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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
amanzur
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
05-07-2022 - 11:24
Fecha de Fin
07-07-2022 - 13:33
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Discrepancia entre lo establecido y el documento requerido. Procesos de limpieza y seguridad y vigilancia
Descripción
Todos los horarios establecidos en las especificaciones técnicas, deben incluirse en el formulario de planilla de pagos y deben ser congruentes con lo requerido en el Pliego de bases y condicones/carta de invitacion.
Comentario
He tomado conocimiento del cálculo realizado mediante la nota de reparo del 04/07, sin embargo, el calculo no se ajusta a las condiciones establecidas en el PBC.  Así mismo, para dicho calculo, se solicita considerar el Dictamen del MTSS publicado en el Portal- Marco Legal - Documento de interés . Cabe mencionar que la remuneración a los trabajadores asignados a la prestación de los servicios se realizará en forma mensual debido a que los servicios se prestan diariamente, de conformidad al artículo 232, inciso a) de la Ley N° 213/93, Código del Trabajo, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 496/95, no así por jornales, como se observa en el cuadro de cálculo remitido.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterio de Evaluación de Muestras subjetivo
Descripción
Verificado el Pliego de Bases y Condiciones no se observan parámetros o criterios de evaluación objetivos en lo que respecta a las inspecciones y pruebas a ser realizadas sobre a las muestras solicitadas, en contra de lo dispuesto en la Ley De Contrataciones Públicas. Se solicita la modificación del Pliego de Bases y Condiciones a fin de subsanar la situación expuesta
Comentario
Se indica que la solicitud de cotización de insumos en el formulario auxiliar, es para la evaluación y análisis de las ofertas, al respecto, en el PBC no se establecen criterios para la evaluación de dicho formulario, así mismo, se debe aclarar que el formulario auxiliar no puede ser considerado un documento sustancial. Las respuestas brindadas en la nota de reparo, en cuanto a las cantidades, y demás criterios de evaluación deben estar definidas en el PBC.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.