El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item |
DESCRIPCION DEL BIEN/SERVICIO |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
1 |
AZUCAR BLANCA |
Para enajenación de Azúcar blanca Tipo I de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin humedad y sin sustancias extrañas contaminantes mediante procesos tecnológicos apropiados con una polarización igual o mayor de 99,7 º Z. Exenta de materia extraña y de sustancias de uso no permitido. Ausente de pesticidas, plaguicidas y sus metabolitos no podrán superar los límites establecidos por el Codex Alimentarius. Sin adición de colorantes ni de otras sustancias que modifiquen la naturaleza del producto. Con granos de cristal blanco uniforme del azúcar blanco. Inocuo y apto para consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR x 5 KILOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
2 |
SAL FINA |
Sal fina de consumo humano adicionada de yodato de potasio, en el nivel establecido en la legislación vigente sobre enriquecimiento de sal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano. (Resol. GMC 46/03). COTIZAR X 1 KILO. PRESENTACION: EN PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
3 |
YERBA MATE |
Yerba mate formado exclusivamente por las hojas mezcladas o no con fragmentos de ramas jóvenes, pecíolos, pedúnculos florales y semillas de la planta Ilex paraguariensis Saint Hillaire (Aquifoliaceae), sometida a proceso de sapecado, secado y a proceso de zarandeo y molienda. No debe contener productos extraños o estar ardida, alterada, agotada o coloreada artificialmente. Inocua y apta para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X 5 KILOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
4 |
ARROZ |
Arroz grano largo, fino tipo 1. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR X 5 KILOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
5 |
FIDEO SPAQUETTI |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo spaghetti elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: PAQUETE X 400 GRAMOS COMO MINIMO. |
6 |
FIDEO MOÑITO |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo spaghetti elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: PAQUETE X 400 GRAMOS COMO MINIMO. |
7 |
FIDEO TALLARIN |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo spaghetti elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: PAQUETE X 400 GRAMOS COMO MINIMO. |
8 |
HARINA DE TRIGO |
Con el nombre de harina de trigo enriquecida con harina de trigo y vitaminas del tipo OOO. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR X POR 5 KILOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
9 |
POROTO ROJO |
Poroto seco (paquete de 1000 gramos) obtenido de la semilla desecada de la especie Vigna sinensis de la variedad poroto rojo cuyos granos son de color gris moteado. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR EN PAQUETE DE 1 KILO. PRESENTACION: PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
10 |
CAFÉ MOLIDO |
Empaquetado en origen, con un vencimiento mínimo de 6 meses posteriores a la fecha de recepción del mismo, los envases deben contener la marca, información |
11 |
CAFÉ SOLUBLE INSTANTANEO |
Granuloso soluble. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR EN FRASCO X 200 GRAMOS. PRESENTACION: FRASCO POR 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
12 |
SALSA DE SOJA |
La salsa de soja es un condimento líquido que se obtiene por la fermentación de los granos de soja y/o la hidrólisis de proteínas vegetales. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X 900 ML. PRESENTACION: FRASCO X 900 ML COMO MINIMO. |
13 |
CHOCLO EN LATA |
Granos de choclo variedad de maíz saccharata envasados en recipientes aptos y sometidos a esterilización. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: LATA X 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
14 |
ARVEJAS EN LATA |
Conserva de arveja seca remojada envasadas en recipientes aptos y sometidos a esterilización. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: LATA X 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
15 |
MAYONESA |
Mayonesa, se entiende la salsa constituida por una emulsión de aceite vegetal comestible en huevo y agua, sazonada con vinagre y/o jugo de limón, con o sin condimentos, aceites esenciales, extractos aromatizantes, envasada en un recipiente bromatológicamente apto. Deberá ser reducida en grasas totales en un 25% con respecto a la mayonesa normal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: FRASCO X 500 GRAMOS. |
16 |
OREGANO SECO |
Hojas secas aromáticas, de color verde-marrón, ligeramente amargo, sabor y olor típico de hojas de orégano, para uso en carnes, salsa y otros. Presentación en bolsas selladas de 50 gramos. que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. RSPA. RE. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE DE 100 GRAMOS COMO MINIMO. |
17 |
LAUREL DE ESPAÑA SECO |
Hojas de laurel de España, sanas, limpias, desecadas, de tonos verde pálido, aromáticos, lanceolados, utilizados ampliamente en culinaria. En paquetes cerrados herméticamente, peso mínimo 50 gramos, que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. RSPA. RE. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE DE 15 GRAMOS COMO MINIMO. |
18 |
TE DE ANIS EN SOBRES |
Te de anís. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN CAJA POR 20 SAQUITOS C/U COMO MINIMO |
19 |
TE NEGRO INSTANTANEO |
Té negro corresponde al producto obtenido mediante marchitado, enrulado, fermentado y secado de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos. Producto obtenido por el procesamiento conveniente de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos de la especie Camellia sinensis. Inocuo y apto para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN CAJA CON 20 SAQUITOS DE 2 GR. C/U COMO MINIMO |
20 |
JUGO ELABORADO A BASE DE EXTRACTO DE FRUTAS SABORES VARIADOS |
Elaborado a base de extracto de frutas, Sabores variados. Presentación en Envases higiénicos, herméticamente cerrados, sin imperfecciones y /o abolladuras. Contenido neto 1 Litro. Con buen sabor y aroma. Deberá llevar impreso la marca. ROTULADO: Fecha de elaboración y vencimiento: especificando día mes y año. Indicaciones nutricionales y marca del fabricante visibles. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN ENVASE DE 1 LITRO COMO MINIMO. |
21 |
EDULCORANTE LIQUIDO |
Edulcorante liquido en frasco. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN FRASCO POR 500 ML COMO MINIMO. |
22 |
EXTRACTO DE TOMATE |
Se entiende por Concentrados de tomate, productos obtenidos por concentración del jugo y pulpa de tomates frescos, herméticamente cerrados. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: POTE DE 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
23 |
ATUN |
Conservas de atún en agua, preparadas con filetes de pescados envasadas en sal negra, debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN LATA X 170 GRAMOS COMO MINIMO. |
24 |
VINAGRE DE MANZANA |
Vinagre de manzana, el producto elaborado exclusivamente de la fermentación ascética del vino blanco. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN ENVASE DE 750 ML. COMO MINIMO. |
25 |
AJO |
Ajo de tamaño grande, sano, entero, con piel firme, seco y limpios en perfecto estado de conservación, sin brotes. La provisión se hará en bolsa de polietileno limpio y sano. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). COTIZAR POR KILO. PRESENTACION: PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
26 |
MANZANA ROJA |
Sanas, sin golpes, ni lesiones producidas por insectos, sin manchas, con una maduración del 90% aproximadamente, limpias, de tamaño uniforme. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN PAQUETE POR 1 KILOS. |
27 |
ÑOQUIS DE PAPA |
Pastas alimenticias con el nombre de Ñoquis Frescos, precocidos, envasados en paquetes de 500 grs. elaborada a base de papas y harina de trigo ricas en gluten o harinas. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN PAQUETE POR 500 GRAMOS. |
28 |
DISCO PARA EMPANADA |
Fresco elaborado a base de harina de trigo, con fecha de elaboración y vencimiento, envasado en paquetes de 12 unidades. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN PAQUETES DE 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
29 |
HUEVO DE GALLINA,TIPO A, COLOR ROJO |
Huevos frescos de gallina tipo 1 o A, color rojo, cáscara limpia, seca y sin rajadura, en planchas de cartón limpias, cerradas con film, debe mencionar Registro de Establecimientos con habilitación del SENACSA. COTIZAR X PLANCHAS DE 30 UNIDADES. PRESENTACION: EN PLANCHAS POR 30 UNIDADES COMO MINIMO. |
30 |
HARINA DE MAIZ |
Con el nombre de harina de maíz precocida obtenida de los granos de maíz y sometido a un proceso de molienda. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X KILO. PRESENTACION: EN PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO. |
31 |
LECHE ENTERA LIQUIDO |
LECHE ENTERA, Leche entera UAT, envases Tetra Brik de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN- MSPYBS COTIZAR EN ENVASE POR 1 LITRO. PRESENTACION: EN CAJA DE 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
32 |
LECHE DESCREMADA LIQUIDO |
LECHE DESCREMADA, envases Tetra Brik de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN- MSPYBS COTIZAR EN ENVASE POR 1 LITRO. PRESENTACION: EN CAJA DE 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
33 |
QUESO PARAGUAY |
Queso tipo Paraguay, se entiende por queso fresco no congelado, elaborado con leche vacuna, sin olor ni sabor desagradable en perfecto estado de conservación, envasado. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X KILO. PRESENTACION: ENVASADO AL VACIO X 1 KILO COMO MINIMO. . |
34 |
QUESO RALLADO |
Queso rallado 100% reggianito. de 120 gramos Rotulado Lista de ingredientes, fecha de vencimiento año y mes, conservantes o exaltadores de sabor y aroma, deberá declararse en el etiquetado. Envase Limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, con N° de R.E., R.S.P.A., conservar en lugar fresco y seco, al abrigo de la luz solar. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE X 120 GRAMOS COMO MINIMO. |
35 |
MARGARINA |
Elaborado de grasas y aceites vegetales, con sal, color amarillo claro, con consistencia tersa, libre de grumos. Asimismo, deberá ser proveído exenta de mohos, olores extraños y rancios. Envasado en potes herméticamente cerrado, sin imperfecciones ni abolladuras, en perfecto estado de conservación. El pote deberá llevar impreso la marca, la fecha de vencimiento y la Información nutricional. Número de Registro del Producto (RSPA N°) y Número de Registro de Establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN POTE X 500 GRAMOS COMO MINIMO. |
36 |
MERMELADA DE GUAYABA |
Elaborado de guayaba, sin sabor ni olor desagradable, envasado higiénicamente; con un plazo mínimo de seis meses antes de su vencimiento. Con la marca del bien debidamente detallada en el envase del producto. Descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el envase. Número de Registro del Producto (RSPA N°) y Número de Registro de Establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN POTE X 500 GRAMOS. |
37 |
GALLETA MOLIDA |
Elaborado de Molida de galleta seca envasado higiénicamente, en buen estado de conservación, sin sustancias contaminantes. Inocuo y adecuado para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X KILO. PRESENTACION: EN PAQUETES X 1 KILO COMO MINIMO. |
38 |
GALLETAS SECA |
Producto obtenido por la cocción de una masa no fermentada o con escasa fermentación, constituidos por una mezcla de harina y agua, con o sin sal, con o sin manteca y/o grasas alimenticias, con adición de anís. Presentado en forma de bollos de diversos tamaños oscuros por la tostación en su parte externa y de color blanco en su interior. El contenido de agua no será superior a 30,0% a 100-105 °C y las cenizas a 500-550 °C no mayor de 2,30%. Inocuo y adecuado para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
39 |
ROSQUITA A LA MANTECA |
Rosquita a la manteca, elaborados con harina de trigo tipo 000, suaves de agradable sabor. Producto alimenticio obtenido por la cocción en hornos a temperatura conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin adición de azúcar, con o sin adición de anís, cuya forma responda a su designación. Inocuo y apto para consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA DE 5 KILOS COMO MINIMO. |
40 |
GALLETITAS SALVADA |
Plantilla: DNCP000064 - Versión 2 |
41 |
ACEITE DE SOJA |
Deberá estar en buen estado de conservación, sin olor ni sabor desagradable, de color firme y que reúnan las características de acuerdo al tipo de aceite. ENVASE: Deberán ser originales de fábrica, higiénicos, herméticamente cerrados, sin imperfecciones ni abolladuras. ROTULADO: Fecha de elaboración y vencimiento especificando día mes y año. Indicaciones nutricionales y marca del fabricante visibles. COTIZAR POR ENVASE DE 800 A 900 ml. PRESENTACION CAJA X 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
42 |
CARNE VACUNA ENLATADA |
Carne vacuna picada en trocito de primera, herméticamente sellado, en muy buen estado de conservación, fecha de vencimiento no inferior a 4 (cuatro) meses a partir de la fecha de entrega, materia prima de origen, resistentes, con marca del fabricante visible. Descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el envase. Número de Registro del Producto (RSPA N°) y Número de Registro de Establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: LATA X 340 GRAMOS COMO MINIMO. |
43 |
CARNAZA DE PRIMERA |
Carnaza de primera, Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
44 |
CARNE MOLIDA |
Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos con cámara refrigeradora, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 12 hs. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
45 |
PUCHERO DE PRIMERA |
Puchero Libre de contusiones, de aproximadamente 300 grs. cada porción, fresca, que presenta color, olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLS POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
46 |
CARNE CERDO |
Carne de cerdo. Libre de contusiones, fresca, que presenta color, olor y consistencia característica, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de porcinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
47 |
MUSLO DE POLLO |
Muslo de pollo tipo exportación DE PRIMERA, Fresca, congelada, consistencia firme, netamente diferenciado y olor característico. Si contiene grasa, que ésta presente color y olor fresco. Rotulo: Nombre del Establecimiento en bolsas con fecha de vencimiento no inferior a 10 días en el momento de la recepción y R.E. y SENACSA del establecimiento. SIN MENUDENCIA. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
OBSERVACIONES: Considerar lo dispuesto en los artículos 11 al 18 del decreto 9270/18 para los insumos a ser adquiridos de los productores de la Agricultura Familiar registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en un mínimo de 10% (diez por ciento) con relación al monto total del contrato. Los productos que incluyen la lista se pueden observar en la siguiente página web www.agriculturafamiliar.gov.py
En este apartado, la convocante deberá:
Mercedes Raquel Rivas, Responsable SUOC Nº 10 Décima Región Sanitaria Alto Paraná.
El pedido obedece a la necesidad de contar con los insumos, para la elaboración de los menús diarios, para la alimentación diaria de pacientes internados y funcionarios de guardia de los diversos Servicios dependientes de la Décima Región Sanitaria.
Se trata de un llamado periódico.
Las especificaciones técnicas del referido llamado responden a los requerimientos de garantía de control, planificación, coordinación y evaluación del menú y almacenamiento de los insumos, conforme a normativas y procedimientos vigentes.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
La entrega de los bienes o prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
La entrega de los bienes o prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. El cronograma de las entregas será de la siguiente manera:
Los productos NO PERECEDEROS serán entregados de forma mensual o de acuerdo a la necesidad o capacidad del depósito de la Convocante.
Los productos PERECEDEROS serán entregados de forma semanal o de acuerdo a la necesidad o capacidad del depósito de la Convocante.
Una vez firmado el Contrato respectivo, la Administración Regional de la Décima Región Sanitaria, procederá a la emisión de la Orden de Compra, la que autorizará a la firma adjudicada a la entrega de los productos. -
La Orden de Compra será emitida por el Departamento Administración Regional a solicitud de la Jefa de la Sección de Suministro Regional según el cronograma establecido para cada ítem. La convocante podrá modificar dichas cantidades atendiendo a la cantidad de pacientes internados y la cantidad del personal de guardia.
La Orden de Compra podrá ser remitida en el domicilio del oferente, o vía correo electrónico, en la dirección declarado por el oferente en el Formulario de Ofertas, en este último caso, el adjudicado deberá remitir inmediatamente dicha Orden a través del mismo mecanismo, con sello, firma, aclaración y fecha de recepción del documento. -
Una vez recepcionado la Orden de Compra por parte de la empresa esta, contará con un máximo de 5 (cinco) días hábiles para la entrega de los productos detallados en dicha Orden. -
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu.
La falta de entrega en el plazo previsto obligará a la aplicación de las multas establecidas en la sección de multas.
PRODUCTOS NO PERECEDEROS |
|||||||
Ítem |
Descripción del bien |
Presentación |
Unidad de Medida |
Cantidad solicitada |
Promedio de consumo mensual |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
AZUCAR BLANCA |
BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu. |
31/12/2022 |
2 |
SAL FINA |
PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
3 |
YERBA MATE |
BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
4 |
ARROZ |
BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
5 |
FIDEO SPAQUETTI |
PAQ. X 400 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
6 |
FIDEO MOÑITO |
PAQ. X 400 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
7 |
FIDEO TALLARIN |
PAQ. X 400 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
8 |
HARINA DE TRIGO |
BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
9 |
POROTO ROJO |
PAQUETE x 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
10 |
CAFÉ MOLIDO |
EN PAQUETE DE 500 GR. COMO MÍNIMO. - |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
11 |
CAFÉ SOLUBLE INSTANTANEO |
EN FRASCO DE 200 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
12 |
SALSA DE SOJA |
BOTELLA DE 900 ML COMO MINIMO. |
UNIDAD |
530 |
90 |
||
13 |
CHOCLO EN LATA |
LATA DE 200 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
14 |
ARVEJAS EN LATA |
LATA DE 200 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
15 |
MAYONESA |
EN ENVASE DE 500 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
16 |
OREGANO SECO |
EN PAQUETES DE 100 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
100 |
17 |
||
17 |
LAUREL DE ESPAÑA SECO |
EN PAQUETES DE 15 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
100 |
17 |
||
18 |
TE DE ANIS EN SOBRES |
CAJA X 20 SOBRES COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
19 |
TE NEGRO INSTANTANEO |
CAJA X 20 SAQUITOS DE 2 GR C/U COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
20 |
JUGO ELABORADO A BASE DE EXTRACTO DE FRUTAS SABORES VARIADOS |
ENVASE DE 1 LITRO COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
165 |
||
21 |
EDULCORANTE LIQUIDO |
FRASCO DE 500 ML. COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
22 |
EXTRACTO DE TOMATE |
POTE DE 200 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
2.000 |
340 |
||
23 |
ATUN |
LATA POR 170 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
24 |
VINAGRE DE MANZANA |
FRASCO DE 750 ML. COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
37 |
LECHE ENTERA LIQUIDO |
EN CAJA DE 12 UNIDADES COMO MINIMO |
UNIDAD |
10.000 |
1.667 |
||
38 |
LECHE DESCREMADA LIQUIDO |
EN CAJA DE 12 UNIDADES COMO MINIMO |
UNIDAD |
10000 |
1.667 |
||
40 |
QUESO RALLADO |
PAQUETE POR 120 GRAMOS |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
41 |
MARGARINA |
EN POTES DE HASTA 500 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
42 |
MERMELADA DE GUAYABA |
EN POTES DE HASTA 500 GRAMOS COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
85 |
||
46 |
GALLETITAS SALVADA |
PAQUETE DE HASTA 200 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
312 |
52 |
||
47 |
ACEITE DE SOJA |
ENVASE DE 800 A 900 ML. COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.800 |
300 |
||
48 |
CARNE VACUNA ENLATADA |
LATA DE 340 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
35 |
||
PRODUCTOS PERECEDEROS |
|||||||
ITEM |
Descripción del Bien |
Presentación |
Unidad de medida |
Cantidad Solicitada |
Promedio de consumo semanal |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
25 |
AJO |
PAQUETES DE 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
200 |
8 |
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu. |
31/12/2022 |
26 |
MANZANA |
PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
100 |
5 |
||
27 |
ÑOQUIS DE PAPA |
EN PAQUETES DE 500 GR. COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
45 |
||
28 |
DISCO PARA EMPANADA |
PAQUETES x 12 UNIDADES COMO MINIMO |
UNIDAD |
100 |
5 |
||
29 |
HUEVO DE GALLINA,TIPO A, COLOR ROJO |
EN PLANCHA x 30 UNIDADES COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.000 |
40 |
||
30 |
HARINA DE MAIZ |
PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
300 |
12 |
||
33 |
QUESO PARAGUAY |
EN PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
500 |
20 |
||
37 |
GALLETA MOLIDA |
BOLSA POR 1 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
1.500 |
65 |
||
38 |
GALLETAS SECA |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
2.500 |
100 |
||
39 |
ROSQUITA A LA MANTECA |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
2.000 |
85 |
||
43 |
CARNAZA DE PRIMERA |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
5.030 |
210 |
||
44 |
CARNE MOLIDA |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
3.405 |
110 |
||
45 |
PUCHERO DE PRIMERA |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
3.000 |
125 |
||
46 |
CARNE CERDO |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
2.590 |
110 |
||
47 |
MUSLO DE POLLO |
BOLSA POR 5 KILO COMO MINIMO |
UNIDAD |
3.440 |
143 |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
NO APLICA.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Para la recepción por parte del Depósito de Suministros, se verificará conforme a las Especificaciones Técnicas indicada en el Pliego de Bases y Condiciones, corroborando: vencimientos (productos envasados industrializados: no inferior a 6 meses al momento de la recepción; productos cárnicos: no inferior a 10 días en el momento de la recepción) , procedencia, presentación, contenido neto del producto, etc. La Contratante rechazará los productos o insumos que no pasen las inspecciones. Los productos que se rechazan serán reemplazados en un plazo máximo de 2 días hábiles.
El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con el servicio contratado, sin ningún costo para la Contratante. El Departamento de Nutrición con el Servicio de Suministros y Fiscalizador, serán los encargados de supervisar que los productos alimenticios proveídos por la empresa cumplan con todas las disposiciones higiénicas y dietéticas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
Para Productos de Entrega Mensual 5 (cinco) días hábiles a partir de la Recepción efectiva de la Orden de Compra. |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
Para Productos de Entrega semanal 5 (cinco) días hábiles a partir de la Recepción efectiva de la Orden de Compra. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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