Consulta:
Según se establece en el articulo Nº50 de la ley 2051: "La visita al sitio de obra podrá estar regulada en el Pliego de Bases y Condiciones, con indicaciones de fecha, hora y procedimiento. Además, todo Oferente que no efectúe dicha visita, estando ésta regulada en el Pliego, deberá declarar expresamente en su oferta que conoce el sitio de los trabajos y que cuenta con la información necesaria relativa a la zona para preparar la oferta y celebrar el Contrato". Se entiende así que la visita a zona de obra NO puede ser tomada como obligatoria y puede ser reemplazada por una declaración jurada. Favor responder si esta aseveración es correcta.