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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

A=Precio ajustado de los bienes y/o servicios conexos facturados.

P= Precio facturados de los bienes y/o servicios conexos ofertados.

I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay.

El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, el cual deberá hacerlo por escrito en la UOC de la Municipalidad de Guarambaré, y dará curso si la contratante considere la correspondencia de la solicitud y dispone de suficiente disponibilidad presupuestaria. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente; y será aplicado únicamente sobre el saldo contractual no ejecutado o sobre los servicios pendientes a ser realizados, posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones.

No se reconocerá reajuste de precios si el bien se encentra atrasado respecto al plan de entregas aprobado.

Porcentaje de multas

SE SOLICITARA EL REAJUSTE MEDIANTE NOTA DIRIGIDA  A LA UOC

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Los precios ofertados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente fórmula:

A= P x I.I.B.C.P 15%

Donde A= Precio ajustado de los bienes y/o servicios conexos facturados. P= Precio facturado de los bienes y/o servicios conexos ofertados. I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay. 15%= Mínimo necesario de variación de IPC para reajuste del precio.

No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado. El reajuste solo será aplicado a solicitud del oferente.

LA SOLICITUD DE REAJUSTE DE PRECIOS DEBERA SER SOLICITADA MEDIANTE NOTA DIRIGIDA A LA MAXIMA AUTORIDAD DE LA INSTITUCION MUNICIPAL.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

A=Los precios ofertados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente fórmula:

A= P x I.I.B.C.P 15%

Donde A= Precio ajustado de los bienes y/o servicios conexos facturados.

P= P= Precio facturadosfacturado de los bienes y/o servicios conexos ofertados.

I.I.B.C.P= I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay. 15%= Mínimo necesario de variación de IPC para reajuste del precio.

No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado. El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, el cual deberá hacerlo por escrito en la UOC de la Municipalidad de Guarambaré, y dará curso si la contratante considere la correspondencia de la solicitud y dispone de suficiente disponibilidad presupuestaria. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente; y será aplicado únicamente sobre el saldo contractual no ejecutado o sobre los servicios pendientes a ser realizados, posteriores al mes en el cual se produjeron las variacionesoferente.

No se reconocerá reajuste de precios si el bien se encentra atrasado respecto al plan de entregas aprobado.

Porcentaje de multas

SE SOLICITARA ELLA SOLICITUD DE REAJUSTE DE PRECIOS DEBERA SER SOLICITADA MEDIANTE NOTA DIRIGIDA A LA UOCMAXIMA AUTORIDAD DE LA INSTITUCION MUNICIPAL.