El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
N° De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas |
Unidad de Medida |
Cantidad |
SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO PROGRAMADO DEL HORNO III DE LA FABRICA DE VALLEMI Solped N°10001827 - Gerencia de Industrial |
|||
1 |
SECTORES DE PLANTA AFECTADOS: - TRITURADORA DE MATERIAS PRIMAS - MOLIENDA DE CRUDO III - HORNO DE CLINKER - ENFRIADOR - TRANSPORTE DE CLINKER A SILOS, EXTRACCIÓN Y TRANSPORTE A EMBARCADERO DEPARTAMENTOS AFECTADOS: PRODUCCIÓN Y MANTENIMIENTO |
mes |
2 |
La prestación del servicio no generará vínculo laboral y/o legal alguno entre la Convocante y el personal contratado por la empresa adjudicada. El proveedor deberá dotar de uniformes, elementos básicos de trabajo y de seguridad (EPI) a cada personal, objeto del presente proceso, que se detalla a continuación: Por única vez: 1 (uno) pantalones Jeans azul marino (corte clásico). 1 (uno) Camisa en tejido sarga pesada 100% color gris, algodón 8 Oz, mangas largas con botones de pasta al tono para ajustar. La manga debe tener de forma interna una tirilla para doblar en ¾ cierre frontal con botones, dos bolsillos en el pecho con tapa y bordado logo de la INC en el lado izquierdo del mismo, en la espalda en la altura del hombro debe llevar cinta reflectiva de 5 cm bicolor amarillo flúor con gris en el centro, costura reforzada de alta calidad. 1 (uno) Casco de seguridad sencillo con rosca ajustable. 1 (un) par de zapatones con punta de acero, caño corto, con cordón, tobillo acolchonado, resistente al ácido y al aceite. Según necesidad: - 600 unidades (cantidad minima) deTapa bocas PF2 desechable con filtro, confeccionado en dos o tres capas de alta calidad, siendo: capa externa de fibra sintética de polipropileno, capa media de fibras sintéticas estructurales, capa filtrante de fibra sintética con tratamiento electroestático, capa interna de fibra sintética de contacto facial. Con tirantes de cabeza de elástico para soporte de la pieza facial y tira metálica para ajustes sobre el septo nasal con almohadilla. -360 pares 8cantidad minima) de Guante de cuero de vaqueta de primera en su totalidad, debe contar además con refuerzos del mismo material de construcción en la parte palmar, doble/triple reforzada estos guantes se adaptan a la configuración de las manos, haciendo confortable su uso, con diseño y ajuste y permita una excelente maniobrabilidad. -30 unidades (cantidad minima) de Delantal de cuero -20 unidades (cantidad minima) de Careta de soldadura Los responsables de Seguridad Industrial de la INC verificarán que los mismos se encuentren en condiciones aptas para su uso Cantidad de personales El proveedor dispondrá, para la eficiente ejecución de los trabajos, de una cantidad mínima de 60 (sesenta) personales competentes e idóneos (25 personales para el Departamento de Producción y 35 personales para el Departamento de Mantenimiento), distribuidos de la siguiente manera:
El proveedor deberá garantizar el pago del salario mínimo a sus colaboradores (categoría mensualero) Días de trabajo: de lunes a sábado Los equipos y horarios de trabajo serán designados por el Director de Fábrica, pudiendo variar los mismos según necesidad. La supervisión y control de los trabajos estarán bajo el control de funcionarios designados por la Dirección de Fabrica. Duración 2 meses Documentos El proveedor deberá presentar, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la Firma del Contrato, la nómina de personales propuestos a la I.N.C., debiendo realizar el proceso de selección de manera conjunta con la Dirección de Fábrica, con las siguientes documentaciones:
Reemplazo del personal El proveedor no podrá reemplazar al personal seleccionado, salvo por renuncia del mismo, pedido expreso de la INC o por motivos de fuerza mayor debidamente justificados. En caso de que el reemplazo fuese solicitado por la INC, el mismo deberá formalizarse en un plazo no mayor a 72 (setenta y dos) horas desde la presentación del pedido. En caso de que el personal propuesto por la contratista no recibe la aprobación de la convocante, no se aplicará multa mientras esté pendiente de aprobación. Multas/Descuentos La contratante aplicará multas al proveedor, cuando constate la ocurrencia de los hechos que a continuación se describen. Para el cálculo de las multas se tendrá en cuenta el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República, vigente en el mes en el cual ocurriere el incumplimiento. a) Control de asistencia de los trabajadores: mensualmente se contabilizarán las ausencias del trabajador no reemplazado por el proveedor, y se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales diarios por cada trabajador ausente que se haya constatado mediante acta. La misma multa se aplicará si el trabajador se retirase antes del horario establecido y no se haya producido el reemplazo del mismo. b) Equipos de Protección Personal: En caso de que no se proveyesen los equipos de protección personal (Cascos de seguridad, tapa bocas, guantes de cuero, zapatones) la multa será de dos (2) jornales. c) Comportamiento del personal: si el empleado incumpliese las obligaciones o trasgrediese las prohibiciones previstas en el Código del Trabajo, la multa será de 2 (dos) jornales. d) Incumplimiento de plazos señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito al proveedor, se aplicará una multa equivalente a un (1) jornal por cada día de retraso. e) Incumplimiento de plazos, en la entrega de documentos solicitados por la contratante (facturas, recibos, documentos referentes al cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, laborales y los que la contratante considere pertinentes), se aplicará una multa de un (1) jornal por cada día de retraso. f) Contravenir las medidas de prevención de accidentes de trabajo y limitación de responsabilidad: se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes. Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítems |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO PROGRAMADO DEL HORNO III DE LA FABRICA DE VALLEMI |
2 |
meses |
Planta Industrial de Vallemi Ciudad de San Lázaro Departamento de Concepción - Paraguay |
Los personales deberán presentarse en la Planta Industrial, para dar inicio a las tareas, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de la suscripción del contrato del proveedor con la INC. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Funcionarios designados por la Gerencia Industrial y/o Dirección de Fábrica de Vallemi verificarán, el cumplimiento de las EETT requeridas
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentado 1 (uno) Acta/Informe, de los Servicios realizados
Frecuencia: mensual
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta/Informe |
Acta/Informe |
Agosto 2022 |
Acta/Informe |
Acta/Informe |
Setiembre 2022 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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