Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 *- Experiencia requerida En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice: “a) Deberá demostrar experiencia de al menos 5 (cinco) proyectos ejecutados satisfactoriamente, y que implique implementación o despliegue en al menos 2(dos) sitios o más, situados en Departamentos distintos de la República del Paraguay.” Solicitamos a la convocante, que este requisito sea eliminado de las exigencias de experiencia, considerando que el proyecto solicitado y objeto de la presente licitación no contempla la instalación o despliegue de 2 (dos) sitios o más situados en Departamentos distintos de la República del Paraguay, por lo que claramente este requisito está incluido en las exigencias de manera arbitraria con el objeto de restringir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-06-2022 15-06-2022
12 *- Experiencia requerida En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice: “c) Demostrar la experiencia en provisión de bienes y/o servicios de infraestructura en Tecnología de la Información, montaje de Equipos Informáticas en Laboratorio para Operaciones a Instituciones del Estado y/o privadas de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al (50 %) como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 3 años: 2019, 2020 y 2021.” Solicitamos a la convocante, que sea aceptada la experiencia en provisión de bienes y/o servicios de infraestructura en Tecnología de la Información y/o montaje de Equipos Informáticos en Laboratorio a Instituciones del Estado y/o privadas de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al (50 %) como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 3 años: 2019, 2020 y 2021, de manera a permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-06-2022 15-06-2022
13 *-Plan de entrega de los bienes En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, la convocante establece: “Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la recepción de la Orden de Compra” Considerando la envergadura del llamado licitado que involucra la provisión y MONTAJE DE EQUIPOS INFORMATICOS PARA LABORATORIO, tal como lo expresa el Pliego de Bases y Condiciones en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CONDICIONES GENERALES, donde dice: “Instalación: instalación completa de todo el equipo informático que compone el aula/laboratorio y su entrega será puesta en marcha y llave en mano.” Entendemos que el plazo establecido es extremadamente exiguo para proveer, montar, instalar y poner en funcionamiento todo el equipamiento solicitado. En consecuencia a lo expuesto, solicitamos respetuosamente a la convocante que los plazos de entrega sean de 60 (Sesenta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra, como mínimo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país y atendiendo además a que continua vigente la situación de restricciones ante la persistencia de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de las medidas sanitarias adoptadas en China –principal país productor de componentes electrónicos e informáticos- y los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-06-2022 15-06-2022
14 *- Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice: “c. El Oferente incluirá una nómina de personal técnico especializado en la solución ofertada que estará a disposición para la ejecución del contrato al momento de la presentación de su propuesta. Dicho personal técnico deberá estar compuesto de al menos: ✓ Un (1) ingeniero y/o técnico superior en electricidad con registro profesional vigente y experiencia mínima de 3 años comprobada. Podría ser contratado exclusivo para el Proyecto” Al respecto, solicitamos a la convocante, sea aceptado al menos Un (1) técnico con registro profesional vigente y experiencia mínima de 3 años comprobada, ya que al contar con el registro profesional vigente y con experiencia comprobada, la convocante ya se asegura que la implementación de la red eléctrica sea realizada conforme a las normas de Baja Tensión exigidas por la ANDE, no siendo necesario que cuente con el título de ingeniero o técnico superior en electricidad. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-06-2022 15-06-2022
15 *- Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice: “c. El Oferente incluirá una nómina de personal técnico especializado en la solución ofertada que estará a disposición para la ejecución del contrato al momento de la presentación de su propuesta. Dicho personal técnico deberá estar compuesto de al menos: ✓ Un (1) ingeniero y/o técnico especialista certificado por el fabricante de los equipos ofertados (Servidor, Cliente Delgado, Tarjeta gráfica/salida, Rack, Switch y UPS, cableado del sistema (Instalación y puesta en funcionamiento) con experiencia mínima de 3 años comprobada.” Al respecto, solicitamos a la convocante que sea excluido el requisito de contar con un técnico especialista certificado por el fabricante de la Tarjeta gráfica/salida, considerando que estos corresponden a accesorios y componentes cuyos fabricantes no certifican a los técnicos de manera individual, sino que las tarjetas vienen certificadas y recomendadas por el fabricante de las PCs para trabajar con determinado modelo. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-06-2022 15-06-2022
16 *-Muebles para el Laboratorio En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en las especificaciones técnicas y condiciones generales se menciona que el cableado del sistema de control y cableado eléctrico, deben realizarse hasta la mesa y que las estaciones de trabajo de los instructores deberán instalarse en un escritorio tipo L con su propia silla ejecutiva. Al respecto, entendemos que los muebles mencionados (mesa, escritorio y sillas) no forman parte de la provisión en este llamado y que la convocante proveerá estos mobiliarios en el sitio de instalación para que el adjudicado pueda realizar el cableado hasta los muebles. Solicitamos por favor confirmar que nuestra apreciación es correcta de manera a presentar una propuesta conforme a los requerimientos de la convocante. 14-06-2022 15-06-2022
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