Serían tan amables en indicarnos por favor en dónde podemos ver las especificaciones técnicas de los cuadernillos solicitados, ya que en el pliego solo mencionan Cuadernillo 1. TIPO 1 etc, y en la plantilla sicp tampoco están publicadas las especificaciones tecnicas.
Serían tan amables en indicarnos por favor en dónde podemos ver las especificaciones técnicas de los cuadernillos solicitados, ya que en el pliego solo mencionan Cuadernillo 1. TIPO 1 etc, y en la plantilla sicp tampoco están publicadas las especificaciones tecnicas.
El cuadro conteniendo el detalle de las especificaciones técnicas de los cuadernillos solicitados se encuentra en la Sección "Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas", en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS del PBC
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Muestras de los productos?
En dónde podemos acudir a verificar muestras de los productos solicitados a ser cotizados por favor para una mejor cotización? (ver calidad de papel, tomar medidas, verificar calidad de impresión, etc).
Atte;
En dónde podemos acudir a verificar muestras de los productos solicitados a ser cotizados por favor para una mejor cotización? (ver calidad de papel, tomar medidas, verificar calidad de impresión, etc).
Se aclara que el tipo de impresión, formato/encuadernado, color de impresión, tipo de papel, tamaño de papel, gramaje, cantidad de páginas y cantidad de hojas se encuentra en la Sección "Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas del PBC". Igualmente, las muestras se encuentran disponibles en el CENTRO DE OPERACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA, SITO EN PA'I PÉREZ N° 1991 C/ TTE. GARAY DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN en el horario de 08:00 a 16:00 hs. Coordinar visita al siguiente correo electrónico: inee@mec.gov.py
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Experiencia requerida
De acuerdo a legislación en la Rca del Paraguay, Decreto 6359/05, Decreto 10797/2013; Resolución Gral 41/2014; los documentos legales y oficiales con los cuales se demuestran la entrega y provisión efectiva de bienes y servicios son : Factura y Remisión, los cuales cuentan con Timbrados regulados por la SET. Los recibos de dinero ya son documentos internos entre particulares y por lo tanto no regulados por la set. Por tal motivo solicitamos excluir el reqisito de demostrar con RECIBO DE DINERO la entrega de los insumos solicitados, ya que inclusive la propia convocante posee deudas sobre entregas de mercaderías mayores a 1 año (se cuentan con facturas y remisiones los cuales demuestran la efectiva entrega de los materiales), pero por causas AJENAS a la empresa Proveedora NO han sido aún abonadas. Dicha solicitud la basamos en el art. 20 de la Ley 2.051 en la cual reza: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios
u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta
ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se
limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente,
las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de
registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley,
salvo lo dispuesto por el Título Quinto.Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de
similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán
con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que
concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas
e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante...///// y de acuerdo a los principios de Igualdad y Libre Competencia, y Simplificación y Modernización Administrativa.
De acuerdo a legislación en la Rca del Paraguay, Decreto 6359/05, Decreto 10797/2013; Resolución Gral 41/2014; los documentos legales y oficiales con los cuales se demuestran la entrega y provisión efectiva de bienes y servicios son : Factura y Remisión, los cuales cuentan con Timbrados regulados por la SET. Los recibos de dinero ya son documentos internos entre particulares y por lo tanto no regulados por la set. Por tal motivo solicitamos excluir el reqisito de demostrar con RECIBO DE DINERO la entrega de los insumos solicitados, ya que inclusive la propia convocante posee deudas sobre entregas de mercaderías mayores a 1 año (se cuentan con facturas y remisiones los cuales demuestran la efectiva entrega de los materiales), pero por causas AJENAS a la empresa Proveedora NO han sido aún abonadas. Dicha solicitud la basamos en el art. 20 de la Ley 2.051 en la cual reza: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios
u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta
ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se
limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente,
las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de
registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley,
salvo lo dispuesto por el Título Quinto.Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de
similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán
con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que
concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas
e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante...///// y de acuerdo a los principios de Igualdad y Libre Competencia, y Simplificación y Modernización Administrativa.
Se mantiene el requisito documental para evaluar el criterio de experiencia requerida considerando que los recibos son documentos que respaldan las operaciones realizadas a crédito. Cabe mencionar que los mismos se encuentran reglamentados por la SET como documentos complementarios. Asimismo, dicho requisito viene siendo utilizado por esta Convocante año tras año sin presentarse inconveniente alguno en cuanto a la participación. No obstante, se establecen otros documentos de acreditación "Copia de facturas crédito, con sus correspondientes recibos de cancelación de pago o documento que acredite haber percibido el pago respectivo o sus respectivas recepciones finales y/o constancias de prestaciones satisfactorias expedida por la contratante o cliente receptor de los bienes/servicios proveídos".