El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ÍTEM Nº |
BIEN/SERVICIO |
ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
CANTIDAD MÍNIMA |
CANTIDAD MÁXIMA |
1 |
LECHE DESCREMADA Tetra pack 1 L. |
COTIZAR POR 1 CAJA QUE CONTENDRA 12 UNIDADES DE 1L. DE LECHE DESCREMADA. |
UNIDAD |
CAJA |
125 |
250 |
2 |
LECHE ENTERA Tetra brik 1 L. |
1. DEFINICION: Se denomina Leche UAT (Ultra Alta Temperatura ó Ultra High Temperture - UHT) a la leche homogeneizada, que ha sido sometida durante 2 a 4 segundos a una temperatura entre 130º C y 150º C, mediante un proceso térmico de flujo continuo, inmediatamente enfriada a menos de 32º C y envasada bajo condiciones asépticas en envases estériles y herméticamente cerrados. El contenido de materia grasa del producto debe contener como mínimo 3,0% m/v. El producto se presentará en envase tetra brik de 200, 500 o 1000 cm3 o Ml 3. INGREDIENTES: I. Obligatorios: Leche entera de vaca. - II. Permitidos: No aplica - III. No permitidos: No aplica 4. Aditivos alimentarios: Serán permitidos aquellos aditivos conforme a la Resolución MERCOSUR GMC/RES N.º 78/94 RTM de Identidad y calidad de leche UAT 5. Composición físico-química y nutricional: La composición fisicoquímica y nutricional, deberá estar expresada por 100 mililitros, por producto terminado listo para el consumo, según lo detallado en la Tabla 1 y Tabla 2. Tabla 1: Composición fisicoquímica por 100 ML de producto terminado listo para el consumo - Determinaciones - Límites de Aceptación - Materia Grasa % m/v: Min. 3,0 - Acidez (g ác. Láctico/100 ml): 0,14 a 0,18 - Densidad relativa a 15% C/15º C: Min. 1,028 - Estabilidad al etanol 68% (v/v): Estable - Extracto seco no graso % (m/m): Min. 8,2 - Descenso Crioscópico - ºH: Min. -0,530 Max. -0,550 - °C: Min. -0,512 Max. -0,535 -Tabla 2: Composición nutricional por 100 mL del producto terminado listo para el consumo - Nutriente - Proteínas % (m/m) Mínimo: 3,0 Máximo: -- 6. Especificaciones organolépticas del producto: Aspecto: liquido - Color: blanco amarillento. - Olor: característico. - Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.) 7.Especificaciones microbiológicas: La leche UAT ó UHT, no debe contener microorganismos capaces de proliferar en ella en las condiciones normales de almacenamiento y distribución, por lo cual, luego de una incubación en envase cerrado a 35 - 37º C durante 7 días, debe cumplir con los requisitos establecidos en las Tablas 3 y 4. Tabla 3: Requisitos microbiológicos para muestra representativa. - Determinación Aerobios Mesófilos/mL - Categorización (I.C.M.S.F) 10 - Criterios de aceptación n=5, c=0, m=100 Tabla 4: Requisitos microbiológicos para muestra indicativa. - Determinación Aerobios Mesófilos/mL (*) - Categorización (I.C.M.S.F) 10 - Criterios de aceptación 100 UFC**/ml *Luego de una incubación a 35 - 37º C en envase cerrado durante 7 días. **UFC (Unidad Formadora de Colonia por mililitro de leche). 8.ESPECIFICACIONES DEL ENVASE: a) Especificaciones del envase individual. El envase individual primario deberá ser de tetra brik. b) Especificaciones del envase secundario - La caja contenedora del alimento debe ser de cartón corrugado o de otro material que no permita el deterioro del envase individual, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos. La caja contenedora deberá ser resistente al apilamiento, según instrucciones del fabricante. 9. RECEPCION DEL PRODUCTO: REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO. COTIZAR POR 1 CAJA QUE CONTENDRA 12 UNIDADES DE 1L. DE LECHE ENTERA. |
UNIDAD |
CAJA |
125 |
250 |
3 |
LECHE CHOCOLATADA Tetra Pack 200 ml. |
Leche vacuna Chocolatada Larga Vida UAT (con todos los conservantes permitidos y no dañinos para la salud), debe poseer valores energéticos/calóricos recomendables para el ser humano. La presentación debe ser en caja, en envases de tetra pack de doscientos (200) ml cada uno. Las mismas deben cumplir con todos los requisitos técnicos y legales para su elaboración y comercialización de la leche vacuna.
- Números de registros de productos (RSPA N°) y establecimiento (RE N°), otrogado por el INAN, MSP y BS. - Numero de habilitación de SENACSA. - Fecha de envasado y/o de vencimiento (tinta indeleble) - Información nutricional lista completa de ingredientes. - Nombre comercial o marca comercial registrada. - Procedencia. - Contenido liquido aproximado. - Fabricante o quien elabora/produce/representante. - Tipo de material utilizado para la elaboración del envase. - Modo de conservación. COTIZAR POR UNA CAJA QUE CONTENDRÁ A PARTIR DE 24 (VEINTICUATRO) UNIDADES DE LECHE CHOCOLATADA DE 200 ML. |
UNIDAD |
CAJA |
267 |
534 |
4 |
GALLETITAS DULCES |
Remitirse a la plantilla del producto del SICP, de modo a visualizar los atributos del bien requerido. 1 - Descripción del bien Dulce, seca, muy suave, crocante. 2 - sabor A vainilla. 3 - Presentación De 80 gramos como mínimo. COTIZAR POR PAQUETES PEQUEÑOS A PARTIR DE 80 GRAMOS |
UNIDAD |
PAQUETES |
267 |
534 |
IDENTIFICAR EL NOMBRE, CARGO Y LA DEPENDENCIA DE LA INSTITUCION DE QUIEN SOLICITA EL LLAMADO A SER PUBLICADO.
JUSTIFICAR LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER MEDIANTE LA CONTRATACION A SER REALIZADA.
El llamado está orientado en la necesidad que surge de dar satisfacción a los requerimientos propios de las cafeterías de los pisos, 9° (Presidencia) y 10° (Despachos de los Ministros de la C.S.J.), a fin de cubrir reuniones de trabajo y servicios a visitas protocolares, y a las necesidades de la Secretaria de Educación en el desarrollo del programa Educando en Justicia.
JUSTIFICAR LA PLANIFICACIÓN (SI SE TRATA DE UN LLAMADO PERIODICO O SUCESIVO, O SI EL MISMO RESPONDE A UNA NECESIDAD TEMPORAL).
El presente llamado corresponde a un llamado periódico.
JUSTIFICAR LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ESTABLECIDAS.
Las especificaciones solicitadas son las establecidas en la plantilla de la DNCP a excepción de la Leche Descremada y Chocolatada.
• EL LLAMADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SOLICITA LA PROVISIÓN DE:
- LECHE ENTERA FLUIDA EN ENVASE DE 1 L.
- LECHE DESCREMADA FLUIDA EN ENVASE DE 1 L.
- LECHE CHOCOLATADA EN ENVASE DE 200 ML.
- GALLETITAS DULCES EN PAQUETES DE 80 GR.
Los productos de leche entera y descremada se solicitan a fin de cubrir reuniones de trabajo y servicios de visitas protocolares que los señores ministros atienden diariamente, y que los mozos del 9° y 10° piso son los encargados de preparar y servir.
En lo que respecta a la leche chocolatada y galletitas dulces, éstos tienen como finalidad destinarlos a los niños que asistirán al desarrollo del programa Educando en Justicia, que tendrá lugar en diferentes instituciones educativas de la capital e interior del país. el programa está a cargo de la Secretaria de Educación en Justicia de la C.S.J.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
La Provisión de los Insumos se realizará de lunes a viernes en el horario de 07: 30 a 12:30 horas. el Plazo de la Entrega es de tres (3) días hábiles, contados a partir de la comunicación de la orden de compra por parte del proveedor. La entrega de los productos se hará en el Dpto. de Servicios Generales, Subsuelo 1 del Palacio de Justicia de Asunción Dirección: Mariano R. Alonso y Testanova.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Acta de recepción.
Serán presentados: 1 (un) acta por cada orden de compra, considerando que es un Contrato Abierto.
Frecuencia: Por cada Orden de Compra emitida.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción |
ACTA |
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De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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