Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

ESPECIFICACIONES TECNICAS
       
LOTE N° 1 - RECARGA DE EXTINTORES DE LAS DISTINTAS TERMINALES PORTUARIAS DE LA ANNP
Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Especificaciones Técnicas
1 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 1 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 1 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
2 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
3 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
4 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2) Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2)
5 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal portuaria de Villeta - Administración - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
6 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal portuaria de Villeta - Administración - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
7 46191601-001 Extintor de incendio/Terminal Portuaria de Ita Enramada - Gcia de Navegación  - Recarga de Extintores de 06 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 06 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
8 46191601-001 Extintor de incendio/Terminal Portuaria de Ita Enramada - Gcia de Navegación  - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
9 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
10 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
11 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
12 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal de Contenedores (Chaco'í) - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
13 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal de Contenedores (Chaco'í) - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
14 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de José A. Falcón  - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
15 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de José A. Falcón  - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
       
LOTE N° 2 - RECARGA DE EXTINTORES DE LAS DISTINTAS TERMINALES PORTUARIAS DE LA ANNP
Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Especificaciones Técnicas
1 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
2 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
3 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 50 Kg (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg (Polvo Químico Seco) ABC
4 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2) Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2)
5 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Salto del Guairá - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
6 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal Portuaria de Pedro Juan Caballero - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
7 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal Portuaria de Pedro Juan Caballero - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
8 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Encarnación - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
9 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Encarnación - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
10 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Pilar - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC
11 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Pilar - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC

 

Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas

 

Resolución Nº 458 MIC de fecha 21 de agosto de 2006: por la cual se declaran de aplicación obligatoria las normas paraguayas referentes a extintores de incendio y se establecen requisitos para la operación y comercialización de empresas de fabricación de extintores, de servicios de mantenimiento y recarga de extintores de incendio y de los móviles de mantenimiento y recarga de extintores.

 

Resolución Nº 853 MIC de fecha 31 de octubre de 2007,  por la cual se modifica y amplía la resolución Nº 458/06, estableciendo requisitos para la importación y comercialización de agentes extintores, halocarbonados o hidrocarburos halogenados por empresas habilitadas y o registradas en el ministerio de industria y comercio. .-

Art. 1º- Declarar de aplicación obligatoria en todo territorio de la República del Paraguay, para los productos de origen nacional y extranjero, las siguientes Normas paraguayas:

NP 21 012 89 Materiales de lucha contra incendios. Extintores Portátiles. Generalidades Anexo A: etiqueta aprobada.

NP 21 013 89 Extintores de Incendio a base de agua. (Segunda edición)

NP 21 014 89 Extintores de Incendio con carga de polvo químico seco. Especificaciones

Art. 3º- Modificar el art. 32 de la resolución Nº 458/06 quedando expresado de la sgte. manera: Las Empresas de fabricación de cilindros, de fabricación de extintores, mantenimiento y recarga, importadoras de verificación de extintores y comercialización en general y los usuarios que no cumplan con la presente resolución, serán pasibles de sanciones que serán establecidas previo sumario administrativo pertinente, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 904/63

Art. 6º- en la operación de mantenimiento la remoción del agente extintor deberá hacerse solamente por un medio de sistema de recuperación cerrado, aprobado por el INTN

Inspección y Recepción

1.-Todos los extintores deberán estar sometidos en sus características de diseño y clasificación, a los ensayos físicos y mecánicos y análisis químicos del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización.

NP 21 015 89 Extintores de Incendio con carga de anhídrido carbónico. (Gas carbónico).

NP 21 040 01 Servicios de verificación, mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio. Especificaciones.

NP 21 041 01 Servicios de verificación, mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio. Procedimientos.

NP 21 042 01 Recipientes para Extintores portátiles de incendio. Requisitos General

 

  1. Deberá contar con etiquetas de vencimiento aprobado por el INTN.

La etiqueta debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.

  1. La empresa adjudicada deberá hacerse responsable ante cualquier falta de efectividad de los extintores objetos de servicio, debiendo garantizar su correcto funcionamiento y efectividad durante el periodo de validez de 1año (un año) de la recarga realizada.
  2. Es de responsabilidad de la empresa adjudicada, el retiro de los equipos extintores de las dependencias y su posterior devolución al mismo lugar de origen con la recarga correspondiente será acompañado por un funcionario de la Gerencia de Obras, las recargas se realizaran en las distintas Terminales Portuarias.

Garantía del Servicio: Luego de la ejecución del servicio, todos los extintores deben llevar etiquetas, mediante las cuales, la empresa responsable garantiza el buen funcionamiento del extintor, el mismo tendrá garantía de 1(un) año desde cada carga realizada.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Nombre y Cargo y la dependencia.

Ing. Guillermo Caballero Gerente de Obras de la ANNP.

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

Los ítems solicitados en el llamado serán utilizados para cubrir las medidas de seguridad de la PGA en caso de incendios.

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal)

El presente llamado es un llamado periódico, conforme a disponibilidad presupuestaria.

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

Las especificaciones técnicas fueron elaboradas conforme al tipo de fórmula para cada extintor con que cuenta actualmente la institución.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

LOTE N° 1 - RECARGA DE EXTINTORES EN LAS DISTINTAS TERMINALES PORTUARIAS DE LA ANNP
Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Cantidad Unidad de Medida Lugar de Entrega Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes
1 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 1 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 30 Unidad Terminal Portuaria de Asuncion Dentro de los 10 (diez) Días hábiles posteriores a la firma del contrato.
2 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 80 Unidad
3 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 70 Unidad
4 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de Asuncion - Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2) 4 Unidad
5 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal portuaria de Villeta - Administración - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 28 Unidad Terminal portuaria de Villeta - Administración
6 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal portuaria de Villeta - Administración - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 7 Unidad
7 46191601-001 Extintor de incendio/Terminal Portuaria de Ita Enramada - Gcia de Navegación  - Recarga de Extintores de 06 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 2 Unidad Terminal Portuaria de Ita Enramada - Gcia de Navegación
8 46191601-001 Extintor de incendio/Terminal Portuaria de Ita Enramada - Gcia de Navegación  - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 13 Unidad
9 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 5 Unidad Terminal Portuaria de Villeta
10 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 6 Unidad
11 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Villeta - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 3 Unidad
12 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal de Contenedores (Chaco'í) - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 10 Unidad Terminal de Contenedores (Chaco'í)
13 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal de Contenedores (Chaco'í) - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 1 Unidad
14 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de José A. Falcón  - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 18 Unidad Terminal Portuaria de José A. Falcón
15 46191601-001 Extintor de incendio/ Terminal Portuaria de José A. Falcón  - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 6 Unidad
             
LOTE N° 2 - RECARGA DE EXTINTORES EN LAS DISTINTAS TERMINALES PORTUARIAS DE LA ANNP
Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Cantidad Unidad de Medida Lugar de Entrega Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes
1 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 6 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 5 Unidad Terminal Portuaria de Ciudad del Este Dentro de los 15 (quince) Días hábiles posteriores a la firma del contrato
2 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 40 Unidad
3 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 50 Kg (Polvo Químico Seco) ABC 1 Unidad
4 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Ciudad del Este - Recarga de Extintores de 10 Kg. (CO2) 3 Unidad
5 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Salto del Guairá - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 5 Unidad Terminal Portuaria de Salto del Guairá 
6 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal Portuaria de Pedro Juan Caballero - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 8 Unidad Terminal Portuaria de Pedro Juan Caballero
7 46191601-001 Extintor de incendio /Terminal Portuaria de Pedro Juan Caballero - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 1 Unidad
8 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Encarnación - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 10 Unidad  Terminal Portuaria de Encarnación
9 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Encarnación - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 1 Unidad
10 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Pilar - Recarga de Extintores de 10 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 10 Unidad Terminal Portuaria de Pilar
11 46191601-001 Extintor de incendio / Terminal Portuaria de Pilar - Recarga de Extintores de 50 Kg. (Polvo Químico Seco) ABC 3 Unidad
             

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

SE INSPECCIONARÁN LOS EXTINTORES ANTES DE LA RECEPCIÓN 

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

Diciembre/2022

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante  la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.