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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-09-2022 - 19:00
Fecha de Fin
22-09-2022 - 18:04
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Porcentaje de contribución y/o impuestos en los contratos suscriptos.
Descripción
En la sección de Condiciones Contractuales solicitamos actualizar el porcentaje de contribución y/o impuestos sobre contratos suscriptos de acuerdo a la norma legal vigente.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
Se observa la inclusión de una fecha cierta, se recuerda que esto se practica solo para aquellos proceso en los que se adopta la modalidad de contrato abierto.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
En el Dictamen se mencionan documentaciones respaldatorias en las cuales sustentan la acreditación del supuesto de excepción aplicado, sin embargo no se han remitido ninguna de ellas. Se recuerda que la convocante tiene la obligación de remitir los antecedentes en atención a que el principio de transparencia y publicidad implica la accesibilidad de la información.
Comentario
En el Contenido del Dictamen se mencionan los siguientes documentos: Memorando 25/2022 de la Secretaria General de la Facultad de Filosofía UNA; Resolución de Decanato N° 0847/2021. solicitamos remitirlos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
En el contenido del dictamen remitido no se identifica cuál sería el daño que se podría generar si el mencionado procedimiento de contratación se concretara con la realización de un proceso convencional.
Comentario
Consideramos insuficiente debido a que del dato proporcionado "...teniendo en cuenta la Resolución de Decanato N° 0847/2021 "Por la cual se aprueba el protocolo de atención a alumnos con Discapacidad..." se puede concluir que la convocante ha tenido conocimiento del mismo con tiempo suficiente para la realización de una convocatoria convencional; al respecto, solicitamos exponer que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar la convocatoria con mayor antelación a la practicada, a través de un procedimiento ordinario; y a su vez, argumentar que el caso fortuito o la fuerza mayor no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.