Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de Preferencia Local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1.Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

9. Documentos legales

9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales.Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. 
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al Consorcio, cuando se haya formalizado el Consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

PARA CONTRIBUYENTES DE IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de liquidez: activo corriente/pasivo corriente.

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres)  años (2018-2019-2020)

Endeudamiento: pasivo total/activo total.

No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los 3 (tres)  años (2018-2019-2020).

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los últimos 3 (tres) años, no deberá ser negativo (2018-2019-2020).

PARA CONTRIBUYENTES DE IRPC.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2018-2019-2020)

PARA CONTRIBUYENTES DE IRP.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2018-2019-2020).

PARA CONTRIBUYENTES DE EXCLUSIVAMENTE IVA GENERAL

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los ejercicios fiscales 2018-2019-2020.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la carga de propuesta para procesos de SBE.
  1. Balance General y Cuadro de Resultados de los 3 (tres) años 2018-2019-2020.
  1. IVA GENERAL de los  36 (treinta y seis) meses, para contribuyentes sólo del IVA General.
  1. Formulario 106 de los  3 (tres) años para contribuyentes de IRPC.
  1. Formulario 104 de los 3 (tres) años para contribuyentes de Renta Personal.

 

 

 

 

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Demostrar la experiencia en [Venta de Sistemas de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico y/o Sistemas de medición del espectro radioeléctrico, y/o sistemas de medición de calidad de servicio del Servicio de telefonía móvil] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [50] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 5 (cinco) años. [2017-2018-2019-2020-2021]. Se considerara la sumatoria total de los años 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 en base a las copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas.

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Constancia de RUC emitida por la SET.
  1. Patente Comercial vigente al inicio de la carga de propuestas para procesos de SBE, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente
  1. El Oferente deberá poseer venta de sistemas de comprobación técnica del espectro radioeléctrico y/o sistemas de medición del espectro radioeléctrico, y/o de sistemas de medición de calidad de servicio del Servicio de Telefonía Móvil, por un volumen mínimo de 50% del monto total de la oferta, en los últimos 5 (cinco) últimos años (se considerará la sumatoria total de los cinco últimos años  2017, 2018, 2019, 2020 y 2021); en base a las copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas tanto a empresas públicas como privadas.
  1. La Empresa Oferente deberá contara con una antigüedad mínima de 5 (cinco) años en el mercado, brindando servicios similares a lo solicitado en el presente llamado, el cual será constatado por medio de los contratos presentados.
  1. Si cuenta con la experiencia comprobable de haber trabajado previamente en la instalación y puesta en operación correcta y exitosa de sistema de comprobación técnica del espectro radioeléctrico, o de sistemas de medición del espectro radioeléctrico, en los últimos 3 (tres) años, en base a las copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Si presenta la autorización por escrito del Fabricante de los equipos del Monitoreo del Espectro ofertados, para presentar oferta de los equipos solicitados y realizar los servicios conexos

 

Si cuenta con un staff técnico, con una antigüedad mínima de 2 (dos) años en dicha empresa, compuesto por lo menos de 2 (dos) ingenieros en electrónica y/o Ingenieros Junior, con conocimiento de los equipos y softwares ofertados, con las debidas capacitaciones certificadas con las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones. Estos profesionales deben residir en Paraguay. En el caso de que el oferente presente una propuesta con equipos de fabricantes distintos a ROHDE & SCHWARZ, adicionalmente deberá integrar el staff técnico 1 (un) Ingeniero en electrónica que permanecerá vinculado a la empresa hasta la fecha de recepción definitiva del contrato, que cuente con la experiencia comprobable de haber trabajado previamente en la integración correcta y exitosa de los equipos ofertados (en Software y Hardware) a un sistema de monitoreo con equipos de marca ROHDE & SCHWARZ de las mismas características a los que componen el Sistema de CONATEL, con idéntica funcionalidad  y con el ambiente del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL(R&S®ARGUS 6.1), en los últimos tres (3) años con la debida certificación del organismo regulador para el cual integró las estaciones ofertadas al Sistema de Monitoreo de la marca Rohde&Schwarz, que demuestre hablar fluidamente el idioma castellano (idioma nativo o deberá presentar certificación de cursos en castellano), y que también cuente con las debidas capacitaciones certificadas por el fabricante de los equipos de Monitoreo del Espectro ofertados que cumplan con las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

 Si presenta los currículums de cada uno de los integrantes del Staff Técnico, y deberá demostrarse con los correspondientes certificados expedidos por la firma fabricante de la capacitación que hayan recibido, para lo cual deberá presentarse copias de dichos certificados.

Si el oferente presenta una propuesta con equipos de fabricantes distintos a ROHDE & SCHWARZ, deberá presentar una Carta Garantía del Fabricante que indique que los equipos ofertados (hardware y Software) son plenamente compatibles con el actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de CONATEL (PARAGUAY), compuesta por equipos de la marca alemana ROHDE & SCHWARZ, y con el ambiente del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1),sin que se requiera en el actual Sistema ninguna modificación (en hardware y software), salvo eventuales cambios de configuración a nivel de operador.

Si el oferente presenta una propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, deberá presentar la  Constancia  de  al menos  un  (1)  organismo  regulador  del  mundo,  certificando  la  correcta  y  exitosa integración de los equipos ofertados a un sistema de monitoreo con equipos de marca Rohde & Schwarz iguales a los que componen el actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de CONATEL y con el ambiente del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1), en los últimos tres (3) años. Para el efecto el oferente deberá presentar un Certificado expedido por el organismo administrador de dicho sistema indicando: Nombre del Organismo que administra el Sistema, dirección, Ciudad, País, nombre del responsable, Número de teléfono y correo electrónico para contacto, la marca y el modelo de los equipos del sistema implementado, los cuales deben ser los mismos que los ofertados, y las características del Sistema de la marca ROHDE & SCHWARZ a los que se integraron los equipos.

En el caso de que el oferente presente una propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, si el oferente presenta la autorización de al menos 1 (un) organismo regulador para que técnicos de la Convocante realicen una visita a sus instalaciones con el objetivo de comprobar la funcionalidad y operatividad de la integración de los equipos ofertados a un Sistema de Monitoreo de Rohde & Schwarz con el ambiente del software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL.

a.6En el caso de que el oferente presente una propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, si el Oferente presenta una descripción de los procedimientos para la integración de las estaciones ofertadas al Sistema de Monitoreo, así como las necesidades requeridas para realizar la completa integración. Los procedimientos deberán ser estrictamente factibles de ser realizados y las necesidades no deben representar ninguna erogación para la Convocante.

 En el caso de que el oferente presente una propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, si el oferente presenta una descripción de los procedimientos y documentación que indique la forma de realización de las tareas de radiogoniometría utilizando el actual sistema de monitoreo de la CONATEL (compuestos por equipos de la marca Rohde & Schwarz y el software R&S®ARGUS 6.1), y los equipos ofertados en forma simultánea y el procesamiento de la información y generación de reportes.

Se aclara para lo que hubiere lugar que la Convocante se reserva el derecho de contactar con la firma Rohde & Schwarz, así como con los clientes mencionados por las Oferentes para validar la información proporcionada y realizar una visita para comprobar la funcionalidad y operatividad de los equipos integrados.

De constatarse cualquier falsedad o error en los datos suministrados, la Convocante procederá a descalificar a la Oferente de este proceso, independientemente de las acciones ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y ante la justicia ordinaria que la Convocante pudiera emprender, por la presentación de información y documentación de contenido falso

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Autorización por escrito del Fabricante de los equipos del Monitoreo del Espectro ofertados, para presentar oferta de los equipos solicitados y realizar los servicios conexos.

Descripción del staff técnico permanente. Comprobante de que al menos 2 ingenieros en electrónica y/o ingenieros junior con conocimiento de los equipos y softwares ofertados, con las debidas capacitaciones certificadas por el fabricante de los equipos de Monitoreo del Espectro ofertados, tengan una antigüedad minina de 2 (dos) años en la empresa oferente. Certificados de Vida y Residencia de estos técnicos.  

En el caso de que el oferente presente propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde &Schwarz, comprobante de que el ingeniero en electrónica adicional que permanecerá vinculado a la empresa hasta la fecha de la recepción definitiva del contrato, cuente con la experiencia de haber trabajado previamente en la integración correcta y exitosa de los equipos ofertados (en software y hardware) a un sistema de monitoreo con equipos de la marca Rohde & Schwarz de las mismas características a los que componen el Sistema de al CONATEL, con idéntica funcionalidad y con el ambiente del software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL.

Currículo de cada uno de los integrantes del Staff Técnico, con copias de los Certificados expedidos por la firma fabricante.

Si el oferente presenta una propuesta con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, Carta Garantía del Fabricante que indique que los equipos ofertados (hardware y software) son plenamente compatibles con el actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de CONATEL (Paraguay), compuesta por equipos de la marca alemana Rohde & Schwarz, sin que se requiera en el actual Sistema ninguna modificación, salvo eventuales cambios de configuración a nivel de operador.

Constancia de al menos un organismo del mundo, certificando la correcta y exitosa integración de los equipos de Rohde & Schwarz, en los últimos tres (3) años. Para el efecto el Oferente debe presentar un certificado expedido por el organismo administrador de dicho sistema indicando: Nombre del Organismo que administra el sistema, dirección, ciudad, país, nombre del responsable, Número de Teléfono y Correo electrónico para contacto, la marca de los equipos del sistema implementado.

Autorización de al menos 1 (un) organismo regulador para que técnicos de la Convocante realicen una visita a sus instalaciones con el objetivo de comprobar la funcionalidad y operatividad de la integración de los equipos ofertados a un Sistema de Monitoreo de Rohde & Schwarz con el ambiente del software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL

Declaración Jurada de los procedimientos para la integración de las estaciones ofertadas al Sistema de Monitoreo, así como las necesidades requeridas para realizar al completa integración.

Descripción de los procedimientos y documentación que indique la forma de realización de tareas de radiogoniometría utilizando el actual sistema de monitoreo de la CONATEL (compuesto por equipos de la marca Rohde & Schwarz y el software (R&S®ARGUS 6.1), y los equipos ofertados en forma simultánea, y el procesamiento de la información y generación de reportes

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La Convocante se reserva el derecho de contactar con la firma Rohde & Schwarz, así como con los clientes mencionados por las Oferentes para validar la información proporcionada y realizar una visita para comprobar la funcionalidad y operatividad de los equipos integrados.

Criterios de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.