El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
| ITEM | DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACION |
| 1 |
OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL |
Pureza mín. requerida para el oxígeno líquido será de 99,5 %, =/< 6 ppm de H2O. Impurezas CO2 <= 300 ppm y CO<5ppm. Humedad < 67 ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto, emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
M3 |
Unidad |
| 2 |
OXIGENO GASEOSO MEDICINAL |
La pureza mínima para el Oxígeno Gaseoso Medicinal será de 99,5%, =/<200ppm de humedad. Los productos en fase gaseosa de grado medicinal deben ser proveídos con certificado de análisis por lote. Para cada caso el proveedor deberá presentar certificado de pureza de los gases anteriormente mencionados emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
M3 | Unidad |
| 3 |
OXIDO NITROSO MEDICINAL |
Gas licuado comprimido con menos del 98% V/V de pureza, Humedad < 67 ppm. Impurezas: CO2< 300ppm, CO< 5 ppm, Óxido de Nitrógeno <2ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
Kg | Unidad |
| 4 |
NITRÓGENO LIQUIDO MEDICINAL |
Pureza mínima requerida:> 99,0% |
M3 | Unidad |
| 5 |
GAS CARBÓNICO MEDICINAL |
La pureza mínima requerida es de 99,8 %, impurezas de: CO =< 10ppm, Humedad <= 200 ppm, amoniaco <= 25 ppm, NOX =< 2,5 ppm, SO2 <= 5 ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
KG | Unidad |
| 6 |
AIRE COMPRIMIDO MEDICINAL |
Pureza mínima en O2: 19,9% V/V Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
M3 | Unidad |
| 7 |
ACETILENO DISUELTO |
Pureza requerida 98% acetileno, < 500 ppm fosfina, < 500 ppm arsina, < 50ppm v/v sulfito de H2 y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. |
Kg | Unidad |
| 8 | NITRÓGENO GASEOSO MEDICINAL | Pureza mínima requerida : > 99.5%, Impureza máxima de CO2: < 300 ppm, CO < 5 ppm, O2 :< 50 ppm, Humedad: < 60ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. | M3 | Unidad |
OTRAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
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EQUIPOS Y ACCESORIOS EN COMODATO A SER INSTALADOS |
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HOSPITAL NACIONAL DE ITAUGUÁ |
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CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
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2 |
Sitio con base de hormigón, cercado perimetral, puerta de emergencia y grifos e iluminación en la zona de los tanques criogénicos. |
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1 |
Tanque Criogénico Principal para OXÍGENO LÍQUIDO equipado con manómetro diferencial tipo ITT Barton. Capacidad mínima de 10.000 litros. |
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1 |
Vaporizador Atmosférico para oxígeno (Tanque Principal), montado en tubos aletadas de Aluminio, con capacidad mínima de 200m3/hora. |
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1 |
Tanque Criogénico de Emergencia (backup) para OXÍGENO LÍQUIDO equipado con manómetro diferencial tipo ITT Barton. Capacidad mínima de 2.000 litros, para aguantar mínimo aproximadamente 8 horas de consumo de oxigeno de la Institución. |
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1 |
Vaporizador Atmosférico para oxígeno (Tanque Emergencia), montado en tubos aletadas de Aluminio, con capacidad mínima de 150 m3/hora. |
|
2 |
Cuadro de doble regulación de presión de línea; para tanque de O2 compuesto por: 2 válvula de seguridad de 150 psi, 1 válvula de seguridad de 280 psi, 2 válvula de retención, 2 filtros criogénicos, 4 Válvula esférica de 1, 2 reguladores con manómetros. |
|
2 |
Panel de alarma Operacional, audiovisual para OXÍGENO, con botón de Test y Silencio. |
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3 |
Equipos Telemetría (monitoreo a distancia), que mide presión y nivel de los tanques criogénicos |
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1 |
CAUDALÍMETRO DIGITAL. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión para contener Gas Carbónico Medicinal de 20 a 30 Kg de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión para contener Oxígeno Medicinal de 6 a 7 m3 de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión para contener Aire Comprimido Medicinal de 6 a 7 m3 de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión para contener Nitrógeno Medicinal de 6 a 7 m3 de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión para contener Óxido Nitroso Medicinal de 29 a 33 Kg de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta presión Portátiles; para contener Oxígeno Medicinal de 1 a 3 m3 de capacidad. |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de mínimo 47 litros para contener Nitrógeno Liquido medicinal |
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Mínimo 1 |
Cilindros de Acero de Alta Presión, para contener Acetileno disuelto de 3 Kg como mínimo |
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Observación: Las cantidades máximas serán utilizadas en el periodo de un mes, si fuesen necesarias. |
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Mínimo 13 Máximo 40 |
Regulador de presión de segunda reducción, para oxigeno. Debe de ser compatible con el sistema de distribución actual del Hospital Nacional. |
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Mínimo 2 Máximo 80 |
Regulador de presión de segunda reducción, para aire comprimido. Debe de ser compatible con el sistema de distribución actual del Hospital Nacional. |
Requerimientos técnicos.
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Accesorios Medicinales
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Cantidad
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| Toma aparente de Oxigeno DISS | 50 |
| Toma aparente de Vacio DISS | 50 |
| Toma aparente de Aire DISS | 50 |
| Flujometro DISS_0-15lpm | 50 |
| Humificador 250 cc. | 50 |
| Frasco de 1000 cc | 50 |
| Regulador de Vacio | 50 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
|
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
|
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
| 1 |
OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL |
Según necesidad |
M3 |
Centro Medico Nacional - Hospital Nacional de Itauguá |
Según Necesidad horario de 07:30 a 13:00 hs, de lunes a viernes. EN CASO DE EMERGENCIAS POR FALTA DEL BIEN LAS ENTREGAS PODRAN SER SUMINISTRADAS LAS 24 HS. DE LUNES A LUNES. |
| 2 |
OXIGENO GASEOSO MEDICINAL |
Según necesidad | M3 | ||
| 3 |
OXIDO NITROSO MEDICINAL |
Según necesidad | Kg | ||
| 4 |
NITRÓGENO LIQUIDO MEDICINAL |
Según necesidad | M3 | ||
| 5 |
GAS CARBÓNICO MEDICINAL |
Según necesidad | KG | ||
| 6 |
AIRE COMPRIMIDO MEDICINAL |
Según necesidad | M3 | ||
| 7 |
ACETILENO DISUELTO |
Según necesidad | Kg | ||
| 8 | NITRÓGENO GASEOSO MEDICINAL | Según necesidad | M3 |
|
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
|
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Conforme al Plan de entrega establecido en el PBC |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Conforme al Plan de entrega establecido en el PBC |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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1. Personas Físicas / Jurídicas |
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a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
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b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
| c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
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d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
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e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
| f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
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2. Documentos. Consorcios |
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a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
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b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
|
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
|
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |