autorizado Este requisito solo cumple un producto en Paraguay Inesfly Floor Cleaner con un único distribuidor Mather Company S.R.L., lo que puede ser corroborado en búsqueda de la web, así como en el siguiente enlace: https://www.mathercompany.com.py/descripcion-producto/95 Estamos cansados de este tipo de solicitudes limitantes, con componentes que un solo producto cumple en el mercado, que solo una empresa distribuye y puede proveernos estos documentos, nos dejan al arbitrio de la decisión de un tercero y de él depende que nos presentemos o no en el presente llamado, NO SE ADMITEN PRODUCTOS SIMILARES QUE CUMPLEN CON EL MISMO OBJETIVO, SIENDO ESTE PRODUCTO DE VENTA LIBRE POR QUE SOLICITAN: CATALOGOS Y ANEXOS Y CONSTANCIA DEL FABRICANTE O DISTRIBUDOR AUTORIZADO SI NO ES UN LLAMADO DE PROVISION DE BIENES, LA EMPRESA DISTRIBUIDORA ELIGE A QUIEN DAR ESTOS DOCUMENTO, ADEMAS DE EXIGIR LA COMPRA DE GRANDES CANTIDADES O FIRMA DE CONTRATOS COMPROMISORIOS DE COMPRA. La omisión de la presentación de esta documentación provoca la descalificación de la oferta en el marco de las contrataciones públicas. Solicito se excluya la presentación de las documentaciones exigidas en este punto, no existe inconveniente en su provisión, como cualquier otro producto para la ejecución del servicio, asimismo se puede admitir Declaración Jurada de provisión y utilización. No hay justificación del porqué solicitan la documentación de este producto exclusivamente – la única justificación es una licitación limitante con un posible direccionamiento. Este requerimiento es contrario al Artículo 4 Principios generales, sobre todo en los incisos b) Igualdad y Libre Competencia y c)Transparencia y Publicidad de la Ley 2051/03. Ley 4956/13 De defensa de la competencia que en los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: “Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante”. 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre la competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° “LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY”. 14-10-2022 28-10-2022
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