Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyente de IRE GENERAL.
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020, 2021).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2019,2020, 2021).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años, no deberá ser negativo (2019,2020, 2021).
Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses del ejercicio fiscal año 2021.
En caso de Consorcios; se deberá indicar en la oferta cual es el líder del mismo quien deberá cumplir con al menos el 60% de
los criterios de calificación, y 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura. |
b. Balance General y Cuadro de Resultado de los años 2019, 2020 y 2021 para contribuyente de IRE GENERAL. |
c. Listado de cartera de clientes corporativos en los últimos años 2019, 2020, 2021. |
d. Demas formulario que corresponda según tipo de contribuyente. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Demostrar la experiencia en la prestación de servicios de medicina pre - paga debiendo cumplir el volumen de facturación de cada año, mínimamente el 50% del monto MÁXIMO A CONTRATAR en la presente licitación, en los años 2019, 2020, 2021.
2. Demostrar experiencia específica en la prestación de servicios de medicina prepaga mínima de 3 años. Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia (fecha de Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. (Art. 245, Ley 836/80 Código Sanitario). La Convocante se reserva el derecho de verificar los datos con el Departamento de Control de Establecimiento del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
3. Listado de clientes corporativos en los años 2019, 2020, 2021.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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• OFERENTES EN CONSORCIO: El socio líder debe cumplir al menos con el 60% (sesenta por ciento) del requisito y los demás socios en su conjunto al menos el 40% (cuarenta por ciento) de este requisito.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
a. La prestadora deberá habilitar centros asistenciales en Central e Interior del país conforme detallamos a continuación:
o MINIMAMENTE SE DEBERA CONTAR CON LO SOLICITADO EN LAS SIGUIENTES LOCALIDADES:
N° |
DEPARTAMENTO |
CANTIDAD MÍNIMA |
1 |
Concepción |
2 |
2 |
San Pedro |
1 |
3 |
Cordillera |
2 |
4 |
Guairá |
2 |
5 |
Caaguazú |
3 |
6 |
Caazapá |
1 |
7 |
Itapúa |
3 |
8 |
Misiones |
1 |
9 |
Paraguarí |
2 |
10 |
Alto Paraná |
4 |
11 |
Central |
3 |
12 |
Ñeembucú |
1 |
13 |
Amambay |
1 |
14 |
Canindeyú |
1 |
1 |
Presidente Hayes |
1 |
2 |
Boquerón |
1 |
3 |
Alto Paraguay |
1 |
A.4. MEDICINA POR IMÁGENES
Debe contar con un mínimo de 3 (tres) centros de diagnóstico de referencia en todo momento, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 2 (DOS) DIAS HABILES de anticipación.
A.5. LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS
Debe contar con un mínimo de 3 laboratorios en todo momento, de los cuales mínimamente 1 (uno) deberá contar con el servicio de extracción a domicilio para Asunción y Gran Asunción en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 2 (DOS) DIAS HABILES de anticipación.
A.6. CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LAS PRESTADORAS DE LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES
REQUISITOS MÍNIMOS
ESTE ES EL LISTADO DE PROFESIONALES CON EL QUE SE DEBE CONTAR Y SE DEBERA REDACTAR CONFORME EL FORMULARIO CORRESPONDIENTE
ESPECIALIDAD |
CANTIDAD MÍNIMA DE PROFESIONALES REQUERIDA |
Alergias y vías respiratorias (adultos y pediátricas) |
8 (ocho) |
Anatomía Patológica |
5 (cinco) |
Anestesiología. |
50 (cincuenta) |
Cardiología |
10 (diez) |
Cardiología Pediátrica |
4 (cuatro) |
Cirugía Cardiovascular |
4 (cuatro) |
Cirugía General |
25 (veinticinco) |
Cirugía Neurológica |
5 (cinco) |
Cirugía Oncológica |
10 (diez) |
Cirugía Pediátrica |
9 (nueve) |
Cirugía Plástica Reparadora |
6 (seis) |
Cirugía Tórax |
3 (tres) |
Cirugía Video Laparoscópicas |
15 (quince) |
Clínica Medica |
30 (treinta) |
Coloproctología |
10 (diez) |
Dermatología (Adultos y Pediátrica) |
12 (doce) |
Diabetología Endocrinología (Adultos y Pediátrica) |
10 (diez) |
Fisioterapia Kinesioterapia y Rehabilitación (incluye hidroterapia) |
5 (cinco) |
Flebología |
6 (seis) |
Fonoaudiología (Adultos y Pediátrica) |
4 (cuatro) |
Gastroenterología (Adultos y Pediátrica) |
10 (diez) |
Geriatría |
5 (cinco) |
Ginecología y Obstetricia |
50 (cincuenta) |
Hematología y Hemoterapia |
6 (seis) |
Hepatología |
1 (uno) |
Infectología (Adultos y Pediátrica) |
5 (cinco) |
Mastología |
7 (siete) |
Medicina familiar |
2 (dos) |
Nefrología (Adultos y Pediátrica) |
6 (seis) |
Neumología (Adultos y Pediátrica) |
8 (ocho) |
Neurología Clínica (Adultos y Pediátrica) |
8 (ocho) |
Nutrición (Adultos y Pediátrica) |
6 (seis) |
Oftalmología (Adultos y Pediátrica) |
25 (veinticinco) |
Oncología (Adulto y Pediátrica) |
5 (cinco) |
Otoneurología |
2 (dos) |
Otorrinolaringología |
15 (quince) |
Pediatría |
50 (cincuenta) |
Psicología (Adultos y Pediátrica) |
5 (cinco) |
Psicopedagogía |
2 (dos) |
Psiquiatría |
4 (cuatro) |
Reumatología (Adultos y Pediátrica) |
4 (cuatro) |
Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica) |
35 (treinta y cinco) |
Toxicología |
1 (uno) |
Urología (Adultos y Pediátrica) |
15 (quince) |
o Observación: La prestadora deberá garantizar la atención permanente del Plantel Médico adherido a ella.
A.7. SERVICIO DE AMBULANCIA
Deberá presentar Declaración Jurada en la cual manifiesta que en caso de ser adjudicado prestará el servicio de ambulancia a través de 1 (una) o más empresas para el traslado dispuesto por el médico tratante dentro de Asunción y Gran Asunción. Las empresas deberán contar con las siguientes flotas de unidades móviles habilitados en buen estado de funcionamiento, previstas de sistema de refrigeración y equipamientos básicos y de UTI en perfecto funcionamiento:
A.8. DESCUENTOS EN MEDICAMENTOS
Listado de farmacias habilitadas para los descuentos a ser aplicados en los medicamentos. Deben otorgar descuentos por pago al contado, con tarjeta de débito o cheque del 35% (treinta y cinco por ciento) en medicamentos 100% nacionales y del 20% (veinte por ciento) en medicamentos importados y/o medicamentos con principios activos importados como mínimo en las farmacias cuya lista deberán presentar con la oferta. Este descuento deberá ser aplicado en forma directa con la presentación del carnet del beneficiario, incluidos los medicamentos de uso prolongado, excepto los medicamentos controlados, para lo cual se deberá presentar la receta médica correspondiente.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Entidades prestadoras de Servicios de Salud conforme a la Ley 2319/06, como EMPRESA DE MEDICINA PRE-PAGA. |
2. Listado de como mínimo 5 (cinco) centros asistenciales en Asunción, de los cuales, como mínimo 3 (TRES) deben ser del Nivel III y 2 (dos) del Nivel II; según la categorización de la Superintendencia de Salud. FORMULARIO N° 6. Debe acompañar al formulario copia autenticada del instrumento en que conste la relación contractual entre el oferente y la empresa prestadora de los servicios. Certificado de Categorización de la Superintendencia de Salud de los Sanatorios propuestos. En caso de que estos documentos se encuentren vencidos se deberá acompañar el comprobante de mesa de entrada y/o documento de solicitud de actualización/renovación. |
3. Listado de centros asistenciales en Central e Interior del País. FORMULARIO N° 7. Debe acompañar al formulario copia autenticada del instrumento en que conste la relación contractual entre el oferente y la empresa prestadora de los servicios. |
4. Listado de Laboratorios de Análisis habilitados. FORMULARIO N° 8. Debe acompañar al formulario copia autenticada del instrumento en que conste la relación contractual entre el oferente y la empresa prestadora de los servicios. |
5. Listado de Centros de Medicina por Imágenes habilitados. FORMULARIO N° 9. Debe acompañar al formulario copia autenticada del instrumento en que conste la relación contractual entre el oferente y la empresa prestadora de los servicios. |
6. Listado en CARÁCTER DE DECLARACION JURADA del Plantel de médicos y otros profesionales a su servicio, con sus especialidades, dirección y teléfonos, registro N.º. FORMULARIO N° 5 |
7. Deberá presentar Declaración Jurada en la cual manifiesta que en caso de ser adjudicado prestará el servicio de ambulancia a través de 1 (una) o más empresa, dentro de Asunción y Gran Asunción. Detallando la flota con que la/s empresa/s cuentan para la prestación del servicio. |
8. Declaración Jurada en la cual detalla el listado de farmacias habilitadas para los descuentos a ser aplicados en los medicamentos. |
OFERENTES EN CONSORCIO: El socio líder debe cumplir al menos con el 60% (sesenta por ciento) del requisito y los demás socios en su conjunto al menos el 40% (cuarenta por ciento) de este requisito.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Requisitos documentales para evaluar este criterio
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.