Saludos Cordiales.
Se ha procedido a emitir la Adenda al requerimiento
Favor consultar en el SICP.
Gracias
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ANALISIS DE PRECIOS OFERTADOS
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros: 1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación. Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada. El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional. Con relaciona a los precios referenciales indicados en la planilla de ítems solicitados en este llamado, hemos notado que los mismos se encuentran por encima de los precios de mercado, por tanto, entendemos que durante la etapa de evaluación, a los efectos de la presentación del desglose de precios, la convocante aceptará documentos que demuestren que los precios se encuentran conforme los parámetros de mercado y que son ejecutables, es correcta nuestra interpretación?
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros: 1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación. Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada. El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional. Con relaciona a los precios referenciales indicados en la planilla de ítems solicitados en este llamado, hemos notado que los mismos se encuentran por encima de los precios de mercado, por tanto, entendemos que durante la etapa de evaluación, a los efectos de la presentación del desglose de precios, la convocante aceptará documentos que demuestren que los precios se encuentran conforme los parámetros de mercado y que son ejecutables, es correcta nuestra interpretación?
Saludos Cordiales
La evaluación de los Precios Ofertados se efectuara de conformidad a lo establecido en el PBC. Con relación a la consulta en particular, solicitamos nos indique cual Ítem o Partida no se encuentra dentro de los precios del mercado y adjunte la documentación técnica sobre el mismo, a fin de derivar al área requirente.
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Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
Con relacion a este punto solicitamos favor puedan considerar como opcional dicho documento teniendo en cuenta la derogacion de la Ley N° 6355/19 según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1
20-07-2022
21-07-2022
Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
Con relacion a este punto solicitamos favor puedan considerar como opcional dicho documento teniendo en cuenta la derogacion de la Ley N° 6355/19 según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1
Saludos Cordiales.
En relación a la aplicación de la Ley N° 6919/2022, se indica que se dará cumplimiento a lo establecido en la Circular DNCP N° 10/2022 y las demás indicaciones emitidas por la entidad normativa (DNCP).
Atte.
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VISITA AL LUGAR DE OBRAS
Respetuosamente consultamos a la convocante aclarar la fecha de visita a la obra, no está visualizado en el pliego actual, ademas; en la adenda sobre mencionada consulta; hace referencia a que hay modificaciones y el link para comparar las versiones del pliego anterior, pero no así de la fecha para la visita a las obras.
Por favor si la convocante puede darnos esa oportunidad de participar del llamado y aclarar la hora y fecha de visita a las obras. Muchas gracias.
Respetuosamente consultamos a la convocante aclarar la fecha de visita a la obra, no está visualizado en el pliego actual, ademas; en la adenda sobre mencionada consulta; hace referencia a que hay modificaciones y el link para comparar las versiones del pliego anterior, pero no así de la fecha para la visita a las obras.
Por favor si la convocante puede darnos esa oportunidad de participar del llamado y aclarar la hora y fecha de visita a las obras. Muchas gracias.
Saludos Cordiales.
Favor Remitirse al PBC. En la Sección "Datos de la Licitación" del documento estándar de licitación electrónica, podrá visualizar lo requerido.
Atte.