Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA Nª 02/2022

Asunción, 02 de agosto de 2022.-

 

 

Ref.: Licitación Pública Nacional SBE N° 01/2022 CONTRATACION DE SEGURO MEDICO PARA FUNCIONARIOS DEL IPTA - CONTRATO ABIERTO PLURIANUAL POR CANTIDADES MINIMAS Y MAXIMAS - ID N° 415.101

 

 

Señores

OFERENTES                                    

Presente

           

La Dirección de Contrataciones del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA), comunica a través de la presente Adenda, la modificación parcial a las Especificaciones técnicas cargadas en el SICP del llamado de referencia, la cual queda redactada y detallada en los siguientes términos:

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS

 


  1. CONDICIONESGENERALESDEPRESTACIÓN:
  • Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. El oferente adjudicado garantizará que las empresas que subcontraten, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al oferente adjudicado, excepto para las visaciones, las cuales podrán ser efectuadas en forma personal, correo electrónico o vía fax.
  • Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados. La lista de médicos del oferente adjudicado deberá estar discriminada, determinando exactamente cuáles son las que cubren íntegramente y cuáles son los que requieran Co Pago, en ningún caso se solicitará la visación de las órdenes de consulta, salvo las interconsultas con profesionales que no sean del plantel contratado por el oferente adjudicado.
  • En los casos de asistencia por emergencias en unidades de salud de localidades no exigidas en el contrato que se compruebe era una emergencia que impedía llegar hasta el centro asistencial habilitado por la pre paga, y cuyos servicios no se encuentren adheridos a la Prestadora se procederá al Reintegro de los Gastos ocasionados hasta el traslado al Centro Asistencial adherido al Seguro. La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 2 reembolsos por grupo familiar de 200.000 gs (doscientos mil guaraníes) hasta 10 días hábiles posteriores de la asistencia por emergencia; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 20 días posteriores a la solicitud de reembolso. Para la solicitud del reembolso, la factura a presentar, debe estar emitida a nombre de la Prestadora de Servicios, especificado el RUC de la misma
  • La utilización de los equipos de los Sanatorios Habilitados, utilizados en los procedimientos con cobertura serán a cargo de la Prestadora.
  • El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, orden médica visada y/o receta serán imprescindibles para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional. El oferente adjudicado proveerá a todos los beneficiarios, el carnet identificatorio y el listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, direcciones y teléfonos actualizados.
  • Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato.
  • Los servicios médicos sanatoriales, medicina por imágenes, laboratoriales, estudios de diagnósticos. Ecografía, tomografía, resonancia magnética, etc, así como los demás servicios que conforman la oferta, serán brindados por EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario (Titular, Grupo Familiar y/o Adherente) sin que sea requisito previo recurrir al PROVEEDOR Y/O PRESTADORA DE SERVICIOS en:
  1. Consultas con profesionales médicos habilitados en la oferta por la oferente
  2. Servicios de Urgencias en centros asistenciales habilitados por la oferente
  3. Servicios Sanatoriales:

      Asunción: En 2 (dos) Centros Asistenciales. El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 2 (dos) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.

      Gran Asunción: 2 (dos) Centros Asistenciales. El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 2 (dos) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.

  1. Medicina por imágenes: Asunción: En 2 (dos) Institutos. El oferente deberá indicar en la oferta, cuáles serán los 2 (dos) Institutos con régimen de libre elección.
  2. Servicios Laboratoriales: Asunción: En 2 (dos) Laboratorios. El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 2 (dos) Laboratorios habilitados con régimen de libre elección.

                        En el Interior de la República, todos los servicios con libre elección del titular.

 

  • La Prestadora de Servicios proveerá a todos los beneficiarios copia del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo no mayor a 30 (treinta) días posteriores a la firma del Contrato. Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 15 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
  • Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
  • Los centros asistenciales habilitados entregaran a requerimiento del beneficiario el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
  • LA PRESTADORA DE SERVICIOS, no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones internas a sus contratados y/o proveedores, es decir, no limitará la solicitud de exámenes, análisis, consultas, etc., a sus profesionales médicos o proveedores de servicio que ocasionen menoscabo a los beneficios contenidos en la cobertura.
  • El servicio administrativo de EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas. Asimismo, deberá proveer los números de teléfonos de las distintas áreas administrativas responsables de los diferentes servicios para los fines pertinentes.
  • El servicio administrativo de EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS en relación a las visaciones se aclara que las órdenes médicas y/o consultas médicas podrán realizarse en todos los casos en forma personal, vía correo electrónico, vía WhatsApp o vía fax.
      • La prestadora deberá remitir la correspondiente visación o respuesta en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas, excepto para las intervenciones o procedimientos programados que deberá remitir o responder en un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho horas) y los casos de urgencia que no deberá exceder los 30 (treinta) minutos.

 

      • Todo tipo de: estudios, análisis, procedimientos o consultas, coberturas odontológicas, que no establecen aranceles preferenciales en el presente llamado, deberán tener aranceles preferenciales, estos sean de al menos 50% del costo real.

 

      • Cuando la contratante no se encuentre conforme con la cobertura otorgada en cualquiera de las situaciones previstas en los párrafos anteriores, realizará el reclamo correspondiente a LA PRESTADORA la que tendrá un plazo máximo de 24 horas para dar una respuesta fundada al respecto.  El reclamo podrá ser realizado vía correo electrónico a las direcciones habilitadas por la prestadora.

 

      • LA PRESTADORA deberá proveer las direcciones de correo electrónico y los números telefónicos a los cuales los beneficiarios y adherentes podrán remitir las órdenes, en horario normal de oficina, para casos ambulatorios no derivados de la urgencia. En los casos de urgencia, el paciente asegurado deberá acudir directamente al servicio de urgencia y/o emergencia de los prestadores en convenio, sin necesidad de visaciones, únicamente con carnet y cédula de identidad.

 

  • Los médicos que realicen atenciones en consultorios particulares, en ningún caso solicitarán cobro de sus consultas, a excepción de los Co Pago, procedimientos, tratamientos, estudios, controles, etc. garantizados con la cobertura de este contrato.
  • El oferente deberá ofrecer como mínimo un Sanatorio Cabecera con categoría 3.

 

 


21. SERVICIOS SIN COBERTURA: Son los que o se detallan a continuación;

  • Intento de autoeliminación y sus secuelas ya sean físicos o mentales.
  • Cirugía con fines estéticos.
  • Tratamiento médico - quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación.
  • Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
  • Malformaciones congénitas en adultos y niños.
  • Atenciones y tratamientos médicos para fin anticonceptivo, excepto las consultas.
  • Eventos congénitos.
  • Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica del Paraguay reconocida.
  • Formolizaciones.
  • Acupunturas, celuloterapia, homeopatía y quiropraxia. Uvulo Palatoplastia.
  • Tratamiento en dietología.
  • Lipoaspiración y cirugía bariatrica y/o metabólicas y sus consecuencias. Estudios previos y posteriores en caso de cirugías bariatricas y/o metabólicas
  • Diálisis y hemodiálisis en todos los casos
  • Cirugías vasculares periféricas.
  • Accidente cerebrovascular y/o sus consecuencias.
  • Tratamiento para adictos a drogas y alcohol, así como sus consecuencias.
  • Biopsias por congelación e inmunohistoquimica
  • Eventos quirúrgicos que no se haya requerido con anticipación al mismo o no cuenten con una visación previa, salvo excepciones comunicadas por la Convocante y/o asegurado
  • Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
  • Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol.
  • Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes.
  • Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA.
  • Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas, o a consecuencia de lesiones sufridas por accidente ocasionados por encontrarse bajo el influjo del alcohol y/o drogas.
  • Daños a la salud generados por siniestros naturales extremos o excepcionales, como terremotos y huracanes. Daños a la salud generados por atentados biológicos. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Lluvia radiactiva, Terrorismo, Epidemias declaradas como tales o en Estado de Alerta.
  • Tratamientos con Ondas de choque. .
  • Eventos de Alta Complejidad, como ejemplo; accidente cerebro vasculares, enfermedades neurológicas, enfermedades llamadas cáncer, lesiones cerebrales que produzcan estado vegetativo, cirugías vasculares periféricas, etc.
  • Cirugías traumatológicas no contempladas en el PBC.
  • Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes extremos
  • Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser, con fines estéticos.
  • Patologías o eventos preexistentes a la firma del presente contrato no contempladas en el presente PBC.
  • Atención y tratamiento de eventos oncológicos.
  • Secuelas de intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales no pertenecientes al plantel médico de la CONTRATADA.
  • Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, sten, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
  • Quemaduras de segundo y tercer grado o cuando excedan el 50% de la superficie corporal
  • Tratamiento de quimioterapia, radioterapia y sus complicaciones o secuelas.
  • Trasplantes de órganos, implantes, explantes, injertos, plastias y prótesis.
  • En los caso en que algún Beneficiario este internado y presente el diagnostico de coma con Glasgow 3/15, 4/15, 5/15 con o sin dependencia crónica de respirador, sumando a otros signos clínicos de muerte cerebral certificada por electroencefalograma sin actividad eléctrica, según criterio de la Organización Mundial de la Salud.
  • Cirugías, histeroscopia diagnostica o terapéutica, hemorroides, fistulas y demás cirugías no contempladas en el pliego de bases y condiciones.
  • Todo lo que no esté debidamente expresado en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas.
  • Este Listado es limitado

 


  1. ANEXO DE CENTROS ASISTENCIALES REQUERIDOS:

Para las consultas e internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales

como mínimo

ASUNCIÓN

7 (SIETE)

(2 con terapia para adultos y niños) como mínimo)

SAN LORENZO

1 (UNO)

FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

LUQUE

1 (UNO)

LIMPIO

1 (UNO)

MARIANO ROQUE ALONSO

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

* Caacupé

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PARAGUARI

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU

  • Cnel Oviedo
  • Caaguazú

1 (UNO)

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE GUAIRA

* Villarrica

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ITAPUA

  • Encarnación
  • María Auxiliadora
  • Hohenau

2 (DOS)

1 (UNO)

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA

* Ciudad del Este

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CONCEPCION

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE MISIONES

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

  • San Estanislao
  • San Pedro del Ycuamandyju

1 (UNO)

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE AMAMBAY

* Pedro Juan Caballero

 

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CANINDEYU

* Puente Kyjha

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE BOQUERON

* Filadelfia

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PRESIDENTE HAYES

1 (UNO)

Para la prestación de estudios de diagnósticos laboratoriales, la Prestadora de Servicios deberá garantizar los centros laboratoriales de los sanatorios ofertados y 3 (tres) centros laboratoriales tercerizados como mínimo, reconocidos por su solvencia y calidad técnica, para garantizar los requerimientos del presente PBC.

 

La Convocante a solicitud de sus funcionarios distribuidos en los diversos Centros de Investigación y Campos Experimentales, podrá solicitar a la Prestadora de Servicios Médicos, la inclusión de otros centros médicos asistenciales o laboratoriales, que puedan ofrecer sus servicios, esto en especial atención a la distribución geográfica de cada Centros de Investigación y Campos Experimentales que posee el IPTA, a fin de poder otorgar eficientemente en tiempo y forma en caso de que sean necesario el usufructo del servicio objeto del presente llamado.

La Proveedora del Servicio adjudicada, deberá presentar un listado con todos datos de los centros asistenciales propuestos, este listado deberá ser carácter de Declaración Jurada debidamente firmado por el/los representante/s del oferente. Este documento formará parte integrante de la oferta. Además, deberá notificar a la Contratante, por escrito, de manera inmediata de cualquier cambio realizado en relación al mismo.

 

Se modifican las fechas topes de Consultas y Respuestas, Inicio de Propuestas, etapa Competitiva y Entrega y Apertura de Sobres quedando conforme a lo establecido en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).

 

 

 

 

 

 

 

Lic.: Ramiro Sánchez, Director

Dirección de Contrataciones IPTA

 

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
  • Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/415101-contratacion-seguro-medico-funcionarios-ipta-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda