Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
|
9.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
|
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
La capacidad financiera será aplicada al oferente, dependiendo del tipo de obligación tributaria al cual esté inscripto ante la SET.
-Deberán presentar fotocopia simple del Balance General de los ejercicios fiscales 2019, 2020 y 2021..
Se calcularan los Ratios Financieros de la siguiente manera:
Para Oferentes cuya obligación tributaria fuera IRACIS GENERAL
a) Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres ejercicios fiscales.
b) Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres ejercicios fiscales.
c) Rentabilidad: (utilidad neta / Capital) x 100, o; (utilidad neta / Patrimonio Neto) x 100, o; (utilidad neta / Activo Total) x 100.
El promedio en los tres ejercicios fiscales no deberá ser negativo.
Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su Pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
Para Oferentes que tributaban IRPC hasta el ejercicio fiscal 2019 e IRE SIMPLE a partir de 2020:
Deberán presentar fotocopia simple de la Declaración Jurada (Formulario 106 y Formulario 501 dependiendo del año al cual corresponde la liquidación) de los ejercicios fiscales 2019, 2020 y 2021, presentadas ante la SET.
Asimismo, deberán cumplir el siguiente parámetro:
1. Eficiencia: (ingreso/egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres ejercicios fiscales.
Para Oferentes que tributaban IRPC hasta el ejercicio fiscal 2019 y IRE RESIMPLE a partir del ejercicio fiscal 2020:
Deberán presentar fotocopia simple de la Declaración Jurada (Formulario 106 y Formulario 502 dependiendo del año al cual corresponde la liquidación) de los ejercicios fiscales (2019, 2020 y 2021), presentadas ante la SET.
Deberán presentar con el formulario 502 un Resumen de egresos totales correspondiente al ejercicio fiscal 2021, en carácter de Declaración Jurada.
Asimismo, deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para los casos de Consorcios, se requerirá que todos los integrantes de este cumplan con la totalidad de lo requerido en la Capacidad Financiera.
Para Oferentes que tributan IRP hasta el ejercicio fiscal 2019 y IRPSP a partir del 2020:
Deberán presentar fotocopia simple de la Declaración Jurada (Formulario 104 y 515 dependiendo del año al cual corresponde la liquidación) de los ejercicios fiscales (2019, 2020 y 2021), presentadas ante la SET.
Asimismo, deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para Oferentes que tributan IRP hasta el ejercicio fiscal 2019 y IRP-RGC a partir del 2020:
Deberán presentar fotocopia simple de la Declaración Jurada (Formulario 104 y Formulario 516 dependiendo del año al cual corresponde la liquidación) de los ejercicios fiscales 2019, 2020 y 2021, presentadas ante la SET.
Deberán presentar con el formulario 516 un Resumen de egresos totales correspondiente al ejercicio fiscal 2021, en carácter de Declaración Jurada.
Asimismo, deberán cumplir el siguiente parámetro:
1. Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para los casos de Consorcios, se requerirá que todos los integrantes de este cumplan con la totalidad de lo requerido en la Capacidad Financiera.
Para Oferentes que SOLO tributan I.V.A. General:
Deberán presentar fotocopia simple de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los 36 meses, de los ejercicios fiscales (2019, 2020 y 2021), presentadas ante la SET.
Además, deberá presentar un Resumen de ingresos y egresos con sus respectivos totales para cada año solicitado.
Asimismo, deberán cumplir el siguiente parámetro:
1. Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para los casos de Consorcios, se requerirá que todos los integrantes de este cumplan con la totalidad de lo requerido en la Capacidad Financiera.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
|
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
El oferente debe tener una antigüedad mínima de 5 (cinco) años en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza como rubro principal demostrados con la Constancia de Inscripción del RUC de la SET.
Presentar contratos con su respectiva facturación que demuestren la ejecución de los servicios mínimo 1 (un) contrato y certificado, actas definitivas o constancias por cada año de experiencia 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, de haber realizado servicios de limpieza con empresas públicas o privadas a las cuales ha prestado servicio de limpieza y deberan estar acompañados de la copia de la planilla mensual de personal en IPS, con el ticket de pago correspondiente de cada mes, a partir de la fecha de formalización del contrato hasta la finalización de cada uno de ellos,
Copias de Contratos ejecutados y Facturas de servicios de aseo y limpieza integrales de los últimos 5 años (2017,2018,2019,2020,2021) cuyo monto por contrato sea equivalente al 50% por cada año como minimo del monto ofertado y que se haya prestado servicio de limpieza, No se admitirán sumas de contratos para la obtención por año de los puntos requeridos
Cada Contrato deberá poseer factura, constancia y/o certificado de buen desempeño con los sgtes datos obligatorios (excluyente ) : a) local y fecha de Emision de documentos ; b) datos del emisor de las constancias o certificados ; c) Razón Social ; d) local de ejecución de los servicios ; F) Nombres y Apellidos ,Firma y sello del responsable dela firma del documento
OBSERVACION: Serán aceptados como experiencia los contratos en los cuales los oferentes han participados en calidad de integrantes de un consorcio constituido, y los mismos se tendrán en cuenta conforme al porcentaje de participación en el consorcio establecido en la escritura de constitución del mismo, dicha constitución de consorcio deberá ser presentado con la oferta
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Copia de facturaciones, contratos, certificado de buen cumplimiento y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida, junto la documentacion requerida. |
2. Constancia RUC de la SET del Ministerio de Hacienda |
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
El oferente debe poseer un capital actual no inferior al 70% del costo total de su oferta, o en su defecto presentar certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
• Debido a la naturaleza de las labores donde el servicio prestado por el oferente estará en contacto con equipamientos que operan con energía eléctrica como monitores, impresoras, trituradoras, fotocopiadoras, teléfonos, calculadoras, racks de servidores, conexiones eléctricas, artefactos lumínicos entre otros, vehículos en movimiento en el estacionamiento, trabajos en altura como limpieza de vidrios y contacto con productos químicos entre otros el oferente, deberá contar en su plantel con por lo menos 01 un técnico laboral de Seguridad ocupacional a modo de prevención de la salud ,integridad , manejo de recursos ,etc quien estará encargado de elaborar un plan básico de condiciones seguras de trabajo e identificar los peligros en materia de higiene y seguridad para la aplicación de medidas de intervención acorde al sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), el citado personal se deberá encontrarse inscripto por el contratista y aportando al seguro social del Instituto de Previsión Social, el cual se corroborara con la planilla de aporte al IPS. De conformidad al Art. 274 del Código del Trabajo, en referencia al empleador, prescribe: ...adoptar cuantas medidas sean necesarias, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos... de manera que las normativas legales labores vigentes y concordantes como el Art. 271, Art. 272, Art. 273, Art. 274 y Art. 275 del Decreto 14.390/92 exigen que la Empresa adopte dicha medida a favor de sus empleados. Debe presentar el registro habilitante emitido por Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente al momento del presente llamado.
• Al tratarse de un trabajo de Alto Riesgo como la Limpieza de Vidrios en Altura, se deberá contar con la asistencia de por lo menos (3) personas para realizar dicha labor. Cada una de ellas debe contar con capacitación certificada en trabajos en altura emitida por Consultoras del rubro de seguridad ocupacional o Cuerpos de Bomberos nacional.
• De conformidad al Art. 284 del Decreto 14390/92 establece la observancia laboral que las empresas con 100 o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
• Certificado de Cumplimiento Laboral , expedido por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
• Constancia de Inscripción en el Registro Obrero Patronal del IPS ,deberá corresponder a la actividad comercial principal del Servicio Solicitado indefectiblemente con los Años de Experiencia y/o Antigüedad de la Empresa solicitado en el PBC y al menos la cantidad total de empleados solicitados en el PBC asi como también las constancia de presentación de las planillas del IPS correspondientes al mes fenecido de la apertura de sobres de conformidad a lo previsto en dicho Decreto Nº 580/08.
• Reglamento interno de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
• Constancia de no adeudar aporte de obrero patronal, expedido por el Instituto de Previsión Social actualizado y la planilla presentada a dicha Institución. Estas documentaciones deberán corresponder al mes vencido anterior a la fecha de apertura de sobres. Toda documentación que no corresponda a dicho periodo no será válida.
• Certificacion Iso 9001-2015 en Servicios de Limpiezas Profesional de Edificios , u Organizaciones Areas libres y Cubiertas vigente al momento de la presentación de ofertas
• Organigrama de la Empresa.
• Contar con licencia Comercial emitida por el Municipio correspondiente al domicilio declarado por el oferente.
• Realizar visita técnica e inspección
• Presentación de las Especificaciones Técnicas de los servicios ofertados.
• Declaración Jurada de contar con la capacidad de prestar servicios en tiempo y forma.
• Declaración Jurada atraves de la cual la Contratista se responsabiliza de cualquier daño o desperfectos ocasionados a los bienes de la Institución , Funcionarios y / o tercero durante la ejecución del servicio contratado , comprometiéndose a efectuar la reposición de los bienes en forma inmediata y gratuita a los afectados.
• Currículum de La Empresa , su capacidad ,instalación y capacitación del personal ; estructura interna y técnica con que se cuenta , tradición en el ramo.
• Declaración Jurada del IVA, correspondiente al mes precedente a la fecha de la apertura de oferta.
• Declaración Jurada de pago del Impuesto a la Renta, del Último Ejercicio Fiscal.
• Documento de Impacto Ambiental expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Social (MADES), del sitio de disposición final, de acuerdo a las normas establecidas en el Reglamento del Código Sanitario para la disposición final de desechos sólidos.
• Copia de Contrato de Programas de Gestión de Residuos reciclables del sitio de disposición final concordante con la Declaración de Impacto Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) que demuestre que el oferente entrega o entregara los residuos al sitio habilitado por la Autoridad competente. No se aceptará contratos que indiquen un sitio diferente al estipulado en la Declaración Jurada de Impacto Ambiental.
• Comprobantes, facturas legales que manifieste contar con los equipos y maquinarias suficientes y apropiadas de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacio requeridos, uniformes para cada funcionario (con distintivo de la empresa adjudicada para su identificación) y materiales para el cumplimiento de los servicios solicitados. Se deberán listar los equipos o maquinarias (propios).
• El oferente deberá garantizar la provisión de insumos de embalaje biodegradables (bolsas) en cumplimiento a los lineamientos ambientales
|
|
|
4. Declaraciones Juradas de uso de Insumos, Herramientas, Inscripción del personal contratado a IPS y Nomina del personal a prestar los servicios |
5. Constancia de Visita Técnica General. |
6. Certificado de una Entidad Financiera o Bancaria. |
7. Copias de los Registros Solicitados de los tecnicos y copias de las capacitaciones para trabajo en altura |
8. Copias de facturas de equipos |
9. DDJJ juradas sobre daños, capacidad de prestar el servicio, EETT, Cuurriculum Empresarial. |
10. Constancias de las Certificaciones solicitadas, gestion de residuos e Impacto Ambiental |
11. Carta o Constancia emitida por el Fabricante del insumo de embalaje a favor del Oferente donde se comprometa y garantice la provisión de bolsas de un solo uso biodegradables y compostables, identificando específicamente el proceso licitatorio. La materia prima utilizada para la fabricación de las bolsas deberán contar con certificación del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, sobre los componentes y materiales utilizados, que cumplan con los criterios de biodegradabilidad alternativos no contaminantes y/o Certificación de Organismos Internacionales que avalen la Compostabilidad y Biodegradabilidad de la materia prima |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Se recuerda a los oferentes lo establecido en el art. 20, inciso f, Ley N° 2051/03:
Ninguna de las condiciones contenidas en las bases y condiciones de la Contratación Directa, así como en las ofertas presentadas por los participantes podrá ser negociada.
Asi tambien, del inciso w del mismo articulo, sobre la declaratoria de integridad.
En relación a la aplicación de la Ley N° 6919/2022, se indica que se dara cumplimiento a lo establecido en la Circular DNCP N° 10/2022 y las demas indicaciones emitidas por la entidad normativa (DNCP)
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.