Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Sistema de Adjudicacion El llamado indica “Sistema de Adjudicación: Por el Total”, solicitamos a la convocante tenga a bien modificar dicho parámetro a Sistema de Adjudicación: Por ítem, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes y facilitara a la convocante la obtención de una mejor oferta en cada ítem. 12-07-2022 15-07-2022
2 *-SISTEMA DE ADJUDICACION En el SICP, Apartado ADJUDICACIÓN Y CONTRATO, se establece: “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: POR EL TOTAL” Al respecto se solicita a la Convocante que el sistema de adjudicación del presente llamado sea modificado y sean redistribuidos “POR ÍTEM”, esto considerando que los insumos requeridos son diversos, tampoco hay en nuestro país una amplia cantidad de empresas que tengan la comercialización, distribución o posibilidad de ofertar en conjunto los bienes solicitados en el proceso licitatorio, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes y una afectación a los intereses de la convocante que no tendrá acceso a los precios y ofertas más convenientes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 13-07-2022 15-07-2022
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