Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
MARCA: RENAULT MASTER |
TOTAL |
530.000.000.- |
SIN FRANQUICIA |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Seguro para Ambulancias por el periodo de 03 meses.
Ítems |
Chasis |
Chapa Provisoria |
Marca |
AÑO |
Valor Neto Contable |
1 |
93YMAF4KCNJ111388 |
IID 510 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
2 |
93YMAF4KCNJ111397 |
IID 475 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
3 |
93YMAF4KCNJ111398 |
IID 476 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
4 |
93YMAF4KCNJ111401 |
IID 512 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
5 |
93YMAF4KCNJ111395 |
IID 477 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
6 |
93YMAF4KCNJ111400 |
IID 479 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
7 |
93YMAF4KCNJ111393 |
IID 482 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
8 |
93YMAF4KCNJ111399 |
IID 509 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
9 |
93YMAF4KCNJ111389 |
IID 511 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
10 |
93YMAF4KCNJ111391 |
IID 481 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
11 |
93YMAF4KCNJ111396 |
IID 478 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
12 |
93YMAF4KCNJ111392 |
IID 507 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
13 |
93YMAF4KCNJ111394 |
IID 508 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
14 |
93YMAF4KCNJ111390 |
IID 515 |
RENAULT MASTER |
2021 |
530.000.000 |
Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas:
RIESGOS A SER CUBIERTOS:
La Póliza deberá cubrir el robo o hurto total o parcial del vehículo ocurridos mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito, u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República.
La Póliza deberá cubrir también, hasta el vencimiento del contrato, los riesgos cuando fuere causado por tumulto y/o Alboroto y/o Huelga que revista tales caracteres.
2.1. RIESGO CUBIERTO: La Póliza de Seguro deberá garantizar el pago de toda indemnización que tuviera que realizar el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social por su responsabilidad civil por daños personales y/o materiales causados a terceros ocasionados por el vehículo asegurado o por carga transportada por el mismo vehículo.
2.2. INDEMNIZACION: El pago de las indemnizaciones deberá estar sujeta a los siguientes términos:
3.1 RIESGO CUBIERTO: La Póliza debe cubrir el pago de las indemnizaciones, en el caso de que las personas transportadas en el vehículo asegurado sufran lesiones corporales, invalidez permanente o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado.
3.2 INDEMNIZACIONES: En caso de muerte e incapacidad permanente a consecuencia del accidente del conductor y/o acompañante, hasta 50.000.000 por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes del vehículo. Asistencia médica o gastos médicos al conductor y/o acompañante, hasta la suma de Gs. 7.500.000 por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes del vehículo.
La indemnización será determinada según siguiente escala:
|
INDEMNIZACION MAXIMA |
|
INDEMNIZACION MAXIMA |
|
80% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
80% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
35 % DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
25% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
20% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
12,5% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
|
5% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
Nombre, cargo y dependencia de la Institución que solicita el llamado: El presente Procedimiento es Iniciado a través del SERVICIO DE EMERGENCIA MEDICA EXTRAHOSPITALARIA SEME, siendo el Director el Dr. José Otaño, solicitante de la misma.
Justificación de la necesidad: A efectos de Asegurar los rodados que forman parte del patrimonio de la Institución, así como también, ocupantes de los rodados y terceros en casos de siniestros.
Justificar la planificación: El presente llamado se realiza en forma periódica
Justificación de las especificaciones técnicas: Las especificaciones técnicas están elaboradas en base a las necesidades y requerimientos de los tipos de seguros requeridos para los bienes de la Institución.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA
La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Entrega del 100% de las pólizas correspondientes a la Orden de Servicio. |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
El plazo de Entrega de la póliza será de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de remisión de la Orden de Servicio expedida por el Administrador del Contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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