Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
71 Consulta – Switches para NOC, BackOffice, Pruebas y DC&Sec Entendemos que en estos sitios se deberán prever switches de campus que permitirán la conexión a los operadores del Datacenter y los dispositivos de red de la infra. Considerando esto, entendemos que se requerirán switches con características diferentes a los de los switches de acceso para las jaulas. Solicitamos amablemente a la convocante establecer la topología deseada y las características mínimas deseadas para estas salas, de manera a unificar los criterios y garantizar que todos los oferentes puedan competir de manera justa y bajo los principios de igualdad de competencia establecida por la DNCP. 09-10-2022
72 Consulta – Switches En el PBC, Switches de acceso, Distribución y Core se solicita que los equipos cuenten con las licencias para las siguientes funcionalidades: “Interfaces L3, SVI, QoS, PoE+, VLANs y 802.1q, RIP, OSPF, PBR, PIM, PVLAN, VRRP, PBR, CDP, QoS, 802.1X, MACsec, CoPP, SXP, NETCONF, RESTCONF, YANG, PnP, NetFlow, SPAN, RSPAN” Los protocolos y funcionalidades solicitadas estan claramente direccionadas hacia la marca Cisco, específicamente a los switches de la familia “Cisco Catalys 9000”. Esto se puede corroborar en los sitios web oficiales del fabricante: - Tabla 11: https://www.cisco.com/c/en/us/products/collateral/switches/catalyst-9200-series-switches/nb-06-cat9200-ser-data-sheet-cte-en.html - Tabla 15: https://www.cisco.com/c/en/us/products/collateral/switches/catalyst-9300-series-switches/nb-06-cat9300-ser-data-sheet-cte-en.html - Tabla 23: https://www.cisco.com/c/en/us/products/collateral/switches/catalyst-9500-series-switches/nb-06-cat9500-ser-data-sheet-cte-en.html - Tabla 8: https://www.cisco.com/c/en/us/products/collateral/switches/catalyst-9600-series-switches/nb-06-cat9600-series-data-sheet-cte-en.html Adicionalmente, es bien sabido que “CDP (Cisco Discovery Protocol)” es un protocolo propietario de Cisco. Esto sumado a otros como “CoPP” y “SXP” denota claramente que las ETs apuntan a la marca Cisco. Solicitamos amablemente a la convocante aceptar protocolos estándares similares y que permitan la participación de diversas marcas que poseen igual o mayores prestaciones. Con esto se busca que todos los oferentes puedan competir de manera justa y bajo los principios de igualdad de competencia establecida por la DNCP. 09-10-2022
73 Consulta – Switches administración En el PBC, se solicita: El Oferente debe incluir la Plataforma de Gestión centralizada para toda la red Enterprise propuesta. ¿Serán aceptadas plataforma de gestión centralizada del tipo cloud? 09-10-2022
74 Consulta – Equipo de comunicaciones Solicitamos amablemente a la convocante favor aclarar si todos los equipos de comunicaciones deberán contar con soporte del fabricante del tipo 8x5xNBD o 24x7x4. 09-10-2022
75 Consulta – Switches Management de Servidores En el PBC, ETs, switches de acceso, se solicita: “Prever para la cantidad estimada de servidores, una interfaz UTP 6A para Management” Solicitamos amablemente a la convocante validar los siguientes puntos: - Los switches de management NO deberán formar parte de la red de servidores, ¿es correcta nuestra interpretación? Favor considerar que esto afecta considerablemente al costo del proyecto. - Estos switches management deberán ubicarse en los racks de fin de fila (EoR), ya que los racks de acceso/servidores solo deberán albergar los servidores con los 2 switches de cabecera. Favor validar este punto. 09-10-2022
76 CEC 26.2 CEC 26.2 “Para la liquidación por daños y perjuicios las tasas detalladas seguidamente se aplicarán sobre los precios de las listas, correspondientes al total o componente que el Contratista no ha dado terminación dentro del plazo de terminación particular establecido:” Solicitamos a la convocante la reducción y ajuste del porcentaje de multa o penalidades a ser aplicado en el atraso en la entrega de los bienes y/o servicios en general, estableciendo un porcentaje no superior al 0,1%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato, el principio de reciprocidad entre las partes. Lo solicitado se sustenta en el Art. 44 de la Constitución Nacional: “…No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas desmedidas”. 10-10-2022
77 IAO 20.1 IAO 20.1 La oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un Banco conforme al formulario incluido en la Sección IV Formularios de la Oferta. Solicitamos amablemente a la convocante, aceptar también la presentación de la Garantía de Mantenimiento de oferta a través de póliza de seguro emitida por una Compañía de Seguros con la suficiente solvencia y debidamente autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay, esto teniendo en cuenta que para la garantía de cumplimiento de contrato también es aceptado según la CEC 13.3.2. Y mencionar que en el SICP también figura como tipo de garantía “Póliza o Garantía Bancaria”. 10-10-2022
78 CEC 13.2.2 CEC 13.2.2 Las Garantías de Anticipo se harán en forma de Garantías Bancarias conforme al modelo que se adjunta en la Sección IX, “Formularios del Contrato”, y de acuerdo con lo establecido en el Apéndice 1 del Convenio Contractual titulado “Condiciones y Procedimientos de Pago” Solicitamos amablemente a la convocante, aceptar también la presentación de la Garantía de Anticipo Financiero a través de póliza de seguro emitida por una Compañía de Seguros con la suficiente solvencia y debidamente autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay, esto teniendo en cuenta que para la garantía de cumplimiento de contrato también es aceptado según la CEC 13.3.2. 10-10-2022
79 *-Acometida de Alimentación Eléctrica En el PBC, sección Especificaciones Técnicas, capítulo Alcance del Trabajo, Tabla de Requerimientos, se solicita: “8. Diseñar, tramitar permisos, implementar y poner en producción la acometida de alimentación eléctrica subterránea, cuya capacidad mínima contratada deberá ser de 2 Mega Watts (sin embargo los elementos de la solución, incluyendo el cableado deberá soportar al menos 3 Megas), desde la Subestación de ANDE, hasta la estación transformadora de la Solución licitada, a cuenta y cargo de la empresa adjudicada. Si la Subestación de ANDE no tiene la capacidad requerida, no será responsabilidad del Adjudicado y los tiempos de demora no serán computados al Contratista.” Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que si la Subestación de ANDE no tiene la capacidad requerida, de igual forma los elementos de la solución de la acometida de alimentación eléctrica subterránea, incluyendo el cableado deberá soportar al menos 3 Mega Watts. La consulta es realizada a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 10-10-2022
80 *-Certificaciones de Fibras Ópticas En el PBC, sección Especificaciones Técnicas, capítulo Alcance del Trabajo, Tabla de Requerimientos, se solicita: “8. Esta sección deberá tener comunicación con el ducto correspondiente de cableado de datos de la sala de networking de la ANDE, de manera a realizar el enlace punto a punto entre la sala de networking de la subestación de ANDE y el Data Center del MITIC, en las cuales deberán ser instalados distribuidores de fibra óptica y ser las terminaciones certificadas de los 24 pelos.” Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que las certificaciones de los 24 pelos de fibra óptica deberán ser realizadas en ambas direcciones de cada pelo de enlace óptico. La consulta es cursada con el objeto de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 10-10-2022
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