Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 Especificación Técnica Aclaración; Regulador de Motor: ¿Mecánico o Electrónico? Ambas son seguras, pero la regulación mecánica es suficientemente fiable y es la más utilizada en estos tamaños de motores, además el controlador del equipo se encarga de parar el motor en caso de ocurrir una variación en la velocidad, protegiéndolo de sobre aceleración y de operaciones a bajas revoluciones. 09-09-2022 16-09-2022
32 Especificación Técnica Buenas tardes, Podría ampliarse el rango de consumo de combustible con una tolerancia de +/-10%? Es muy poca la diferencia entre lo solicitado y lo que otros motores consumen 09-09-2022 16-09-2022
33 Especificación Técnica Buenas tardes, Sobre los parámetros de consumo de combustible individualizados en la página 30 del PBC, debemos aclarar que estos rangos difieren de acuerdo a cada fabricante/marca. Por ejemplo: En algunos casos el consumo es menor a baja carga y en otros motores a baja carga el consumo se eleva. 09-09-2022 16-09-2022
34 Especificaciones Técnicas Solicitamos a la convocante, para el Lote 2, considerar valores de consumo de combustible de: 35 ± 10% litros/hora al 100% de la carga. 32 ± 10% litros/hora al 75% de la carga. 25 ± 10% litros/hora al 50% de la carga. 10-09-2022 16-09-2022
35 Especificaciones Técnicas Solicitamos a la convocante, para el Lote 4, considerar valores de consumo de combustible de: 75 ± 5% litros/hora al 100% de la carga. 55 ± 5% litros/hora al 75% de la carga. 35 ± 15% litros/hora al 50% de la carga. 10-09-2022 16-09-2022
36 Especificaciones Técnicas Respecto al punto 8.4 de las Especificaciones Técnicas, agregado en la Adenda Nº 3, solicitamos a la convocante revisar dicho requisito. Que los componentes sean diseñados por el mismo fabricante, no garantiza absolutamente nada en cuanto a calidad del producto o capacidad de provisión. Es más, dicho requisito limita enormemente la posibilidad de la Convocante a acceder a productos de excelente calidad, ofrecidos por marcas especializadas en sus respectivos rubros, como es el caso de CUMMINS, STANFORD, PERKINS, DOOSAN, DEEPSEA, etc. 10-09-2022 16-09-2022
37 Especificaciones Técnicas Con respecto a lo indicado en la Adenda N° 02: “Los componentes críticos del Grupo Electrógeno: Alternador, Motor y Controlador (incluye comunicación remota), deberán estar diseñados por el mismo fabricante.”, lo cual fue incorporado por indicación sesgada de un potencial Oferente, realizada en la Consulta Técnica N° 14, mencionamos lo siguiente: Esta exigencia no resulta técnicamente necesaria ya que no afecta al funcionamiento ni a la performance del equipo, no garantiza en lo más mínimo a la Convocante acceder a un mejor Grupo Generador u obtener alguna eficiencia extra. Para fabricar un Grupo Generador de alta calidad, los mejores Fabricantes del mundo, utilizan componentes de alta calidad, componentes que no corresponden al mismo Fabricante sino al mejor Fabricante de cada uno de los rubros (motor, alternador, controlador electrónico manejado por microprocesador). Los Fabricantes de Grupos Generadores más importantes a nivel mundial, al momento de fabricar sus Grupos Generadores eligen Motores, Alternadores, y Controladores Digitales de las mejores marcas disponibles, conforme a las características a ser dotadas a esos Grupos Generadores, integrándolos en una cabina fabricada en Ia misma planta. Es decir en pocas palabras, un solo Fabricante ensambla en un Grupo Generador equipos que han sido fabricados con componentes proveídos de sus respectivos Fabricantes. La resultante final es el Grupo Generador, el cual ha sido fabricado y ensamblado bajo su propia marca, siendo probado, certificado y garantizado en su conjunto conforme a las Normas de Calidad internacionales. Esta es una práctica común, no solamente en el mercado de fabricación de Grupos Generadores, sino en otros como el de la aviación y la industria automotriz. Resulta innecesario y hasta negativo que un mismo Fabricante, bajo una marca propia, fabrique el 100 % de los componentes de un producto. Con esta práctica de fabricación a través de la provisión de los mejores componentes, se garantiza contar con el mejor equipo ya que los Fabricantes de Grupos Generadores no siempre son los mejores fabricantes de Motores Diésel por ejemplo, como sí lo son Cummins, Volvo, John Deere, Perkins, Deutz, Scania, etc. También se aplica para los Alternadores, como Stamford, Mecc Alte, Leroy Sommer, etc. y lo mismo para los Controladores con microprocesador, como Deep Sea, ComAp, etc. Por tanto por constituir una exigencia innecesariamente limitativa, que no resulta técnicamente indispensable, no estar conforme al Principio de Economía, Eficiencia y Libre Competencia, según lo establecido en la Ley 2051, impidiendo la participación de un mayor número de Oferentes, privando a la Convocante de contar con las mejores ofertas técnicas y económicas, solicitamos respetuosamente que los Grupos Generadores producidos por un Fabricante puedan estar compuesto por elementos de otros Fabricantes garantizándose la calidad y eficiencia en todo su conjunto del equipo fabricado. 10-09-2022 16-09-2022
38 Adenda N° 2 - EE.TT. El Pliego de Bases y Condiciones, modificado por la Adenda N° 02, exige que el Motor, el Generador y el Controlador, (incluyendo la comunicación remota), estén diseñados por el mismo fabricante. Esto no es más que una exigencia limitativa y excluyente de la inmensa mayoría de fabricantes de grupos generadores que producen los equipos con componentes de diferentes marcas sin afectar en absoluto la calidad y confiabilidad del equipo, por tanto es una exigencia que carece de sustento técnico y económico, sino por el contrario lo que logrará es que las ofertas sean muy pocas y más caras sin ninguna necesidad. Es importante recordar lo que establece en una parte el Art. 20 de la Ley 2051, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.” También mencionamos que resulta muy llamativa la incorporación de la exigencia mencionada, ya que en la casi totalidad, para no decir en la totalidad de las adquisiciones de grupos generadores por parte del Estado Paraguayo a lo largo de décadas, no se introdujo esta exigencia y no por ello los equipos adquiridos por diversas instituciones resultaron fallidos por esta causa, lo que claramente comprueba que es innecesaria y no resulta técnicamente indispensable y solamente favorece al oferente que efectuó la indicación a la Convocante en perjuicio de los demás potenciales oferentes y de los intereses del Estado Paraguayo. Por todo lo expuesto, respetuosamente, solicitamos que sea excluida esta exigencia del PBC y de las Especificaciones Técnicas. 10-09-2022 16-09-2022
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