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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
06-10-2022 - 14:37
Fecha de Fin
08-10-2022 - 09:40
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Respecto al contenido de la documentación remitida, para la acreditación del inciso “a” como supuesto de excepción, no queda suficientemente claro que sea la única firma que pueda realizar el servicio.
Comentario
Reiteración: Si bien la documentación remitida cuenta con las firmas y apostillado correspondiente, lo que se observa es que en el contenido de las mismas, únicamente constan que el representante "Automotor S.A" se encuentra facultada y acreditada para el servicio post-venta, y distribución de repuestos, tanto para "Hyundai" como "Isuzu", sin embargo, la prestación de servicio objeto del presente proceso licitatorio se basa en el mantenimiento y reparación de los vehículos correspondientes a las marcas mencionadas, en dicho documento no se halla fundamentado que el mismo cuente con la infraestructura técnica para realizar los servicios de mantenimiento y reparaciones, tal y como lo requiere el propio PBC; apartado de "otros criterios que la convocante requiera" se establece; "la oferta se aceptará únicamente de la empresa que ha demostrado ser la autorizada como taller oficial por la representante de la marca respectiva en el Paraguay".

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Solicitamos actualizar la documentación para acreditar la exclusividad, con el debido apostillado si correspondiere.
Comentario
Reiteración; si bien se remite actualmente la carta de autorización del fabricante emitida por "Hyundai" con fecha al ejercicio fiscal 2020, la misma no cuenta con fecha de su duración y/o validez, por lo que solicitamos remitir dicha autorización con fecha al presente ejercicio fiscal 2022.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.