Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
61 *-Equipo UPS En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: Normas y estándares: IEC 62040-1, IEC 62040-2, IEC 62040-3, AS62040-3 (VFI-SS-111). Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito AS62040-3 (VFI-SS-111) sea indicado como opcional, atendiendo a que con las demás normas y estándares de calidad también solicitados en este mismo apartado, se garantiza de igual forma la calidad y performance del equipo UPS a ser ofertado, incluyendo además las certificaciones de calidad ISO 9001 e ISO14001, las que también son exigidas en el presente llamado. De esta forma se podrá permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 05-10-2022 11-10-2022
62 *-Equipo UPS En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Plan de Entrega de los Bienes, se solicita: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes: 60 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra. Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 180 (ciento ochenta) días corridos, el plazo para la entrega de los bienes adjudicados, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra, por parte del Proveedor, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos de energía de alta capacidad de potencia que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 05-10-2022 11-10-2022
63 *-Equipo UPS En el PBC, versión 2, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: Altitud de operación: hasta 1500 metros sin derrateo. Al respecto deseamos manifestar que aunque en la respuesta de la Convocante a la Consulta 53, referente a este requisito, se indica que De acuerdo al PBC, se especifica que se aceptan hasta 1500 mts. la limitante es que conforme al PBC ciertamente se especifica que se acepta hasta 1500mts., pero esta altitud debe ser sin derrateo, según se mantiene en la última versión del PBC. Esta es la especificación que restringe la participación de una mayor cantidad de oferentes y fabricantes. Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito o en su defecto que sea indicado como de preferencia u opcional teniendo en cuenta que se encuentra en torno a 100m. la elevación del terreno del Edificio de la Convocante donde deberá ser instalado el equipo UPS, siendo incluso la altura máxima de elevación de terreno en nuestro país de alrededor de 840m. la que aun así es una altura muy por debajo de la altitud requerida de 1500m., significando en este caso, un requisito injustificado técnicamente. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-10-2022 17-10-2022
64 –*- Equipo UPS En el PBC, versión 2, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: Factor de Potencia de entrada: > 0,99 Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el factor de potencia de entrada ≥ 0,99, teniendo en cuenta que es el valor típico estandarizado de los distintos fabricantes de equipamientos UPS de alta calidad, sin afectar la operación normal y rendimiento de la unidad UPS, y además que esta especificación se encuentra orientada al equipo EXM 200KVA de Vertiv, según se observa en el link https://www.vertiv.com/498e9b/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-exm-80kw---200kw-brochure.pdf, favoreciendo indebidamente a determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-10-2022 17-10-2022
65 *-Equipo UPS En el PBC, versión 2, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: THDv (al 100% carga lineal): < 2% Al respecto solicitamos a la Convocante que también sean aceptados modelos de equipos UPS con THDv (al 100% carga lineal) &#8804; 2%, atendiendo a que es el valor típico estandarizado de este parámetro para equipos UPS de este tipo Modular de alta capacidad de potencia, y así también que la diferencia es mínima respecto a lo solicitado, y además que esta característica está orientada al modelo EXM 200KVA de Vertiv, según puede comprobarse en el link https://www.vertiv.com/498e9b/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-exm-80kw---200kw-brochure.pdf, favoreciendo indebidamente a determinados oferentes, y asimismo restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-10-2022 17-10-2022
66 *-Equipo UPS En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: Normas y estándares: IEC 62040-1, IEC 62040-2, IEC 62040-3 Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito IEC 62040-3 sea indicado como opcional, atendiendo a que con las demás normas y estándares de calidad también solicitados en este mismo apartado, se garantiza de igual forma la calidad y performance del equipo UPS a ser ofertado, incluyendo además las certificaciones de calidad ISO 9001 e ISO14001, las que también son exigidas en el presente llamado. De esta forma se podrá permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-10-2022 17-10-2022
67 *-Equipo UPS En el PBC, versión 2, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Plan de Entrega de los Bienes, se solicita: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes: 60 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra. Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 180 (ciento ochenta) días corridos, el plazo para la entrega de los bienes adjudicados, contados a partir de la recepción de la orden de compra, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos de energía de alta capacidad de potencia que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes las secuelas derivadas de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la persistente situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-10-2022 17-10-2022
68 *-Equipo UPS En el PBC, versión 2, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Especificaciones Técnicas Equipo UPS, se solicita: Factor de Potencia de salida: Mínimo 0,9 Y en el mismo capítulo también se solicita: Capacidad de crecimiento: Hasta 200kva/kw en un mismo frame Al respecto solicitamos a la Convocante verificar y rectificar este requisito como se indica a continuación: Capacidad de crecimiento: Hasta 200kva/180kw en un mismo frame Teniendo en cuenta que con el factor de potencia de salida de 0,9 tal como se establece, la capacidad de crecimiento en un mismo frame será de hasta 200KVA/180KW. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-10-2022 17-10-2022
69 EE.TT. - EQUIPO UPS - ITEM: Rango de frecuencia de entrada. La CONVOCANTE especifica: 40 a 70 Hz como rango de frecuencia de entrada. Se le recuerda a la convocante que la variación máxima de frecuencia admitida por la ANDE es del 2% más o menos de la frecuencia nominal (50-60 Hz), (NOTA 1; del REGLAMENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSIÓN ANDE). Las normativas exigidas por la convocante se encuentra orientada al equipo EXM 200KVA de Vertiv, según se observa en el link: https://www.vertiv.com/498e9b/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-exm-80kw---200kw-brochure.pdf, favoreciendo indebidamente a determinados oferentes y restringiendo la participación de potenciales oferentes y fabricantes. Solicitamos a la convocante modifique el rango de frecuencia de entrada a más o menos 10% de la frecuencia nominal (50-60 Hz), de acuerdo a la norma IEC 62040-3, para que la variación de frecuencia de entrada sea entre 45 – 65 Hz. De adecuarse a la normativa mencionada (IEC 62040-3), se aceptarán equipos con un rango de frecuencia de entrada entre: 45 a 65 Hz. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03 que dice que para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; 14-10-2022 17-10-2022
70 EE.TT. - EQUIPO UPS - ITEM: NORMATIVAS Y ESTANDARES. LA CONVOCANTE exige en el ITEM DE NORMATIVAS Y ESTANDARES que los equipos deban cumplir con las normativas y estándares internacionales IEC 62040-1, 62040-2 IEC 62040-3, AS62040-3 (VFI-SS-111). Las normativas mencionadas llevan como requisitos a normativas constituyentes como IEC 61000-4-2,IEC 61000-4-3,IEC 61000-4-4,IEC 61000-4-5,IEC 61000-4-6. Las normativas exigidas por la convocante se encuentran orientadas al equipo EXM 200KVA de Vertiv, según se observa en el link: https://www.vertiv.com/498e9b/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-exm-80kw---200kw-brochure.pdf, favoreciendo indebidamente a determinados oferentes y restringiendo la participación de potenciales oferentes y fabricantes. Se le solicita a la convocante que sean aceptadas normativas y estándares internacionales "SIMILARES" a las IEC 62040-1, 62040-2 IEC 62040-3, AS62040-3 (VFI-SS-111). De esta forma se podrá permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; 14-10-2022 17-10-2022
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